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ORDEN ECD/1864/2022, de 21 de diciembre, por la que se modifican las órdenes por las que se convocan las ayudas a la producción audiovisual para la realización de cortometrajes, mediometrajes o largometrajes y a la música en Aragón en el ejercicio 2022.

Publicado el 21/12/2022 (Nº 13 Extraordinario)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

En virtud de lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, se aprobó la Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura ("Boletín Oficial de Aragón", número 177, de 12 de septiembre de 2022), modificada por Orden del Consejero de Educación, Cultura y Deporte de 13 de diciembre de 2022.

Dicha Orden, en su artículo 16.4, contiene el plazo de justificación de la subvención concedida a los beneficiarios, al señalar que: "El plazo para la justificación de la subvención se iniciará a partir del día siguiente al de publicación de la resolución de concesión en el "Boletín Oficial de Aragón" o desde la notificación al beneficiario, según se establezca en la convocatoria, y finalizará el día 30 de diciembre del año de la convocatoria, sin perjuicio de que en la misma se pueda establecer un plazo anterior, salvo lo dispuesto en el artículo 70 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, relativo a la ampliación del plazo de justificación".

Con fecha 13 de diciembre de 2022, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", extraordinario número 12, la Orden ECD/1804/2022, de 13 de diciembre, por la que se modifican las órdenes por las que convocan las ayudas para la realización de cortometrajes, para la realización de mediometrajes o largometrajes, a la música, a galerías de arte, para actividades culturales de asociaciones y fundaciones, para festivales organizados por asociaciones y fundaciones, y a proyectos editoriales de Aragón en el ejercicio 2022, en cuyo apartado segundo se dispone lo siguiente: "El plazo de la presentación de la justificación se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden de la resolución de concesión en el "Boletín Oficial de Aragón" y finalizará el día 22 de diciembre de 2022. En ningún caso se admitirán justificaciones presentadas fuera de dicho plazo".

Finalizando el plazo de justificación previsto en la citada orden y ante la falta de la adjudicación definitiva de las órdenes por las que se convocan las ayudas a la producción audiovisual para la realización de cortometrajes, mediometrajes o largometrajes y a la música en Aragón, al objeto de no perjudicar a los solicitantes de las subvenciones, se considera necesario retrasar el plazo de justificación de acuerdo con lo establecido en el artículo decimosexto, apartado 4, de las citadas bases reguladoras tras su modificación.

En consecuencia, en virtud de las competencias atribuidas en el Decreto 108/2020, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, dispongo:

Primero.- Modificación de la Orden ECD/1444/2022, de 10 de octubre, por la que se convocan ayudas a la producción audiovisual, para la realización de cortometrajes por empresas del sector audiovisual en el año 2022, modificada a su vez, por la Orden ECD/1804/2022, de 13 de diciembre, por la que se modifican las órdenes por las que convocan las ayudas para la realización de cortometrajes, para la realización de mediometrajes o largometrajes, a la música, a galerías de arte, para actividades culturales de asociaciones y fundaciones, para festivales organizados por asociaciones y fundaciones, y a proyectos editoriales de Aragón en el ejercicio 2022.

Uno. Se modifica el apartado vigesimosegundo, punto 4, que queda redactado como sigue:

El plazo de presentación de la justificación se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden de la resolución en el "Boletín Oficial de Aragón" y finalizará el día 23 de diciembre de 2022 para ambas modalidades. En ningún caso se admitirán justificaciones presentadas fuera de dicho plazo.

Segundo.- Modificación de la Orden ECD/1445/2022, de 10 de octubre, por la que se convocan ayudas a la producción audiovisual, para la realización de mediometrajes o largometrajes por empresas del sector audiovisual en el año 2022, modificada a su vez, por la Orden ECD/1804/2022, de 13 de diciembre, por la que se modifican las órdenes por las que convocan las ayudas para la realización de cortometrajes, para la realización de mediometrajes o largometrajes, a la música, a galerías de arte, para actividades culturales de asociaciones y fundaciones, para festivales organizados por asociaciones y fundaciones, y a proyectos editoriales de Aragón en el ejercicio 2022.

Uno. Se modifica el apartado vigesimosegundo, punto 4, que queda redactado en los siguientes términos:

El plazo de presentación de la justificación se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden de la resolución de concesión en el "Boletín Oficial de Aragón" y finalizará el día 23 de diciembre de 2022. En ningún caso se admitirán justificaciones presentadas fuera de dicho plazo.

Tercero.- Modificación de la Orden ECD/1455/2022, de 14 de octubre, por la que se convocan ayudas a la música en Aragón para el año 2022 modificada a su vez por la Orden ECD/1804/2022, de 13 de diciembre, por la que se modifican las órdenes por las que convocan las ayudas para la realización de cortometrajes, para la realización de mediometrajes o largometrajes, a la música, a galerías de arte, para actividades culturales de asociaciones y fundaciones, para festivales organizados por asociaciones y fundaciones, y a proyectos editoriales de Aragón en el ejercicio 2022.

Uno. Se modifica el apartado vigesimosegundo, punto 4, que queda redactado en los siguientes términos:

El plazo para la justificación de la subvención se iniciará a partir del día siguiente al de publicación de la Orden de resolución en el "Boletín Oficial de Aragón" y finalizará el día 23 de diciembre de 2022. En ningún caso se admitirán justificaciones presentadas fuera de dicho plazo.

Cuarto.- Efectos

Esta Orden surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 21 de diciembre de 2022.

El Consejero de Educación,

Cultura y Deporte,

FELIPE FACI LÁZARO