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ORDEN DRS/422/2017, de 13 de marzo, por la que se declara la caducidad del expediente de declaración de utilidad pública del monte denominado "Lomas de Val del Agua", perteneciente al Ayuntamiento de Allepuz (Teruel) y situado su término municipal, formado por el monte consorciado TE-3024 y su inclusión en el catálogo de Teruel con el número 432.

Publicado el 07/04/2017 (Nº 68)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Visto el expediente para la declaración de utilidad pública del monte "Lomas de Val del Agua", perteneciente al Ayuntamiento de Allepuz y situado en su término municipal, y su inclusión en el catálogo de Teruel, resultan de él los siguientes

Antecedentes

Primero.- Con fecha de 12 de febrero de 2016 el Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Teruel expone al Ayuntamiento de Allepuz, su intención de tramitar la declaración de utilidad pública del monte consorciado TE-3024, situado en su término municipal, con la denominación "Lomas de Val del Agua". En el mismo oficio se recuerda el contenido de la disposición adicional cuarta de la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de montes de Aragón sobre la condonación de la deuda del consorcio por efecto de la catalogación del monte.

Segundo.- El 20 de junio de 2016 se recibe, en el registro del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Teruel, certificado del Secretario-Interventor del Excmo. Ayuntamiento de Allepuz por el que se acuerda dar la conformidad a la propuesta de declaración de utilidad pública del monte consorciado TE-3024 "Lomas de Val del Agua" formulada por el Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercero.- Con fecha 26 de agosto de 2016, la Sección de Defensa de la Propiedad redacta la memoria para la declaración de utilidad pública del monte denominado "Lomas de Val del Agua", perteneciente al Ayuntamiento de Allepuz (Teruel) y situado en su término municipal, formado por el monte consorciado TE-3024 y su subsiguiente inclusión en el catálogo de Teruel, donde se describe el monte y la superficie objeto de declaración de utilidad pública.

Cuarto.- Con fecha 26 de agosto de 2016, y a la vista de la propuesta formulada por la Unidad de Gestión Forestal, el Director del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Teruel acuerda el inicio del expediente de declaración de utilidad pública.

Quinto.- Con fecha 31 de agosto de 2016 el Director del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Teruel comunica el acuerdo de inicio del expediente al Jefe de Unidad de Gestión Forestal, y al Delegado Provincial del INAGA en Teruel.

Sexto.- Con fecha 5 de septiembre de 2016 el Director del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Teruel comunica mediante oficio el acuerdo de inicio del expediente e informa del plazo para la resolución del procedimiento al Ayuntamiento de Allepuz.

Séptimo.- El expediente se somete a información pública, mediante su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", número 180, de 16 de septiembre de 2016.

Octavo- La vista del expediente se comunica, mediante oficios de fecha 21 de septiembre de 2016, al Ayuntamiento de Allepuz (Teruel) y a la Comarca del Maestrazgo, para la exposición del edicto en el tablón de anuncios de ambas entidades locales.

Noveno.- Con fecha 13 de diciembre de 2016, se recibe escrito de la Comarca del Maestrazgo en el que la Secretaria certifica que el anuncio ha sido expuesto en el tablón de anuncios de esa corporación durante el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente al de la recepción del mismo.

Décimo.- Con fecha 15 de diciembre de 2016 se recibe escrito del Ayuntamiento de Allepuz (Teruel) en el que el Secretario certifica que el anuncio ha sido expuesto en el tablón de anuncios de ese ayuntamiento desde el día 16 de septiembre de 2016 al día 12 de diciembre de 2016, sin que se haya presentado ninguna alegación.

Decimoprimero.- Con fecha 15 de diciembre de 2016 el secretario del Servicio provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad certifica no se presentaron alegaciones al expediente.

Decimosegundo.- El Director del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad en Teruel, con fecha 23 de diciembre de 2016, emite Informe-Propuesta favorable a la aprobación del expediente de declaración de utilidad pública del monte y su inclusión en el Catálogo de Teruel y eleva el expediente con fecha 28 de diciembre de 2016 para su resolución definitiva, de acuerdo con lo actuado en el expediente.

Decimotercero.- Con la entrada en vigor de la Ley 21/2015, de 20 de julio, de modificación de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, el artículo 16 de la citada ley establece que la inclusión en el CMUP de los montes públicos se hará de oficio o a instancia del titular, y se adoptará por acuerdo del máximo órgano de gobierno de cada comunidad autónoma, a propuesta de su respectivo órgano forestal, previa instrucción del correspondiente procedimiento. Estando en tramitación un acuerdo de delegación de competencia en el Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca decidió esperar al mismo para la resolución del expediente. El Gobierno de Aragón, en su reunión celebrada el 31 de enero de 2017 acordó delegar la competencia para la resolución de la inclusión y exclusión parcial o total en el CMUP, y la permuta de una parte no significativa de un monte catalogado, en el Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad y que dicho acuerdo fuera de aplicación desde el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", Todavía no se ha producido la publicación del citado acuerdo en el "Boletín Oficial de Aragón",

Decimocuarto.- Puesto que el inicio del expediente se produjo con fecha 26 de agosto de 2016 informa la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca que el expediente ha caducado de acuerdo con la legislación vigente por haberse superado los 6 meses desde su inicio, correspondiendo proceder a la declaración de la caducidad del expediente conservando todos aquellos trámites y actuaciones que vayan a resultar idénticos o análogos en el nuevo procedimiento administrativo de declaración procede caducar el expediente de declaración de utilidad pública.

Vistos la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, del Estatuto de Autonomía de Aragón; la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, modificada por la Ley 10/2006, de 28 de abril, y por la Ley 21/2015, de 20 de julio; la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón, modificada por la Ley 3/2014, de 29 de mayo; el Reglamento de Montes aprobado por el Decreto 485/1962, de 22 de febrero; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón; el Decreto 317/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, y demás disposiciones de general aplicación.

Este Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, de acuerdo a la propuesta de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, resuelve:

Primero.- Declarar la caducidad del procedimiento de declaración de utilidad pública del monte denominado "Lomas de Val del Agua", perteneciente al Ayuntamiento de Allepuz (Teruel) y situado su término municipal, conservando todos aquellos trámites y actuaciones que vayan a resultar idénticos o análogos en el nuevo procedimiento administrativo de declaración de utilidad pública.

Segundo.- Ordenar el inicio del expediente para la declaración de utilidad pública del monte denominado "Lomas de Val del Agua", perteneciente al Ayuntamiento de Allepuz (Teruel) y situado su término municipal, con la apertura de un nuevo periodo de vista.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, o recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, sin que puedan simultanearse ambos procedimientos, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 13 de marzo de 2017.

El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, JOAQUÍN OLONA BLASCO