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ORDEN de 7 de noviembre de 2014, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación de la segunda adenda al convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Instituto Tecnológico de Aragón, para desarrollar, durante los años 2012 a 2014, actividades específicas de sensibilización, capacitación y acompañamiento de empresas que promuevan la incorporación a sus procesos productivos de nuevas técnicas innovadoras que mejoren su competitividad.

Publicado el 03/12/2014 (Nº 237)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios con el núm. 2014/3/0019 la segunda adenda al convenio de colaboración suscrita, con fecha 27 de octubre de 2014, por el Consejero de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón y el Director del Instituto Tecnológico de Aragón, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada adenda que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 7 de noviembre de 2014.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

ANEXO

SEGUNDA ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN, SUSCRITO ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y EL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE ARAGÓN, PARA DESARROLLAR, DURANTE LOS AÑOS 2012 A 2014, ACTIVIDADES ESPECÍFICAS DE SENSIBILIZACIÓN, CAPACITACIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO DE EMPRESAS QUE PROMUEVAN LA INCORPORACIÓN A SUS PROCESOS PRODUCTIVOS DE NUEVAS TÉCNICAS INNOVADORAS QUE MEJOREN SU COMPETITIVIDAD

En la ciudad de Zaragoza, a 27 de octubre de 2014.

REUNIDOS

D. Arturo Aliaga López, Consejero de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón, en virtud del Decreto de 30 de diciembre de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se dispone su nombramiento, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 1, de 3 de enero de 2012, y actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, según Acuerdo de este órgano de fecha 21 de octubre de 2014.

Y de otra, D. Salvador Domingo Comeche, en nombre y representación del Instituto Tecnológico de Aragón (en adelante, ITA), en su calidad de director de este organismo, puesto en el que fue nombrado por Decreto 286/2011, de 30 de agosto, del Gobierno de Aragón, publicado en el "Boletín Oficial del Aragón", número 172, de 31 de agosto de 2011.

Ambas partes, en el ejercicio de su cargo y en el concepto en que intervienen, aseguran la vigencia de las representaciones con las que actúan y se reconocen recíprocamente la capacidad legal suficiente y necesaria para suscribir esta adenda, y a tal efecto

EXPONEN

I. El Gobierno de Aragón, en su reunión de fecha 8 de octubre de 2012, autorizó la firma del convenio de colaboración con el Instituto Tecnológico de Aragón, para desarrollar, durante los años 2012 a 2014, actividades específicas de sensibilización, capacitación y acompañamiento de empresas que promuevan la incorporación a sus procesos productivos de nuevas técnicas innovadoras que mejoren su competitividad.

En dicho convenio, que fue firmado con fecha 9 de octubre de 2012, se contempla una iniciativa que constituye una de las actuaciones subsumibles en el marco de acciones a desarrollar en el periodo 2012, 2013 y 2014, al amparo del convenio celebrado entre el entonces Ministerio de Ciencia e Innovación y la Comunidad Autónoma de Aragón, para el desarrollo de la Estrategia Estatal de Innovación en la Comunidad Autónoma.

La cláusula segunda del convenio celebrado con el Instituto Tecnológico de Aragón contempla las distintas actuaciones que debe desarrollar el citado instituto y que son el objeto de colaboración económica.

El 31 de mayo de 2013, se suscribió una adenda al convenio citado, por la que se modificaba la cláusula segunda, en concreto una de las acciones previstas en la misma: "Proyecto de apoyo de emprendedores en el Instituto Tecnológico de Aragón", poniendo a disposición de las empresas un espacio adecuado, tutorización tecnológica e infraestructura material que permita el desarrollo y demostración de sus productos, por importe máximo de 200.000 €, con el objetivo único de ampliar el número de beneficiarios y los campos de conocimiento donde se va a desarrollar el proyecto.

