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RESOLUCIÓN de 18 de enero de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 19 de febrero de 2010, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para la ampliación de una explotación porcina de tipo mixto con cambio de orientación a cebo con capacidad para 5.999 plazas (718,88 UGM), situada en el polígono 16, parcelas 163, 164, 165, 166, 174, 189 y 191, del término municipal de Robres (Huesca), y promovida por Valero Lasheras, S. C. (Número Expte. INAGA 500601/02/2016/03701).

Publicado el 27/02/2017 (Nº 39)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

El 12 de abril de 2016, se presenta escrito en este Instituto, por Valero Lasheras, S. C., con CIF: G22210785, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación, en base a la modificación no sustancial aprobada por Resolución de 2 de marzo de 2016, de este Instituto.

Antecedentes de hecho

Primero.- La explotación cuenta con autorización ambiental integrada para producción de lechones y cebadero, otorgada por Resolución de 19 de febrero de 2010, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 50, de 12 de marzo de 2010 (Número Expte. INAGA 500301/02/2009/04641).

Segundo.- Por Resolución de 7 de agosto de 2012, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se modifica puntualmente dicha autorización por concesión de prórroga de los plazos de ejecución del proyecto y de inicio de actividad (Número de Expte. INAGA 500301/02/2012/01480 y Número Expte. INAGA 500601/02/2015/02385).

Tercero.- Mediante Resolución de 26 de diciembre de 2012, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 11, de 16 de enero de 2013, se procede a la modificación puntual de la autorización ambiental integrada por descomposición de la fase I de ejecución de proyecto en las fases IA y IB (Número Expte. INAGA 500601/02/2012/12007).

Cuarto.- Por Resolución de 13 de diciembre de 2013, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 242, de 26 de diciembre de 2013, se procede a la actualización de dicha autorización ambiental integrada (Número de Expdiente INAGA 500601/02/2013/10130).

Quinto.- Mediante Resolución de 15 de junio de 2015, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 137, de 17 de julio de 2015, se procede a la modificación puntual de dicha autorización ambiental integrada por ampliación del plazo para el inicio de la actividad hasta el 1 de julio de 2017 (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/02385)

Sexto.- Mediante Resolución de 2 de marzo de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se aprueba la modificación no sustancial de dicha autorización ambiental integrada por cambio de orientación productiva, pasando de explotación porcina de tipo mixto a cebo sin incremento de capacidad en UGM, y redefinición de las instalaciones. (Número Expte. INAGA 500601/02/2016/01208).

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 19 de febrero de 2010, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para la ampliación de una explotación porcina de tipo mixto, en el término municipal de Robres (Huesca), promovida por Valero Lasheras, S. C., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 2 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2. Otorgar la autorización ambiental integrada a Valero Lasheras, S. C., con CIF: G22210785, para una explotación porcina de cebo con capacidad para 5.999 plazas, equivalentes a 719,88 UGM, situada en el polígono 16, parcelas 163, 164, 165, 166, 174, 189 y 191, de Robres (Huesca), con unas coordenadas UTM ETRS89, huso 30, de: X = 709.994 / Y = 4.640.565 / Z = 400 m, en el núcleo 1 y X = 710.148 / Y = 4.640.067 / Z = 400 m, en el núcleo 2. La autorización se otorga con el siguiente condicionado:".

Los puntos 2.1 y 2.2 de la resolución quedan sustituidos por:

"2.1. Las instalaciones autorizadas para el desarrollo de la actividad se corresponden con:

Núcleo 1 (parcelas 163, 164, 165, 166 y 174): una nave de 69,05 x 8,50 m; una nave de 35 x 12,70 m; una nave de 76,32 x 16,80 m; dos naves iguales de 96,22 x 15,20 m; una caseta almacén de 5 x 2,20 m; una nave almacén de 6,60 x 4,40 m; una nave en desuso, antigua cuarentena, de 6,60 x 4,40 m; nave para vestuarios y aseos de 8 x 5,40 m; una fosa de purines con capacidad para 383 m³; una balsa de purines de 3.303 m³ de almacenamiento; una fosa de cadáveres de con 72 m³ de capacidad útil; badén de desinfección y vallado perimetral.

Núcleo 2 (parcelas 189 y 191): una nave de 92,86 x 7,6 m; fosa de purines de 405 m³ de almacenamiento; fosa de cadáveres de 7,80 m³ de volumen útil; badén de desinfección y vallado perimetral".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 18 de enero de 2017.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL