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RESOLUCION de 16 de julio de 2003, de la Dirección General de Renovación Pedagógica, por la que se autoriza el desarrollo de proyectos de innovación para anticipar la enseñanza de lenguas extranjeras a partir del curso 2003/2004 a los Centros docentes de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad Autónoma de Aragón que se señalan.

Publicado el 28/07/2003 (Nº 92)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

RESOLUCION de 16 de julio de 2003, de la Dirección General de Renovación Pedagógica, por la que se autoriza el desarrollo de proyectos de innovación para anticipar la enseñanza de lenguas extranjeras a partir del curso 2003/2004 a los Centros docentes de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad Autónoma de Aragón que se señalan.

Por Orden de 22 de mayo de 2001 del Departamento de Educación y Ciencia, (BOA nº 63 de 30 de mayo) se reguló el procedimiento de autorización de proyectos de innovación para anticipar la enseñanza de lenguas extranjeras en Centros docentes de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por Resolución de 22 de abril de 2003 (BOA nº 54 de 7.05.03) se reabrió el plazo para que los centros educativos, de conformidad con cuanto se establece en el artículo 7) primero de la Orden de convocatoria, presentaran las solicitudes de autorización.

La Inspección de Educación ha estudiado la viabilidad de las mismas y ha presentado, a los Directores de los respectivos Servicios Provinciales, el informe preceptivo.

Recibidas de los Directores de los Servicios Provinciales las propuestas a que se refiere el apartado Segundo del precitado artículo, esta Dirección General de Renovación Pedagógica ha resuelto:

Primero.-Autorizar la implantación en el segundo ciclo de Educación Infantil del proyecto de innovación de enseñanzas anticipadas de primera lengua extranjera, a partir de 4 años, a los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón que se relacionan en el Anexo I.

Segundo.-Autorizar la implantación, en el primer ciclo de Educación Primaria, del proyecto de innovación de enseñanzas anticipadas de primera lengua extranjera, a los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón que se relacionan en el Anexo II.

Tercero.-Autorizar la implantación, en el tercer ciclo de Educación Primaria, del proyecto de innovación de enseñanzas anticipadas de segunda lengua extranjera, a los Centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón que se relacionan en el Anexo III.

Quinto.-Las autorizaciones anteriores serán efectivas siempre y cuando los centros acrediten ante el Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte correspondiente, antes del 10 de septiembre de 2003, que disponen de profesorado suficiente y con la titulación académica adecuada para el desarrollo de estas enseñanzas así como, que han subsanado aquellos aspectos contenidos en su solicitud, no concordantes con los requisitos establecidos en la Orden de 22 de mayo de 2001 (BOA 30.05.01)

Sexto.-Transcurrido el plazo que se menciona en el apartado anterior, una vez que se reciban las propuestas de los Directores de los tres Servicios Provinciales de Educación, Cultura y Deporte, de conformidad con las facultades que le confiere la Orden de 22 de mayo, la Dirección General de Renovación Pedagógica dictará Resolución para hacer efectivas las convalidaciones y las autorizaciones. Igualmente se resolverá hacer decaer las autorizaciones de implantación de aquellos centros que no acrediten haber cumplido los requisitos exigidos en la normativa reguladora de este programa y, más concretamente, lo dispuesto en el artículo 7.4) de la Orden de 22 de mayo de 2001.

Séptimo.-Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán presentar recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial de Aragón», de conformidad con cuanto establecen los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero.

Zaragoza 16 de julio de 2003.

