RESOLUCIÓN de 17 de junio de 2020, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se reconoce nivel de carrera profesional, correspondiente al periodo transitorio, a personal sanitario de formación profesional y personal de gestión y servicios del Servicio Aragonés de Salud.

Publicado el 26/06/2020 (Nº 126)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD
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Texto completo:

Mediante Resolución de 20 de junio de 2019, de la Comisión Evaluadora Autonómica de la Carrera Profesional para el Personal Sanitario de Formación Profesional y Personal de Gestión y Servicios del Servicio Aragonés de Salud, sobre el cómputo de los periodos de incapacidad temporal derivados de la situación de embarazo a efectos de la carrera profesional, se acordó que dichos periodos debían ser computados como servicios prestados a los efectos del tiempo de servicios prestados requerido para acceder a un determinado nivel de carrera profesional.

Asimismo, mediante Resolución de 29 de noviembre de 2019, de la Comisión Evaluadora Autonómica de la carrera profesional para el Personal Sanitario de Formación Profesional y Personal de Gestión y Servicios del Servicio Aragonés de Salud, se aplica el factor de corrección individual en el resultado de las valoraciones realizadas por las Comisiones Evaluadoras de Centro, correspondientes a las solicitudes evaluadas tras haber efectuado alegaciones ante la mencionada Comisión Evaluadora Autonómica, correspondientes al periodo transitorio de acceso al nivel I y II de carrera profesional, según lo previsto en el apartado Noveno de la Resolución de 3 de abril de 2017, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se regula el procedimiento ordinario de acceso y cambio de nivel de carrera profesional para el personal sanitario de formación profesional y el personal de gestión y servicios del Servicio Aragonés de Salud ("Boletín Oficial de Aragón", número 77, de 25 de abril de 2017).

En virtud de lo previsto en el apartado Sexto de la precitada Resolución de 3 de abril de 2017, las Gerencias de Sector y la Gerencia de Urgencias y Emergencias Sanitarias, han elevado propuesta a la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud de reconocimiento de nivel de carrera profesional, como consecuencia de los informes vinculantes emitidos por las Comisiones Evaluadoras de los Centros tras la evaluación efectuada de las solicitudes de cambio de nivel de carrera profesional relativas al periodo transitorio.

De conformidad con las competencias atribuidas en el artículo 25 del Decreto 23/2016, de 9 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Sanidad y del Servicio Aragonés de Salud, así como en el artículo 13 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, esta Dirección Gerencia, resuelve:

Primero.- Reconocer nivel de carrera profesional, correspondiente al periodo transitorio, al personal sanitario de formación profesional del Servicio Aragonés de Salud que se relaciona en el anexo I, con indicación de la categoría, nivel de carrera profesional y fecha de efectos económicos y administrativos del nivel reconocido.

Segundo.- Reconocer nivel de carrera profesional, correspondiente al periodo transitorio, al personal de gestión y servicios del Servicio Aragonés sanitario de formación profesional del Servicio Aragonés de Salud que se relaciona en el anexo II, con indicación de la categoría, nivel de carrera profesional y fecha de efectos económicos y administrativos del nivel reconocido.

Tercero.- La presente Resolución será objeto de publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", y en la página web del Servicio Aragonés de Salud.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Sanidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo establecido en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 17 de junio de 2020.

El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, JAVIER MARIÓN BUEN