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ORDEN de 12 de enero de 2015, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación de la adenda al convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Alcañiz, para la reforma integral de pistas de atletismo y campo de fútbol.

Publicado el 23/01/2015 (Nº 15)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios con el núm. 2014/6/0327 la adenda convenio de colaboración suscrita, con fecha 9 de diciembre de 2014, por la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón y el Alcalde del Ayuntamiento de Alcañiz, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada adenda que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 12 de enero de 2015.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

ANEXO

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN, DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE, Y EL AYUNTAMIENTO DE ALCAÑIZ, PARA REFORMA INTEGRAL DE PISTAS DE ATLETISMO Y CAMPO DE FÚTBOL

En Zaragoza, a 9 de diciembre de 2014.

REUNIDOS

La Excma. Sra. D.ª Dolores Serrat Moré, Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, en virtud de autorización por Acuerdo de Consejo de Gobierno, de fecha 2 de diciembre de 2014.

El Sr. D. Juan Carlos Gracia Suso, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alcañiz.

EXPONEN

Con fecha 7 de octubre de 2009, se firmó el convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Alcañiz, para la reforma integral de pistas de atletismo y campo de fútbol, y el 19 de enero de 2011 y 19 de diciembre de 2012, se firmaron las adendas al mismo.

Que la claúsula tercera del citado convenio, modificada por la adenda de 19 de enero de 2011, establecía que los gastos de inversión necesarios para la citada actuación, incluyendo honorarios técnicos, que ascienden a un total de un millón doscientos dieciséis mil cuatrocientos cuatro euros con ochenta y dos céntimos (1.216.404,82 €), serán financiados por el Gobierno de Aragón y por el Ayuntamiento de Alcañiz en las cantidades y anualidades que a continuación se determinan:

El Departamento de Educación, Cultura y Deporte, con cargo a la aplicación presupuestaria 18080/4571/760036/91002, PEP 2009/000598, hasta un máximo de quinientos cincuenta y siete mil setecientos veintiún euros (557.721 €), que abonará al Ayuntamiento de Alcañiz con la siguiente distribución por anualidades:

La adenda de 19 de diciembre de 2012 modificó las cláusulas tercera, párrafos 2 y 3, y decimocuarta, que quedaron redactadas de la siguiente manera:

"Tercera. El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, con cargo a la aplicación presupuestaria 18080/4571/760036/91002, PEP 2006/000322, aportará para el resto de anualidades hasta un máximo de ciento cuarenta y cinco mil novecientos cuarenta y seis euros con dieciséis céntimos (145.946,16 euros), que abonará al ayuntamiento, una vez verificado lo establecido en este convenio, de acuerdo con la siguiente distribución plurianual:

Esta aportación queda subordinada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias que se establezcan en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para los ejercicios 2013 y 2014.

"Decimocuarta. El presente convenio estará vigente, en relación con los compromisos económicos asumidos por las partes, hasta el 15 de noviembre del año 2014, fecha en la que deberán estar terminadas las obras, sin perjuicio de la vigencia posterior del resto de pactos conforme a lo previsto en las diferentes cláusulas del convenio".

A la vista de las necesidades de ajuste presupuestario del Gobierno de Aragón, en el capítulo VII, para la anualidad 2014, requiriéndose una modificación del gasto, previo Acuerdo de Consejo de Gobierno, de fecha 2 de diciembre de 2014, las partes intervinientes acuerdan lo siguiente:

CLÁUSULAS

Primera.- Modificar la cláusula tercera, párrafos 2 y 3, como sigue:

"Tercera. El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte aportará para las anualidades 2014, 2015, 2016 y 2017 hasta un máximo de ciento cuarenta y dos mil trescientos noventa y nueve euros con dieciséis céntimos (142.399,16 €), que abonará al ayuntamiento, una vez verificado lo establecido en este convenio, de acuerdo con la siguiente distribución plurianual y con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

Esta aportación queda subordinada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias que se establezcan en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017".

Segunda.- Modificar la cláusula decimocuarta, como sigue:

"Decimocuarta. El presente convenio estará vigente, en relación con los compromisos económicos asumidos por las partes, hasta el 15 de noviembre del año 2017, fecha en la que deberán estar terminadas las obras, sin perjuicio de la vigencia posterior del resto de pactos conforme a lo previsto en las diferentes cláusulas del convenio".

En prueba de conformidad, se firma el presente convenio, por duplicado, en el lugar y fecha señalados ut supra.