El Director General de Renovación Pedagógica, JUAN JOSE VAZQUEZ CASABONA

ANEXO I CENTROS DOCENTES A LOS QUE SE AUTORIZA PARA IMPLANTAR LA PRIMERA LENGUA EXTRANJERA EN EL SEGUNDO CICLO DE EDUCACION INFANTIL

Provincia Localidad Centro

HUESCA AINSA C.P. ASUNCION PAÑART

HUESCA BELVER DE CINCA C.R.A. ALBEOS

HUESCA PERALTA DE ALCOFEA C.R.A. DE PERALTA DE ALCOFEA

TERUEL CELLA C.P. M. BLASCO VILATELLA

TERUEL CASTELSERAS C.R.A. DEL MEZQUIN

TERUEL LIBROS C.R.A. LIBROS

TERUEL RUBIELOS DE MORA C.R.A. PORTICO DE ARAGON

TERUEL TERUEL C.P. MIGUEL VALLES

TERUEL TERUEL C.C. VICTORIA DIEZ

TERUEL VALDEROBRES C.P. V. FERRER RAMOS

ZARAGOZA CASPE C. SANTA ANA

ZARAGOZA PINA DE EBRO C. NTRA. SRA. DE LA ESPERANZA

ZARAGOZA REMOLINOS C.P. ALFREDO MUIÑOS

ZARAGOZA SOBRADIEL C.P. SUBPRADEL

ZARAGOZA TARAZONA C.P. SAGRADA FAMILIA

ZARAGOZA ZARAGOZA C. CARDENAL XAVIERRE

ZARAGOZA ZARAGOZA C. HIJAS DE SAN JOSE

ZARAGOZA ZARAGOZA C. EL PILAR MARISTAS

ZARAGOZA ZARAGOZA C. LA SALLE FRANCISCANAS

ZARAGOZA ZARAGOZA C. VILLA CRUZ

ZARAGOZA ZARAGOZA C. VIRGEN REINA

ZARAGOZA ZARAGOZA C.P. CALIXTO ARIÑO

ZARAGOZA ZARAGOZA C.P. PARQUE GOYA

ANEXO II CENTROS DOCENTES A LOS QUE SE AUTORIZA PARA IMPLANTAR LA PRIMERA LENGUA EXTRANJERA EN EL PRIMER CICLO DE EDUCACION PRIMARIA

Provincia Localidad Centro

HUESCA AINSA C.P. ASUNCION PAÑART

HUESCA CONCHEL C.R.A. ARCO IRIS

TERUEL LIBROS C.R.A. LIBROS

TERUEL TERUEL C.P. MIGUEL VALLES

ZARAGOZA HERRERA DE LOS NAVARROS C.P. SAN JORGE

ZARAGOZA MALUENDA C.R.A. TRES RIBERAS

ZARAGOZA REMOLINOS C.P. ALFREDO MUIÑOS

ZARAGOZA SOBRADIEL C.P. SUBPRADEL

ZARAGOZA ZUERA C. SAN GABRIEL

ZARAGOZA ZARAGOZA C. CARDENAL XAVIERRE

ZARAGOZA ZARAGOZA C. EL PILAR MARISTAS

ZARAGOZA ZARAGOZA C. JESUS MARIA EL SALVADOR

ZARAGOZA ZARAGOZA C. LA SALLE FRANCISCANAS

ZARAGOZA ZARAGOZA C. MISIONERAS DEL SAGRADO CORAZON

ZARAGOZA ZARAGOZA C. VILLA CRUZ

ZARAGOZA ZARAGOZA C.P. CALIXTO ARIÑO

ZARAGOZA ZARAGOZA C.P. PARQUE GOYA

ANEXO III CENTROS DOCENTES A LOS QUE SE AUTORIZA PARA IMPLANTAR LA SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA DESDE EL TERCER CICLO DE EDUCACION PRIMARIA

Provincia Localidad Centro

HUESCA MONZON C.P. ARAGON

ZARAGOZA EJEA C.P. CERVANTES

ZARAGOZA EJEA C.P. MAMES ESPERABE

ZARAGOZA RICLA C.P. MAESTRO MONREAL

ZARAGOZA ZUERA C.P. ODON DE BUEN

ZARAGOZA ZUERA C. SAN GABRIEL

ZARAGOZA ZARAGOZA C. LA SALLE FRANCISCANAS

ZARAGOZA ZARAGOZA C. VILLA CRUZ

ZARAGOZA ZARAGOZA C.P. ELISEO GODOY