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RESOLUCIÓN de 20 de septiembre de 2016, del Director General de Innovación, Equidad y Participación, por la que se hace efectiva la autorización provisional concedida mediante Resolución de 22 de agosto de 2016, a los centros docentes de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad Autónoma de Aragón que se señalan para impartir segunda lengua extranjera en 5.º y 6.º de Educación Primaria a partir del curso 2016-2017.

Publicado el 28/11/2016 (Nº 229)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Por Orden de 17 de junio de 2010, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, ("Boletín Oficial de Aragón", número 122, de 23 de junio de 2010), se reguló el procedimiento de autorización para impartir Segunda lengua extranjera en Centros docentes de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por Resolución de 11 de mayo de 2016, del Director General de Innovación, Equidad y Participación, ("Boletín Oficial de Aragón", número 104, de 1 de junio de 2016), se convocó a los centros educativos de la Comunidad Autónoma de Aragón para solicitar dicha autorización en el curso 2016/2017.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 4 de la citada Orden de 17 de junio de 2010, la Inspección Educativa estudió la viabilidad de las solicitudes presentadas, emitiendo informe sobre las mismas. A la vista del informe, los Directores de los correspondientes Servicios Provinciales elevaron a la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación su propuesta de autorización.

Analizadas las propuestas, la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación dictó Resolución de 22 de agosto de 2016, por la que se autorizaba de forma provisional a los Centros docentes de Educación Infantil y Primaria que se señalaban para impartir a partir del curso 2016-2017 segunda lengua extranjera en 5.º y 6.º de primaria.

Según dispone el artículo segundo de la Resolución de 22 de agosto de 2016, estas autorizaciones sólo serán efectivas si los centros acreditaban ante el Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte correspondiente, antes del 9 de septiembre de 2016, que disponían de profesorado suficiente y con la titulación académica adecuada para el desarrollo de estas enseñanzas, así como que habían subsanado los aspectos no concordantes con los requisitos establecidos en la Orden de 17 de junio de 2010, reguladora del programa.

Transcurrido el plazo que se menciona en el apartado anterior, recibidas las propuestas de los Directores de los tres Servicios Provinciales de Educación, Cultura y Deporte y, de conformidad con la facultad que le confiere la Orden de 17 de junio de 2010, esta Dirección General de Innovación, Equidad y Participación, ha resuelto:

Primero.- Hacer efectiva la autorización para impartir segunda lengua extranjera en 5.º y 6.º de Educación Primaria, a partir del curso 2016-2017, a los Centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón que se relacionan en el anexo.

Segundo.- Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán presentar recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con cuanto establecen los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 20 de septiembre de 2016.

El Director General de Innovación, Equidad y Participación,

JESÚS GARCÉS CASAS