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ORDEN de 12 de enero de 2015, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación de la adenda al convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Tardienta (Huesca), para rehabilitación edificio para uso de gimnasio fase 1.ª

Publicado el 23/01/2015 (Nº 15)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios con el núm. 2014/6/0328 la adenda convenio de colaboración suscrita, con fecha 9 de diciembre de 2014, por la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón y la Alcaldesa del Ayuntamiento de Tardienta (Huesca), y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada adenda que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 12 de enero de 2015.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

ANEXO

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN, DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE, Y EL AYUNTAMIENTO DE TARDIENTA (HUESCA), PARA REHABILITACIÓN EDIFICIO PARA USO GIMNASIO, FASE 1.ª

En Zaragoza, a 9 de diciembre de 2014.

REUNIDOS

La Excma. Sra. D.ª Dolores Serrat Moré, Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, en virtud de autorización, por Acuerdo de Consejo de Gobierno, de fecha 2 de diciembre de 2014.

La Sra. D.ª María Luz Abadía Peleato, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Tardienta (Huesca).

EXPONEN

Con fecha 14 de mayo de 2009, se firmó el convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Tardienta, para rehabilitación edificio para uso gimnasio, fase 1ª

Que la cláusula tercera del citado convenio establece que los gastos de inversión necesarios para la citada actuación, que ascienden a un total de ciento cincuenta mil euros (150.000 €), serán financiados por el Gobierno de Aragón y por el Ayuntamiento de Tardienta en las cantidades que a continuación se determinan:

El Departamento de Educación, Cultura y Deporte, con cargo a la aplicación presupuestaria 18080/4571/760036/91002, aportará hasta un máximo de noventa y nueve mil euros (99.000 €), y que abonará al ayuntamiento, una vez verificado lo establecido en este convenio.

Que la cláusula tercera del Protocolo de Colaboración entre la Diputación General de Aragón y la Diputación Provincial de Huesca, para la ejecución del Plan de Instalaciones Deportivas en la provincia de Huesca, periodo 2009/2011, y financiación de actuaciones incluidas en el plan, dispone que esta aportación queda subordinada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias que se establezcan en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para los ejercicios de 2010 y 2011.

Que con fecha 19 de enero de 2011, se firmó la adenda al citado convenio de colaboración, modificándose las cláusulas tercera y decimocuarta, y se recogía una nueva distribución plurianual de la aportación correspondiente al Departamento de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo con el siguiente cuadro.

Aportación que quedaba subordinada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias que se establezcan en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para los ejercicios 2011, 2012 y 2013.

Que con fecha 19 de diciembre de 2012, se firmó una nueva adenda que modificaba las cláusulas tercera, párrafos 2 y 3, y decimocuarta, que quedaron redactadas de la siguiente manera:

"Tercera. El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, con cargo a la aplicación presupuestaria 18080/4571/760036/91002, aportará hasta un máximo de veinte mil treinta y dos euros con noventa y ocho céntimos (20.032,98 €), que abonará al ayuntamiento, una vez verificado lo establecido en este convenio, de acuerdo con la siguiente distribución plurianual:

Esta aportación queda subordinada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias que se establezcan en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para los ejercicios 2013 y 2014".

"Decimocuarta. El presente convenio estará vigente, en relación con los compromisos económicos asumidos por las partes, hasta el 15 de noviembre del año 2014, fecha en la que deberán estar terminadas las obras, sin perjuicio de la vigencia posterior del resto de pactos conforme a lo previsto en las diferentes cláusulas del convenio".

A la vista de las necesidades de ajuste presupuestario del Gobierno de Aragón, en el capítulo VII, para la anualidad 2014, requiriéndose una modificación del gasto, previo Acuerdo de Consejo de Gobierno, de fecha 2 de diciembre de 2014, las partes intervinientes acuerdan:

CLÁUSULAS

Primera.- Modificar la cláusula tercera, párrafos 2 y 3, como sigue:

"Tercera. El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, con cargo a la aplicación presupuestaria 18080/4571/760036/91002, aportará para las anualidades 2014, 2015 y 2016, hasta un máximo de dieciséis mil cuatrocientos ochenta y cinco euros con ochenta y ocho céntimos (16.485,98 €), que abonará al ayuntamiento, una vez verificado lo establecido en este convenio, de acuerdo con la siguiente distribución plurianual:

Esta aportación queda subordinada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias que se establezcan en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para los ejercicios 2014, 2015 y 2016".

Segunda.- Modificar la cláusula decimocuarta, como sigue:

"Decimocuarta. El presente convenio estará vigente, en relación con los compromisos económicos asumidos por las partes, hasta el 15 de noviembre del año 2016, fecha en la que deberán estar terminadas las obras, sin perjuicio de la vigencia posterior del resto de pactos conforme a lo previsto en las diferentes cláusulas del convenio".

En prueba de conformidad, se firma el presente convenio, por duplicado, en el lugar y fecha señalados ut supra.