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ORDEN de 3 de febrero de 2015, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Instituto Aragonés de Fomento (IAF) y la Universidad de Zaragoza, para la promoción y apoyo a la participación a las empresas aragonesas en proyectos europeos e internacionales de investigación e innovación.

Publicado el 03/03/2015 (Nº 42)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2015/4/0004 el convenio suscrito, con fecha 8 de enero de 2015, por el Consejero de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón y Presidente del IAF y el Rector de la Universidad de Zaragoza, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 3 de febrero de 2015.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA Y EL INSTITUTO ARAGONÉS FOMENTO (IAF), PARA LA PROMOCIÓN Y APOYO A LA PARTICIPACIÓN A LAS EMPRESAS ARAGONESAS EN PROYECTOS EUROPEOS E INTERNACIONALES DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN

En Zaragoza, 8 de enero de 2015.

De una parte, el Rector de la Universidad de Zaragoza, con domicilio social a estos efectos en c/ Pedro Cerbuna, 12, Universidad de Zaragoza, 50009 Zaragoza, y CIF: Q5018001G.

De otra parte, D. Arturo Aliaga López, como Presidente del Instituto Aragonés de Fomento, con domicilio social a estos efectos en c/ Teniente Coronel Valenzuela, 9, y CIF: Q509S004G.

Las partes, en el concepto en que intervienen, aseguran la vigencia de las representaciones con las que actúan y se reconocen recíprocamente la capacidad legal suficiente y necesaria para suscribir el presente convenio, y a tal efecto

I. Que la Universidad de Zaragoza (en adelante, UNIZAR) tiene entre sus objetivos la promoción y el apoyo a la participación de sus investigadores en los distintos programas europeos e internacionales de investigación e innovación, con especial atención al programa Horizonte 2020.

II. El Instituto Aragonés de Fomento (en adelante, IAF) se ha configurado como canalizador del papel incentivador que corresponde a los poderes públicos en el desarrollo económico regional, teniendo entre sus objetivos generales el favorecer el desarrollo socioeconómico de Aragón, la creación y consolidación del empleo, y el reequilibrio territorial.

III. Que IAF y UNIZAR están interesados en colaborar para promover la participación de empresas aragonesas en proyectos europeos e internacionales de investigación e innovación, con especial atención al programa Horizonte 2020.

Horizonte 2020 (H2020) es el programa marco de la Unión Europea para el periodo 2014-2020, que financia proyectos de investigación e innovación de diversas áreas temáticas en el contexto europeo. Se fundamenta en la implantación de tres pilares: abordar los principales retos sociales, promover el liderazgo industrial en Europa y reforzar la excelencia de su base científica.

Los objetivos estratégicos del programa Horizonte 2020 son los siguientes:

a) Crear una ciencia de excelencia, que permita reforzar la posición de la UE en el panorama científico mundial.

b) Desarrollar tecnologías y sus aplicaciones, para mejorar la competitividad europea.

c) Investigar en las grandes cuestiones que afectan a los ciudadanos europeos.

La atención se centra en seis áreas esenciales para una vida mejor: salud; alimentación y agricultura, incluyendo las ciencias del mar; energía; transporte; clima y materias primas; sociedades inclusivas, y seguridad.

Los resultados se dirigen a resolver problemas concretos de los ciudadanos. Como por ejemplo: el envejecimiento de la sociedad, la protección informática o la transición a una economía eficiente y baja en emisiones de carbono.

La participación en el programa marco se basa en competir con los mejores y, en la mayoría de las veces, con actividades en consorcio (grupos de investigación, empresas y usuarios).

IV. Que, en consecuencia, las partes acuerdan establecer, a través de este convenio, las condiciones que han de regir el marco de colaboración específico entre las instituciones, para la promoción y apoyo a la participación a las empresas aragonesas en proyectos europeos e internacionales de investigación e innovación.

Por todo ello, las partes firmantes acuerdan las siguientes

Primera.- Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es establecer las líneas de colaboración entre UNIZAR y el IAF, para promover la participación de empresas aragonesas en proyectos europeos e internacionales de I+D+I, especialmente en el programa Horizonte 2020.

