RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 2021, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Muel, por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público de 2020.
Por la M.I. Alcaldía Presidencia se ha adoptado Decreto 10/2020, cuya parte dispositiva es la siguiente:
A la vista del artículo 21.1 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local el Alcalde es el Presidente de la Corporación y ostenta, entre sus atribuciones, entre otras, la de aprobar la Oferta de Empleo Público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno.
A la vista de que el Presupuesto Municipal para 2020, comprensivo de la Plantilla de personal municipal aprobados en el Pleno Corporativo y publicados en el "Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza", número 269, de 21 de noviembre de 2020, y corrección de errores en el "Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza", número 275, de 28 de noviembre de 2020, he resuelto:
Primero.- Aprobar la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento para el año 2020, que contiene los siguientes puestos de trabajo:
Personal laboral:
Denominación plaza: Operario de servicios múltiples.
Titulación: Graduado escolar o equivalente.
Número Vacantes: 1.
Segundo.- En las bases de la convocatoria se especificará el procedimiento de selección que, en todo caso, garantizará los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
Que se publique en el tablón de anuncios de la Corporación, Portal de Transparencia y "Boletín Oficial de Aragón".
Cuarto.- Expresar que contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo correspondiente de los de Zaragoza, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Muel, 2 de febrero de 2021.- El Alcalde, Israel Remón Bazán.