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ORDEN de 6 de octubre de 2014, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Binéfar (Huesca), para la consolidación estructural de las bóvedas de la Iglesia de San Pedro Apóstol de Binéfar (Huesca).

Publicado el 15/10/2014 (Nº 202)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2014/6/0217 el convenio de colaboración suscrito, con fecha 22 de septiembre de 2014, por el Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes del Gobierno de Aragón y el Alcalde del Ayuntamiento de Binéfar (Huesca), y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 6 de octubre de 2014.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

ANEXO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y EL AYUNTAMIENTO DE BINÉFAR (HUESCA) PARA LA CONSOLIDACIÓN ESTRUCTURAL DE LAS BÓVEDAS DE LA IGLESIA DE SAN PEDRO APÓSTOL DE BINÉFAR (HUESCA).

En Zaragoza, 22 de septiembre de 2014

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Rafael Fernández de Alarcón Herrero, Consejero del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, en virtud del Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 29 de agosto de 2014.

De otra parte, el Ilmo. Sr. D. Agustín Aquilué Frago, Alcalde del Ayuntamiento de Binéfar (Huesca), facultado para la firma del presente convenio en virtud del acuerdo de Pleno adoptado en reunión celebrada el día 28 de agosto de 2014.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica y de obrar para suscribir el presente convenio, y a tal efecto

EXPONEN

Primero.- La Iglesia de San Pedro Apóstol de Binéfar es un edificio construido en el S.XV, al que, a lo largo del S.XVI, se le incorporaron elementos ornamentales y en el S.XVIII, fue objeto de una ampliación. Consta de una nave principal gótica, de cuatro tramos cubierta por bóvedas de crucería estrellada y de una torre construida al pie de la misma. El crucero, con cimborrio y brazos cubiertos por bóvedas de lunetos y dos naves laterales barrocas formadas por una sucesión de capillas cubiertas con pequeñas bóvedas con linternas, que fueron adosadas posteriormente, deshaciendo el presbiterio gótico y perforando los muros laterales. Asimismo, se adosó por la misma época a la cabecera la sacristía y dos capillas.

Se encuentra en la actualidad en un estado de deterioro que hace necesaria la intervención en la misma con el objeto de su consolidación y salvaguarda.

Segundo.- Conforme dispone la letra c) del artículo 1 del Decreto 331/2011, de 6 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento, modificado por el Decreto 160/2013, de 7 de octubre, del Gobierno de Aragón, corresponde al Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes el ejercicio de las competencias y funciones atribuidas a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de vivienda y arquitectura, así como la rehabilitación y recuperación del patrimonio de interés arquitectónico y la revitalización de cascos históricos y áreas de rehabilitación preferente. Entre tales atribuciones, figura la facultad de protección, conservación y mejora del Patrimonio Arquitectónico Aragonés.

En el presente caso, la actuación en la Iglesia de San Pedro Apóstol se configura como una actuación incluible en el Programa de Restauración. Por tal motivo, se ha contratado la redacción del Proyecto de Ejecución de las obras al arquitecto D. Luis Galicia Berges en julio de 2014. Los honorarios de redacción se han elevado a 3.025 € (21% de IVA incluido).

Tercero.- Dicho proyecto ha sido informado favorablemente por el Servicio de Arquitectura y Rehabilitación de la Edificación el uno de agosto de dos mil catorce. El presupuesto de contrata del proyecto de las obras asciende a 49.977,89 € (21% de IVA incluido), incluyendo el necesario Estudio de Seguridad y Salud.

Cuarto.- El Ayuntamiento de Binéfar está interesado en asumir la ejecución de la obra en las condiciones establecidas en el presente convenio, de conformidad con lo resuelto en la Resolución de Alcaldía de 22 de agosto de 2014.

Quinto.- El artículo 160.2 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, establece que la Administración de la Comunidad Autónoma y las entidades locales podrán celebrar convenios de cooperación o constituir consorcios para la ejecución de obras y prestación de servicios de interés común.

Por todo lo anterior, ambas partes consideran necesario celebrar el presente convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- El objeto del presente convenio consiste en articular el mecanismo de colaboración necesario entre ambas partes para la ejecución, por parte del Ayuntamiento de Binéfar, de las obras de consolidación estructural de las bóvedas de la Iglesia de San Pedro Apóstol de Binéfar (Huesca).

Segunda.- El Gobierno de Aragón, a través de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, en virtud de lo establecido en el artículo 54 Decreto Legislativo 4/2013, de 17 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón, se compromete a entregar el "Proyecto de consolidación estructural de las bóvedas de la Iglesia de San Pedro Apóstol de Binéfar (Huesca)", redactado por D. Luis Galicia Berges, al Ayuntamiento de Binéfar, quien asumirá la ejecución de la obra.

Tercera.- El Ayuntamiento de Binéfar, por su parte, se compromete a:

a) Aprobar por el Pleno de la Corporación el citado Proyecto de Ejecución.

b) Contratar la ejecución de las obras en la forma en que estime procedente, con sujeción a la normativa aplicable de distinta índole.

c) Contratar y satisfacer los honorarios correspondientes a la Dirección de las Obras, Dirección de Ejecución de las Obras y Coordinación de Seguridad y Salud.

d) Verificar el seguimiento de las obras, cuyo desarrollo y efectividad podrá comprobar en todo momento, mediante las inspecciones que considere oportunas, hasta la recepción de las mismas.

e) Asumir los costes derivados de cualquier aumento sobre el presupuesto de contrata que pueda producirse por distintas causas hasta la finalización de la intervención y que no estuviesen recogidos en el Proyecto de Ejecución.

Cuarta.- Será causa de resolución del presente convenio el incumplimiento de las cláusulas contenidas en el mismo.

Quinta.- El presente convenio entrará en vigor desde el mismo día de su suscripción, finalizando su vigencia con la recepción del "Proyecto de consolidación estructural de las bóvedas de la Iglesia de San Pedro Apóstol de Binéfar (Huesca)", la cual se instrumentará en la correspondiente Acta, que se firmará en un plazo no superior a un mes desde la firma del convenio.

Sexta.- El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por la normativa propia del régimen local de Aragón, sin perjuicio de la aplicación supletoria de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Séptima.- Cualquier controversia o litigio que pudiera surgir en la interpretación, ejecución o resolución del presente convenio, será sometida a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

De acuerdo con lo estipulado, y en prueba de aceptación y conformidad, las partes suscriben el presente convenio por triplicado ejemplar en el lugar y fecha indicado en el encabezamiento.