Segunda.- Compromisos de la Universidad de Zaragoza.

UNlZAR se compromete a llevar a cabo actuaciones encaminadas a promover la participación de empresas aragonesas en convocatorias de proyectos europeos e internacionales de I+D+I, como:

- Jornadas de información sobre Horizonte 2020, dirigidas a empresas.

- Jornadas de formación sobre diferentes aspectos relacionados con la participación en Horizonte 2020, orientadas a empresas.

- Reuniones específicas con empresas para asesorarles sobre oportunidades de participación en Horizonte 2020.

- Difusión de información sobre oportunidades de financiación de proyectos de I+D+I a nivel europeo, dirigidas a empresas.

- Asesoría a empresas, para su participación en propuestas de proyectos presentadas por UNIZAR.

- Apoyo directo a empresas, para la identificación de socios y consorcios en los que poder participar en Horizonte 2020.

- Investigar en las grandes cuestiones que afectan a los ciudadanos europeos.

Tercera.- Compromisos del Instituto Aragonés Fomento.

El IAF se compromete a identificar y facilitar la comunicación entre UNIZAR y las empresas aragonesas con el fin de llevar a cabo las actuaciones descritas.

El IAF destinará a la financiación del objeto establecido en la cláusula primera de este convenio y las actuaciones descritas en la cláusula anterior, hasta un máximo de 50.000 €, sin que dicho máximo pueda exceder del 80% del coste total de la actividad a subvencionar, y se destinarán a financiar, entre otros, los gastos derivados de la contratación y gastos de funcionamiento de un gestor de proyectos europeos para empresas. Este gestor se integrará en la Universidad de Zaragoza y trabajará de manera coordinada con el personal, tanto de la Oficina de Proyectos Europeos como de la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación de UNIZAR, para el desarrollo de las actividades descritas en la cláusula segunda. A los efectos previstos en el artículo 83.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se podrá imputar como costes indirectos de la actividad subvencionada el 10% del coste total a percibir en el convenio, de conformidad con la disposición adicional vigesimoctava de la Ley 1/2014, de 23 de enero, por la que se aprueban los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2014.

En caso de que el importe de los gastos realizados en el ámbito de este convenio sea inferior a la cifra establecida en la presente cláusula, la subvención será proporcional a la inversión o gasto realizado y justificado.

No serán objeto de financiación, ni los gastos financieros ni los intereses de demora que se produzcan en la realización de la actuación.

Cuarta.- Comisión de seguimiento.

A fin de procurar el desarrollo y seguimiento de este convenio, se constituirá una comisión de seguimiento formada por dos miembros de cada una de las dos entidades. En UNIZAR, los integrantes de la comisión serán nombrados por el Rector de la Universidad de Zaragoza y en el IAF serán nombrados por su Director Gerente.

La comisión se constituirá en el plazo de un mes a partir de la entrada en vigor del presente convenio y tendrá como finalidad promover las acciones que permitan cumplir los objetivos y condiciones estipulados en el convenio. Se reunirá con una periodicidad bimestral y siempre que lo solicite una de las partes. En su primera reunión, la comisión elegirá a las personas que la presidan, y que levanten actas de sus reuniones. Al final de cada año, elaborará una memoria de actividades.

A efectos del llevar a cabo el seguimiento de la ejecución de las actividades objeto del presente convenio, y con el fin de evaluar sus resultados, se establecen unos objetivos vinculados a las actuaciones descritas en la cláusula segunda. Estos objetivos aparecen recogidos en el anexo I al presente convenio.

Quinta.- Plazo para la realización de las actuaciones y su justificación.

Los gastos relativos a las actuaciones que debe realizar UNIZAR, establecidas en el presente convenio, deberán llevarse a cabo antes del 31 de diciembre de 2015. El plazo para justificar la realización de las actuaciones y el pago de los gastos subvencionables finalizará el 28 de febrero de 2016.

Sexta.- Justificación y pago.

