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RESOLUCIÓN de 2 de septiembre de 2014, de la Gerencia de Sector de Alcañiz, por la que se convoca procedimiento de provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto vacante de Supervisor/a de Unidad de 3.ª planta en la plantilla orgánica de personal del Hospital de Alcañiz.

Publicado el 15/10/2014 (Nº 202)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

De conformidad con lo dispuesto en capítulo III del título III del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, la Gerencia de Sector de Alcañiz, en ejercicio de las competencias legalmente atribuidas, efectúa convocatoria para la provisión por el sistema de libre designación, de un puesto vacante de Supervisor/a de Unidad de 3.ª Planta, adscrito a la Dirección de Enfermería del Hospital de Alcañiz, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Características del puesto.

- Denominación: Supervisor/a de Unidad de 3.ª Planta.

- Sistema de provisión: libre designación.

- Adscripción orgánica y funcional: Dirección de Enfermería del Hospital de Alcañiz.

- Nivel de complemento de destino: 22.

- Funciones: Gestión de los Recursos Humanos y Materiales de la Unidad, con dependencia Jerárquica de la Dirección de Enfermería y Supervisiones de Área Funcional del Centro.

- Desempeño: en régimen de dedicación exclusiva al Servicio Aragonés de Salud.

- Continuidad y permanencia: temporal y su ejercicio estará sujeto a evaluación periódica.

- Causas de cese en el puesto: las establecidas en el artículo 60 del Decreto 37/2011, de

8 de marzo, antes citado.

Segunda.- Requisitos de participación.

Podrá participar en este procedimiento el personal estatutario fijo o temporal que reúna los siguientes requisitos:

a) Los generales requeridos por el apartado 5 del artículo 30 de la Ley 55/2003, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de salud.

b) Encontrarse prestando servicios en el Hospital de Alcañiz.

c) Pertenecer a alguna de las siguientes categorías de personal estatutario: Enfermera, Fisioterapeuta o Matrona, todas encuadradas en el grupo B, de conformidad con lo exigido en la plantilla orgánica del Centro.

Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión.

Tercera.- Solicitudes.

Los interesados en participar en la presente convocatoria, deberán formular su solicitud según modelo que se adjunta en anexo I, dirigida a la Gerencia del Sector de Alcañiz. Las solicitudes podrán presentarse en el Registro del Hospital de Alcañiz, sito en C/ Dr. Repollés, 2. 44600 Alcañiz (Teruel), a través de las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Junto a su solicitud, los aspirantes aportarán la documentación acreditativa de los requisitos exigidos, y breve currículum académico, profesional y formativo. No será necesario aportar aquellos documentos acreditativos de estar en posesión de requisitos exigidos que ya consten en el expediente personal del Hospital de Alcañiz.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

Cuarta.- Comisión de Selección.

El proceso de provisión será evaluado por una Comisión de Selección, cuya composición se determinará mediante resolución de la Gerencia del Sector de Alcañiz, de conformidad con los criterios y especificaciones dispuestos por el artículo 73 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud. La composición de la Comisión de Selección se publicará en el tablón de anuncios del Hospital de Alcañiz, situado junto al Servicio de Personal.

La Comisión de Selección verificará que los candidatos reúnen los requisitos mínimos exigidos en esta convocatoria, y elevará a esta Gerencia de Sector de Alcañiz la relación nominal de aquellos que los cumplan, y la propuesta de la persona que se considere más idónea para el puesto de Supervisión de Unidad cuya provisión ahora se convoca. Los aspirantes podrán ser requeridos en cualquier momento por la Comisión de Selección, al objeto que aclaren o documenten aspectos de su currículum, y si lo considera oportuno podrá mantener entrevistas personales para determinar la idoneidad de los aspirantes al perfil del puesto.

Quinta.- Resolución de la convocatoria y efectos.

En el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón", esta Gerencia de Sector de Alcañiz dictará y publicará resolución que pondrá fin al procedimiento. La provisión del puesto convocado podrá declararse desierta, mediante resolución motivada, cuando no concurran candidatos idóneos para su desempeño. Transcurrido el plazo citado de seis meses sin que se haya publicado resolución alguna, los interesados en el presente procedimiento de provisión mediante libre designación, podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.

Contra la resolución expresa o la desestimación presunta podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud.

Sexta.- Nombramiento.

En su caso, mediante la resolución de la Gerencia de Sector de Alcañiz que ponga fin al procedimiento, tendrá lugar el nombramiento del aspirante designado para ocupar el puesto de Supervisor/a de Unidad de 3.ª Planta convocado.

El nombramiento para el puesto de Supervisor/a de Unidad tendrá carácter temporal, y la continuidad en el desempeño del cargo estará supeditada a la superación de las oportunas evaluaciones, de conformidad con el procedimiento que en su momento se implante.

Séptima.- Publicaciones sucesivas e impugnación.

Todos aquellos acuerdos, resoluciones o anuncios sucesivos que se deriven de la presente convocatoria, se harán públicos únicamente en el tablón de anuncios Hospital de Alcañiz, junto al Servicio de Personal, de conformidad con el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud en el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en el artículo 48.2 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón y en el artículo 58.2 del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Alcañiz, 2 de septiembre de 2014.

El Gerente de Sector de Alcañiz,

(P.O. de 6 de octubre de 2011)

El Gerente de Sector de Teruel

José Manuel Muñoz Calvo