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ORDEN de 15 de diciembre de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se modifica la Orden de 8 de mayo de 2014, por la que se convocan subvenciones destinadas a Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Aragón para la realización de actividades de educación permanente durante el curso 2014-2015 en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2007-2013.

Publicado el 23/01/2015 (Nº 15)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La Orden de 8 de mayo de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, convoca subvenciones destinadas a Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Aragón para la realización de actividades de educación permanente durante el curso 2014-2015 en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2007-2013

La citada orden indica en al artículo Decimoquinto. 4. que las Entidades locales deberán remitir antes del 30 de octubre de 2014 o en un plazo no superior a los 15 días desde la contratación del profesorado una serie de documentación.

La Orden de 5 de diciembre de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, resuelve la convocatoria de subvenciones destinadas a Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Aragón, para la realización de actividades de educación permanente en el curso 2014-2015 en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2007-2013.

A la vista de lo expuesto anteriormente y en ejercicio de las competencias legalmente atribuidas, acuerdo:

Artículo Único. Modificación de la Orden de 8 de mayo de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, convoca subvenciones destinadas a Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Aragón para la realización de actividades de educación permanente durante el curso 2014-2015 en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2007-2013.

El artículo Decimoquinto apartado 4 queda redactado de la siguiente manera:

"Entidades locales deberán remitir antes del 15 de enero de 2015 o en un plazo no superior a los 15 días desde la contratación del profesorado la siguiente documentación:

- Proyecto definitivo con el visto bueno del Director del Centro de Educación de Personas adultas.

- Copia compulsada del expediente completo del procedimiento de contratación del profesorado.

- Copia compulsada del contrato del profesorado, y en el caso de contratados fijos discontinuos, el contrato del curso objeto de la subvención y la comunicación de llamamiento.

- Copia compulsada de la titulación del profesorado

- Listado del profesorado y titulación.

- Listado de alumnos de cada una de las actividades objeto de la subvención según modelo del Programa Gestión de Centros de Educación de Personas Adultas al que está adscrito con el visto bueno del Director del Centro Público de Educación de Personas Adultas de adscripción.

- Documentos electrónicos que cumplan las condiciones de publicidad e información comunitarias señaladas en el apartado decimocuarto:

- Imagen del cartel de publicidad de las actividades que se realizarán en la entidad local

- Imagen del cartel de señalización del aula.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 15 de diciembre de 2014.

La Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