UNIZAR, de manera previa a la realización del pago, por parte del IAF, deberá acreditar a éste la siguiente documentación mediante original o copia compulsada:

- Certificado de la Universidad de Zaragoza, aceptando la subvención dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la firma del presente convenio.

- Declaración del representante de la Universidad de Zaragoza de no estar la actuación financiada con otra subvención o, en caso de estarlo, que las actuaciones que se presenten al IAF no han sido subvencionadas.

- Fotocopia del ClF.

- Certificado bancario acreditativo del número de cuenta en la que se hará el ingreso.

- Declaración jurada de no estar incurso/a en las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones.

- Poderes o cualquier otra documentación que acredite capacidad suficiente del representante de la entidad.

La Universidad de Zaragoza deberá estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social, en los términos previstos en la normativa vigente. La firma de este convenio conllevará la autorización al Instituto Aragonés de Fomento, para recabar los certificados que acrediten el cumplimiento de dichas obligaciones.

Las condiciones para ser beneficiario deberán mantenerse hasta el momento del pago de la ayuda. Cualquier variación deberá ser comunicada por parte del beneficiario al Instituto Aragonés de Fomento en el momento que se produzca.

La ejecución de la actuación subvencionable se justificará mediante la presentación de la siguiente documentación:

1. Escrito firmado por el beneficiario o por quien ostente su representación, en el que se relacionen los documentos aportados, y en el que se especifiquen los datos del beneficiario.

2. Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos.

3. Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá:

a) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y de la factura, importe, fecha de emisión y fecha de pago.

b) Facturas y/o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior, y los justificantes de pago.

c) Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y su procedencia, así como fotocopia compulsada de las mismas.

d) Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en el artículo 138 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención. La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación o, en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

El pago de la subvención se hará efectivo por parte del IAF, una vez que UNIZAR haya justificado que ha ejecutado las actuaciones subvencionadas objeto del presente convenio.

Séptima.- Cumplimiento obligaciones tributarias.

La Universidad de Zaragoza deberá estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social, en los términos previstos en la normativa vigente.

Octava.- Compatibilidad.

La financiación contemplada en el presente convenio será compatible con otras subvenciones de carácter público, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula tercera. En ningún caso, la suma de las subvenciones otorgadas a la actuación que es objeto del convenio podrá sobrepasar podrá sobrepasar el 80% del coste total de la actividad a subvencionar. La financiación será satisfecha previa justificación del importe de las inversiones y gastos imputables a la actuación subvencionada establecida en el presente convenio.

Novena.- Destino.

UNIZAR vendrá obligada a justificar que la subvención ha sido destinada a la ejecución del objeto establecido en el presente convenio, y en la cuantía que fue otorgada; para ello, presentará al Instituto Aragonés de Fomento la documentación solicitada en la cláusula sexta.

Décima.- Vigencia.

La duración del presente convenio será hasta la completa realización de las actuaciones previstas y, en cualquier caso, como fecha límite el 30 de abril de 2016.

Undécima.- Comprobaciones.

El IAF se reserva el derecho a llevar a cabo las comprobaciones que estime oportunas. A tal fin, UNIZAR se compromete a proporcionar al IAF, diligentemente, toda la información que se le solicite.

Duodécima.- Responsabilidad.

El Instituto Aragonés de Fomento queda exento de cualquier tipo de responsabilidad que pueda derivarse del desarrollo y realización de las actuaciones contempladas en este convenio.

En ningún caso, podrá considerarse que el IAF tiene relación alguna con UNIZAR ni con su personal, de forma que no podrá exigírsele responsabilidad laboral directa, indirecta o subsidiaria derivada de la realización de las actuaciones del objeto del presente convenio.

Decimotercera.- Modificación y resolución del convenio.

Será causa de resolución del presente convenio:

1. El incumplimiento, por parte de cualesquiera de las partes intervinientes, de las obligaciones esenciales contenidas en sus cláusulas.

2. La imposibilidad sobrevenida para su cumplimiento en alguna de sus cláusulas, salvo que de común acuerdo entre las partes se modifique su sentido.

