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EDICTO del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Huesca, relativo a juicio verbal de familia número 444/2014.

Publicado el 16/04/2015 (Nº 72)
Sección: IV. Administración de Justicia
Emisor: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NUMERO CUATRO DE HUESCA

Texto completo:

En el juicio verbal de familia número 444/2014 se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente contenido:

"Sentencia número 35/2015

En Huesca, a 31 de marzo de 2015.

En nombre de S.M. el Rey,

M.ª Victoria López Asín, Ilma. Sra. Magistrada titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Huesca, ha visto los presentes autos sobre guarda y custodia de hijos menores de edad número 444/2014

Fallo

Que estimando en parte la demanda interpuesta por la Procuradora María del Mar Pascual Obis en nombre y representación de Khaterine Mafla Sánchez contra Renivaldo Vieira Medes debo establecer y establezco las siguientes medidas y efectos derivados del cese de la convivencia marital:

1. Se atribuye la guardia y custodia de la hija de la pareja llamada Melissa a la madre, manteniéndose la patria potestad compartida por ambos progenitores,

2. Se establece a favor del padre un régimen de visitas consistente en dos horas los sábados alternos en el punto de encuentro familiar de Huesca y en el horario que determine dicho punto de encuentro.

3. Se fija una pensión alimenticia a favor de la hija y que deberá abonar el padre, por importe de 150 euros mensuales, cantidad actualizable anualmente de acuerdo con el IPC y que se abonará en los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que designe la madre. Los gastos extraordinarios serán abonados por cada progenitor por mitad.

4. No se hace pronunciamiento sobre costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles de que la misma no es firme y que frente a ella cabe recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Huesca, que deberá interponerse por escrito ante este Juzgado en un plazo de veinte siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo".

Y como consecuencia del ignorado paradero de Renivaldo Vieira Medes, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Huesca, 10 de abril de 2015.- El Secretario Judicial, José Manuel del Río Monge.