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DECRETO 106/2015, de 11 de junio, del Gobierno de Aragón, de creación de tres centros docentes de titularidad de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 22/06/2015 (Nº 117)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

El artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, establece que "la creación y supresión de centros públicos se efectuará por el Gobierno o por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente en el ámbito de sus respectivas competencias".

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su redacción dada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, mantiene la vigencia del anterior precepto.

Efectuado el traspaso de funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria de la Administración del Estado a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón mediante el Real Decreto 1982/1998, de 18 de septiembre, corresponde a la Administración autonómica la creación de los centros públicos de educación no universitaria.

Del análisis de los datos de escolarización y de la previsión de necesidades, se desprende un aumento de la demanda de puestos escolares en determinadas enseñanzas. Con el fin de dar una respuesta adecuada a dicha demanda, el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte ha propuesto la creación de centros educativos de distintos niveles en la red de centros públicos dependiente de dicho Departamento.

El procedimiento de creación de estos centros, iniciado de oficio, se ha tramitado de acuerdo con el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria, aprobado por el Real Decreto 82/1996, de 26 de enero; el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria aprobado por el Real Decreto 83/1996, de 26 de enero y demás normas de general aplicación.

Asimismo, se ha consultado al Consejo Escolar de Aragón sobre la creación de estos centros, de conformidad con el artículo 16.1 c) de la Ley 5/1998, de 14 de mayo, de los Consejos Escolares de Aragón, emitiéndose informe favorable.

Cumplidos los trámites establecidos, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 11 de junio de 2015,

DISPONGO:

Primero.- Creación de tres centros docentes de titularidad de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Se crean los siguientes centros docentes de titularidad de la Comunidad Autónoma de Aragón:

1. Colegio de Educación Infantil y Primaria con denominación específica "Fraga III", código de centro 22010876, con domicilio en C/ Valle de Pineta, s/n, de Fraga (Huesca), creado por desglose del colegio de educación infantil y primaria "San José de Calasanz", cuyo código de centro es el 22001887, de esa localidad. Su configuración jurídica es de 3 unidades de educación infantil de segundo ciclo y 6 unidades de educación primaria. En anexo I de este Decreto, se recogen las plantillas docentes de los centros a los que se refiere este apartado y otras consecuencias derivadas de este desglose.

2. Centro de Educación Especial "de Calatayud", código de centro 50019408, con domicilio en C/ Aragón, s/n, de Calatayud (Zaragoza), creado por desglose del colegio de educación infantil y primaria "Augusta Bílbilis" (aulario de educación especial), cuyo código de centro es el 50008666, de esa localidad. Su configuración jurídica es de 4 unidades de educación básica obligatoria. En anexo II de este Decreto, se recogen las plantillas docentes de los centros a los que se refiere este apartado y otras consecuencias derivadas de este desglose.

3. Sección de Educación Secundaria de La Muela del Instituto de Educación Secundaria "Rodanas" de Epila (Zaragoza), código de centro 50019354, con domicilio en Paseo de Nuestra Señora del Carmen, s/n de La Muela (Zaragoza). Esta Sección se crea por desglose del Instituto de Educación Secundaria "Rodanas" de Epila (Zaragoza), cuyo código de centro es el 50011008. Enseñanzas a impartir: Educación Secundaria Obligatoria. En anexo III de este Decreto, se recogen las plantillas docentes de los centros a los que se refiere este apartado y otras consecuencias derivadas de este desglose.

Segundo.- Comienzo de actividades.

Los centros indicados en el apartado primero comenzarán sus actividades a partir del inicio del curso escolar 2015-2016. Con anterioridad a dicha fecha, podrán realizarse actuaciones administrativas y de gestión necesarias para la puesta en marcha de estos centros.

Disposición final única.- Se faculta a la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte para dictar las disposiciones para la aplicación de este Decreto.

Zaragoza, 11 de junio de 2015.

La Presidenta del Gobierno de Aragón,

LUISA FERNANDA RUDI ÚBEDA

La Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