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RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2014, de la Gerencia de Sector de Zaragoza II del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca procedimiento de provisión, por el sistema de libre designación del puesto de Coordinador de Admisión del Hospital Universitario "Miguel Servet" del Sector de Zaragoza II.

Publicado el 08/04/2014 (Nº 70)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

De conformidad con lo establecido en capítulo III del título III del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, y estando vacante el puesto de trabajo especificado en el encabezamiento de la presente resolución, esta Gerencia de Sector de Zaragoza II, del Servicio Aragonés de Salud, efectúa convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del citado puesto de trabajo, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera.- Características del puesto.

- Denominación: Coordinador de Admisión del Hospital Universitario Miguel Servet.

- Sistema de provisión: Libre designación.

- Dependencia: Director del Hospital

- Nivel de complemento de destino: 28

- Funciones: Planificación, organización, gestión y coordinación de la operativa asistencial en torno al paciente, optimizando recursos.

Coordinar las funciones del personal adscrito al Servicio de Admisión orientadas hacia las siguientes áreas de actividad: gestión de pacientes, gestión de documentación clínica, gestión de la información sanitaria, investigación y formación. Funciones todas ellas recogidas en el artículo 3 Real Decreto 866/2001, de 20 de julio.

Asegurar la disponibilidad de los actos de Admisión al área de gestión del Hospital para la facturación de todo episodio asistencial cuyo importe ha de reclamarse a terceros obligados al pago.

Establecer los cauces de comunicación y coordinación necesarios con Atención Primaria y otros niveles asistenciales.

Diseño y/o elaboración de circuitos, procedimientos organizativos, cuadros de mando y su correspondiente evaluación.

Coordinar las acciones y recursos alrededor de la asistencia al paciente, para modular y facilitar las tareas asistenciales a los servicios clínicos.

Aplicar la normativa y la legislación existente en nuestro marco territorial y en su área de competencia.

Establecer y mantener un sistema de comunicación adecuado, para conseguir que la información de interés llegue y sea entendida por todos los responsables y trabajadores del servicio.

Conseguir los objetivos del servicio, gestionando todos los recursos a su disposición.

Seguir las directrices de la Dirección del Hospital y realizar cuantas funciones le delegue dentro de su competencia.

- Este puesto se proveerá previa superación de un proceso de selección que estará basado en la valoración del currículum profesional y de la memoria organizativa de la Unidad de Admisión elaborada por los aspirantes. De considerarse oportuno, se mantendrán entrevistas personales, a fin de determinar la idoneidad de los aspirantes al perfil del puesto.

- Continuidad y permanencia: temporal y su ejercicio estará sujeto a evaluación periódica.

- Causas de cese en el puesto: las establecidas en el artículo 60 del citado Decreto 37/2011, de 8 de marzo.

Segunda.- Requisitos de participación.

Podrá participar en la convocatoria el personal estatutario, funcionario o laboral, perteneciente al Grupo A, que reúna los siguientes requisitos.

a) Los generales requeridos por el apartado 5 del artículo 30 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud.

b) Encontrarse prestando servicios en Centros dependientes del Servicio Aragonés de Salud.

c) Estar en posesión del Título de Licenciado en Medicina y Cirugía.

Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

Tercera.- Solicitudes y documentación.

a) Los interesados en participar en la presente convocatoria deberán formular su solicitud según modelo que se adjunta en anexo I, dirigida a la Gerencia de Sector de Zaragoza II del Servicio Aragonés de Salud.

b) Junto a su solicitud, los aspirantes aportarán la documentación acreditativa de los requisitos exigidos, el currículum académico, profesional y formativo, y los justificantes de cuantos méritos se consideren relevantes en relación con el contenido del puesto, así como la memoria organizativa de la Unidad de Admisión, requerida en el apartado primero de la presente convocatoria.

c) Las solicitudes deberán presentarse en los Registros del Sector de Zaragoza II, a través de las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

d) El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Cuarta.- Comisión de Selección.

El proceso de provisión será evaluado por una Comisión de Selección, cuya composición se determinará mediante resolución de la Gerencia del Sector Zaragoza II, de conformidad con los criterios y especificaciones dispuestos por el artículo 73 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud. La composición de la Comisión de Selección se publicará en la página web del Servicio Aragonés de Salud y en los tablones de anuncios del Sector Zaragoza II, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

La Comisión de Selección verificará que los candidatos reúnen los requisitos mínimos exigidos en esta convocatoria, y elevará a esta Gerencia de Sector de Zaragoza II la relación nominal de aquellos que los cumplan, y la propuesta de la persona que se considere más idónea para el puesto de Coordinador de Admisión cuya provisión ahora se convoca. Los aspirantes podrán ser requeridos en cualquier momento por la Comisión de Selección, al objeto de que aclaren o documenten aspectos de su currículum, y si lo considera oportuno podrá mantener entrevistas personales, a fin de determinar la idoneidad de los aspirantes al perfil del puesto.

Quinta.- Resolución de la convocatoria y efectos.

En el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón", la Gerencia de Sector de Zaragoza II dictará y publicará resolución que pondrá fin al procedimiento. La provisión del puesto convocado podrá declararse desierta, mediante resolución motivada, cuando no concurran candidatos idóneos para su desempeño. Transcurrido el plazo citado de seis meses sin que se haya publicado resolución alguna, los interesados en el presente procedimiento de provisión mediante libre designación, podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo. Contra la resolución expresa o la desestimación presunta podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud.

Sexta.- Nombramiento.

Por resolución de la Gerencia de Sector de Zaragoza II que ponga fin al procedimiento, tendrá lugar el nombramiento del aspirante designado para ocupar el puesto de Coordinador de Admisión convocado.

El nombramiento para el puesto de Coordinador de Admisión tendrá carácter temporal y la continuidad en el desempeño del cargo estará supeditada a la superación de las oportunas evaluaciones, de conformidad con el procedimiento que en su momento se implante.

Séptima.- Publicaciones sucesivas e impugnación.

Todos aquellos acuerdos, resoluciones o anuncios sucesivos que se deriven de la presente convocatoria, serán publicados en la página web del Servicio Aragonés de Salud, en la dirección

aragon.es/DepartamentosOrganismosPublicos/Organismos/ServicioAragonesSalud y en los tablones de anuncios del Sector de Zaragoza II, de conformidad con el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, la resolución que ponga fin al presente procedimiento será publicada en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo previsto en el artículo 48.2 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud aprobado por Decreto-Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón y en el artículo 58.2 del Decreto-Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Zaragoza, 27 de marzo de 2014.

El Gerente de Sector de Zaragoza II

JOSÉ HUELÍN DOMECO DE JARAUTA