Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

EXTRACTO de la Orden ECD/1414/2021, de 27 de octubre, por la que se convocan ayudas para Deportistas Aragoneses de Alto Rendimiento y sus entrenadores.

Publicado el 04/11/2021 (Nº 226)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

BDNS (Identif.): 592148

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/592148).

Primero.- Beneficiarios.

Los deportistas aragoneses de alto rendimiento no profesionales, con reconocimiento en vigor conforme a la normativa reguladora del deporte aragonés de alto rendimiento, siempre y cuando la suma de los ingresos derivados de su actividad deportiva, así como de las becas y ayudas recibidas de otras entidades, públicas o privadas, no supere los 30.000 euros.

Para acceder a las ayudas de esta convocatoria los deportistas deberán acreditar un resultado en los méritos deportivos de acuerdo con las tablas de valoración del anexo III.

Los entrenadores aragoneses oficiales de los deportistas que reúnan los requisitos establecidos en el apartado anterior, siempre que tengan su vecindad administrativa en Aragón y licencia deportiva en vigor expedida por la Federación Deportiva Aragonesa correspondiente.

Segundo.- Objeto.

Se aprueba la convocatoria de ayudas a los deportistas aragoneses de alto rendimiento y sus entrenadores en el año 2021.

Su finalidad es contribuir a la mejora técnica y de los resultados deportivos de los deportistas aragoneses de alto rendimiento no profesionales, mediante el apoyo que supone el otorgamiento de ayudas económicas por sus méritos deportivos.

Tercero.- Bases Reguladoras.

Orden ECD/686/2020, de 23 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Deporte ("Boletín Oficial de Aragón", número 152, de 3 de agosto), modificada por Orden ECD/423/2021, de 29 de abril ("Boletín Oficial de Aragón", número 95, de 4 de mayo).

Cuarto.- Cuantía.

Las ayudas se concederán con cargo al presupuesto del Departamento de Educación, Cultura y Deporte para el ejercicio de 2021, en la aplicación 18080/4571/480114/91002, por una cuantía máxima de 169.045 euros, fijándose su importe en función de los criterios establecidos.

Quinto.- Plazo, forma y lugar de presentación de las solicitudes.

1. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Los modelos normalizados de solicitud, se mantendrán actualizados en sede electrónica y en el portal de subvenciones habilitado al efecto en la página web del Gobierno de Aragón, de conformidad con el artículo 18.3 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, estando disponibles en la siguiente página de Internet: http://deporte.aragon.es/.

2. Las solicitudes de deportistas se presentarán conforme al modelo específico disponible en la dirección electrónica https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/ayudas-deportistas-aragoneses-alto-rendimiento o en el portal www.aragon.es, indicando en el buscador de trámites el procedimiento número 498 "Ayudas para deportistas aragoneses de alto rendimiento".

Las solicitudes de entrenadores se presentarán conforme al modelo específico disponible en la dirección electrónica https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/ayudas-entrenadores-deportistas-aragoneses-alto-rendimiento o en el portal www.aragon.es indicando en el buscador de trámites el procedimiento número 1426 "Ayudas para entrenadores de deportistas aragoneses de alto rendimiento".

El uso del modelo de solicitud será de uso obligatorio conforme a lo establecido en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En ambas direcciones electrónicas puede tramitarse la solicitud de forma electrónica.

En el caso de que el solicitante decida tramitar su solicitud de forma presencial, después de su impresión y firma, podrá presentarla en cualquiera de las unidades de registro de documentos del Gobierno de Aragón o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 27 de octubre de 2021.- El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, Felipe Faci Lázaro.