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EDICTO del Servicio Provincial de Sanidad, Bienestar Social y Familia de Huesca. Notificación de la resolución del expediente sancionador num. 22/2013/SP/213.

Publicado el 08/04/2014 (Nº 70)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

No habiendo sido posible la notificación por correo de la resolución dictada en el expediente sancionador número 22/2013/SP/213 a D.ª Lorena Bodalo Cebrián con último domicilio conocido en Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58, 59.4 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se le notifica lo siguiente:

1. Que por falta leve en materia de consumo, se le ha impuesto una sanción de 100 € por infracción de los artículos 26, 65, 67 y 72 del Reglamento sobre condiciones sanitarias en los establecimientos y actividades de comidas preparadas, aprobado por Decreto 131/2006, de 23 de mayo del Gobierno de Aragón, de acuerdo con el Reglamento 852/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios y otras disposiciones en relación con el artículo 35 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y artículo 90 de la Ley 16/2006, de 28 de diciembre, de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios de Aragón,

2. Que tiene a su disposición la resolución integra recaída en el expediente citado, así como la notificación de la liquidación; pudiendo examinar y consultar el expediente que está a su disposición en la Dirección del Servicio Provincial de Sanidad, Bienestar Social y Familia de Huesca, sito en la calle San Jorge, 65 de Huesca.

3. Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 en relación con el artículo 54 del texto refundido de la Ley de la administración de la Comunidad Autónoma de Aragón aprobado por Decreto-Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día de recibo de la presente notificación, ante el Director del Servicio Provincial de Sanidad, Bienestar Social y Familia de Huesca o ante el Excmo. Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia para elevar lo actuado al órgano competente para su resolución, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Que podrá hacer efectiva la sanción en la c/c restringida número. 2085/2052/09/0430001814 de Ibercaja oficina principal de Huesca; una vez firme en vía administrativa la resolución, y transcurrido el plazo de pago voluntario, sin ingresar el importe de la sanción, se procederá a su cobro por la vía de apremio con los recargos complementarios.

Huesca, 19 de abril de 2014.- El Director Provincial, Antonio Comps Encuentra.