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ORDEN de 14 de noviembre de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas de acción social a favor de los funcionarios docentes no universitarios, por las contingencias producidas en el año 2013.

Publicado el 28/11/2014 (Nº 234)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Por Decreto 235/2006, de 4 de diciembre, del Gobierno de Aragón, se reguló el sistema de prestaciones de acción social a favor de los funcionarios docentes no universitarios.

Dicho Decreto recoge las directrices básicas aplicables al procedimiento de reconocimiento de ayudas de acción social a favor de funcionarios docentes no universitarios y en su Disposición Final Primera faculta a la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte para dictar cuantas disposiciones resulten precisas para la aplicación y desarrollo del citado Decreto, así como para aprobar y modificar el modelo normalizado de solicitud.

Para la adecuada tramitación y resolución de las solicitudes que se presenten al amparo del anterior Decreto y de acuerdo con la autorización que el mismo establece, procede la convocatoria de Ayudas de Acción Social por contingencias producidas en el año 2013, así como regular algunos de sus aspectos que por su carácter general corresponde recoger en una norma de desarrollo.

En su virtud, dispongo:

Primero.- Hacer pública la convocatoria de ayudas de acción social a favor de los funcionarios docentes no universitarios, previstas en el artículo 4 del Decreto 235/2006 y las incluidas en el Espacio Europeo de Educación Superior, por las contingencias producidas en el año 2013.

Las solicitudes de ayudas de estudios para hijos y huérfanos de empleados y estudios de empleados, serán las correspondientes al curso escolar 2013/2014.

Segundo.- Conforme determina la Disposición Adicional Primera del Decreto 235/2006, el porcentaje de distribución que se destine al fondo de ayudas de acción social y al subplan de Personal Docente no Universitario, existente en el Plan de Pensiones del sistema de empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón, se determinará anualmente previa deliberación de la Mesa Sectorial de Educación.

El importe de las ayudas a conceder serán las establecidas en el Decreto 235/2006. No obstante, si el importe total a conceder superase la cuantía del Fondo de Acción Social destinada a la financiación de éstas ayudas, se procederá a la aplicación de un índice reductor conforme determina la Disposición Adicional Tercera del citado Decreto.

Tercero.- Por costes de estancia en guardería o escuelas infantiles de hijos de los empleados públicos docentes no universitarios, se considerarán exclusivamente los importes abonados por gastos de escolarización en dichos Centros, que serán acreditados mediante certificado que se ajustará al modelo publicado en el anexo II.

Cuarto.- En aquellos supuestos en que el solicitante reúna los requisitos establecidos para ser beneficiario de las prestaciones de Acción Social Docente, y haya mantenido durante el año 2013, dos o más tipos o períodos de prestación de servicios diferentes como docente no universitario en la Comunidad Autónoma de Aragón, para el cálculo del importe que corresponda en cada caso, se tendrá en cuenta la suma de los períodos en que ha prestado servicios, siempre y cuando cumpla los requisitos para ser beneficiario en cada una de las situaciones de prestación de servicios en que se hubiere encontrado en dicho año. En otro caso se tendrá en cuenta únicamente los periodos de prestación de servicios por los que tuviera derecho a la ayuda.

Para ello deberán cumplimentarse los apartados del modelo de solicitud correspondientes a las diferentes situaciones administrativas que el solicitante tuvo durante el año 2013.

Quinto.- Cuando el beneficiario no hubiera prestado servicios durante todo el año 2013, el cálculo de la ayuda que corresponda en cada caso se efectuará en función del número de días de servicios prestados en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Sexto.- El plazo de presentación de solicitudes de la actual convocatoria de Acción Social, para optar a las distintas modalidades de ayuda, será desde el día siguiente a la publicación de la presente orden en el "Boletín Oficial de Aragón", hasta el 15 de enero de 2015.

Séptimo.- Al objeto de agilizar la tramitación de las ayudas, las notificaciones a los solicitantes de éstas, se remitirán preferentemente a su cuenta de correo electrónico corporativo (@educa.aragon.es).

Octavo.- La solicitud que se ajustará en todo caso al modelo que como anexo I se acompaña a la presente orden, se presentará en los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del que dependan los interesados. Igualmente podrán presentarse en el Registro General del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, sito en Calle Pablo Ruiz Picasso, 65, D, 1.ª planta, o por cualquiera de los medios que establece el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Noveno.- Los interesados deberán aportar junto a la solicitud, la documentación requerida en cada uno de los tipos de ayudas que el Decreto 235/2006, de 4 de diciembre, menciona.

Décimo.- La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 14 de noviembre de 2014.

La Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