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RESOLUCION de 17 de julio de 2003, de la Universidad de Zaragoza, por la que se resuelve concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo en esta Universidad de Técnicos de Relaciones Internacionales (Centros Universitarios),

Publicado el 28/07/2003 (Nº 92)
Sección: BOA II. Autoridades y Personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Emisor: UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA

Texto completo:

RESOLUCION de 17 de julio de 2003, de la Universidad de Zaragoza, por la que se resuelve concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo en esta Universidad de Técnicos de Relaciones Internacionales (Centros Universitarios),

Por Resolución de 8 de mayo de 2003 publicada en el «Boletín Oficial de Aragón», nº 59, de 16 de mayo, se convocó concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo en la Universidad de Zaragoza de Técnicos de Relaciones Internacionales (Centros Universitarios).

De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo de Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado y habiéndose cumplido cuantos requisitos se establecen en las bases de la convocatoria sobre plazo de presentación de instancias, examen de las mismas, valoración de los méritos alegados según el baremo establecido y vista la propuesta de fecha 11 de julio de la Sra. Presidenta de la Comisión de Valoración determinada en las citadas bases, este Rectorado, de acuerdo con la base 6.2 de la convocatoria y en uso de las facultades que tiene conferidas, ha resuelto:

Primero.-Resolver la adjudicación de los puestos convocados conforme al Anexo de la presente resolución.

Segundo.-Declarar desierto el puesto que se indica en el citado Anexo.

Tercero.-La incorporación al puesto de trabajo adjudicado será con efectos económicos y administrativos de 1 de septiembre de 2003.

Cuarto.-Los destinos adjudicados por medio de la presente Resolución son irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública.

Quinto.-Los funcionarios adjudicatarios de los puestos objeto del concurso no podrán participar en otro concurso en el plazo de los 2 años siguientes a la incorporación efectiva al puesto de trabajo obtenido, salvo en los supuestos de remoción, cese o supresión de puestos de trabajo o cuando concursen a puestos de nivel superior al obtenido en el presente concurso.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa de conformidad con lo establecido en el art. 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el BOA, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Zaragoza, según lo dispuesto en el art. 8.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (BOE nº 167, del 14).

No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta Resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante este órgano, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 17 de julio de 2003.-El Rector, P.D. (Res. 7/7/2000) (BOA nº 85, de 17 de julio), la Gerente, Mª Jesús Crespo Pérez.