A su vez, la cláusula cuarta del convenio recoge el compromiso económico del Gobierno de Aragón para los años 2012, 2013 y 2014, afirmando que supondrá el 80% del coste anual de las acciones objeto de este convenio, debidamente ejecutadas y justificadas, sin que el importe de la ayuda pueda superar en ningún caso la cantidad prevista para cada uno de los citados ejercicios, conforme a la distribución anualizada siguiente del importe total que asciende a la cifra de 1.680.000 € (un millón seiscientos ochenta mil euros):

- Ejercicio 2012: Hasta 756.000 €.

- Ejercicio 2013: Hasta 470.400 €.

- Ejercicio 2014: Hasta 453.600 €.

II. Con fecha 19 de septiembre de 2014, el Instituto Tecnológico de Aragón presenta solicitud de modificación de la distribución de las cuantías asignadas a cada una de las actuaciones previstas en la citada cláusula segunda, una vez ejecutadas las dos primeras anualidades 2012 y 2013, y tras haber analizado la actividad realizada durante el primer semestre de 2014. El objetivo de la modificación de la distribución de las cuantías inicialmente prevista es, por una parte, mejorar la eficacia en el cumplimiento de los objetivos planteados y, por otra parte, adecuar la asignación presupuestaria a la ejecución técnica y económica realizada hasta la fecha, y planificada hasta la finalización de la vigencia del convenio.

La modificación planteada, que no supone variación alguna en el compromiso general adquirido por el Gobierno de Aragón, y por supuesto en la cantidad prevista para el año 2014, asumido en la mencionada cláusula cuarta del convenio, se considera conveniente en cuanto no altera la naturaleza de la actividad ni los objetivos de la ayuda y busca la aplicación de mejoras que permiten garantizar una mayor efectividad del fin perseguido, sin que perjudique derechos de terceros.

Por consiguiente, las partes firmantes del convenio están interesadas en suscribir esta adenda en la que se formalice la modificación expuesta, manteniéndose en iguales términos los compromisos de las partes, así como la redacción actual del texto del convenio.

De conformidad con todo lo anterior, las partes firmantes

ACUERDAN

Primero.- Se modifica la cláusula segunda del convenio de colaboración, suscrito entre el Gobierno de Aragón y el Instituto Tecnológico de Aragón, para desarrollar, durante los años 2012 a 2014, actividades específicas de sensibilización, capacitación y acompañamiento de empresas que promuevan la incorporación a sus procesos productivos de nuevas técnicas innovadoras que mejoren su competitividad, que queda redactada en los siguientes términos:

"Segunda.- Acciones.

Para la consecución del objetivo general previsto en la cláusula primera será preciso llevar a cabo las siguientes actuaciones, que se expresan con carácter enunciativo y no exclusivo:

- Talleres de innovación para el aprendizaje de nuevas técnicas y capacidades, que añadan valor a los procesos productivos de las empresas, por importe máximo total de 36.600 €.

- Programa de formación Eminnova (futuro posgrado): Metodología que impulse la mejora de la gestión y organización de los procesos de innovación, integrado por 18 cursos desarrollados en cuatro itinerarios formativos, por importe máximo de 104.000 €.

- Forinnova: Programa de becas ITA, para formación e inserción de tecnólogos y gestores de la innovación, para insertar alrededor de 15/20 personas/año, por importe máximo de 720.000 €.

- Servicio de identificación de proyectos innovadores y asesoría, para la preparación y obtención de financiación de la I+D+I, por importe máximo de 489.400 €.

- Servicio de apoyo de emprendedores en el ITA, poniendo a disposición de las empresas un espacio adecuado, tutorización tecnológica e infraestructura material que permita el desarrollo y demostración de sus productos, por importe máximo de 90.000 €.

- Plan comercial del ITA, para fortalecer su papel como agente activo de la Administración de la Comunidad Autónoma, para la consecución de los objetivos previstos en las estrategias de innovación, por importe máximo de 240.000 €".

Segundo.- Mantener el resto del texto del convenio en su redacción actual.

En prueba de conformidad, firman esta segunda adenda al citado convenio de colaboración, por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.