El incumplimiento por causas directamente imputables a la actuación de UNIZAR, exceptuándose la fuerza mayor, de cualquiera de las cláusulas establecidas en el presente convenio, eximirá al IAF del compromiso de abonar las cantidades pendientes, quedando obligada UNIZAR a restituir las cantidades ya percibidas más los intereses de mora generados.

Decimocuarta.- Incumplimiento

El incumplimiento de las condiciones anteriormente expuestas dará lugar a que se declare al beneficiario decaído en sus derechos, reservándose el IAF el ejercicio de las oportunas acciones legales y judiciales que correspondan.

Decimoquinta.- Reintegro.

UNIZAR estará obligada a reintegrar las cantidades percibidas y el interés de demora, desde el momento del pago de la ayuda, en los supuestos establecidos a este efecto en la normativa vigente.

Decimosexta.- Protección de datos.

Los datos personales tratados en el marco de este convenio serán incorporados y tratados en un fichero cuya finalidad es la recogida de información y documentación necesaria para la tramitación de las subvenciones concedidas por el Instituto Aragonés de Fomento. El órgano responsable de fichero es el Instituto Aragonés de Fomento y la dirección donde los interesados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es la c/ Teniente Coronel Valenzuela, 9, 50004 Zaragoza; todo lo cual, se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Conforme a lo establecido en la Resolución de 16 de julio de 2001, de la Universidad de Zaragoza, reguladora de los ficheros de datos de carácter personal de la Universidad, publicados en el "Boletín Oficial de Aragón", número 96, de 13 de agosto de 2001, los derechos de acceso, rectificación y cancelación se ejercerán mediante escrito dirigido al Ilmo. Sr. Gerente de la Universidad de Zaragoza, a través del Registro General de la Universidad o por cualesquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Decimoséptima.- Naturaleza jurídica y jurisdicción competente.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, siendo de los previstos en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se halla excluido del ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4.1.c) de la mencionada norma, estando sujeto a lo previsto en esa ley y, de manera supletoria, en la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Este convenio, que tiene naturaleza jurídico-administrativa, constituye el instrumento por el que se canaliza la concesión directa de una subvención, encontrando su fundamento en el artículo 22.2, apartado c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Las controversias que se planteen en materia de subvenciones serán resueltas de acuerdo con la normativa aplicable a dicha materia, y conforme a los procedimientos previstos en ella, sin perjuicio del control por el orden jurisdiccional contencioso-administrativo de las decisiones que se adopten en vía administrativa.

Las partes, con renuncia expresa al fuero que les pudiera corresponder, se someten a la jurisdicción y competencia de los juzgados y tribunales de la ciudad de Zaragoza.

Y en prueba de conformidad con lo manifestado, las partes intervinientes firman por duplicado el presente documento, en el lugar y fecha expresados en el encabezamiento.

ANEXO I CUADRO DE OBJETIVOS

- Creación de una oficina o punto de contacto de asesoramiento y apoyo para la presentación de proyectos europeos.

- Presentación de un mínimo de seis propuestas con participación de empresas aragonesas a convocatorias de programas europeos.

- Realización de, al menos, cinco jornadas de difusión sobre diferentes aspectos relacionados con proyectos europeos

- Realización de, al menos, tres jornadas de formación sobres diferentes aspectos relacionados con la preparación y tramitación de propuestas de proyecto.

- Elaboración de un resumen quincenal de programas y convocatorias europeas de interés en los ámbitos de la industria e innovación (plazos de la convocatoria, importes, % de cofinanciación, estudio inicial de viabilidad de la solicitud...).

- Establecimiento de nuevas vías de comunicación, dentro del ámbito de las nuevas tecnologías, para la difusión de convocatorias.

- Asistencia en la búsqueda de socios, para la presentación de propuestas y contactos/reuniones con organizaciones similares en países europeos. Se elaborará un listado con las empresas y organizaciones contactadas, las fechas de contactos y el motivo.

- Asesoramiento a un mínimo de veinte empresas, para su participación en proyectos en colaboración con grupos de investigación de UNIZAR.