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ORDEN de 13 de mayo de 2015, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del Acuerdo entre el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) y la Comunidad Autónoma de Aragón, para la prórroga del Acuerdo marco de adquisición de medicamentos inmunosupresores con proveedor único para varias Comunidades Autónomas y organismos de la Administración General del Estado.

Publicado el 02/06/2015 (Nº 103)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2015/1/0028 el acuerdo suscrito, con fecha 30 de diciembre de 2014, por el Director del INGESA y el Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado acuerdo, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 13 de mayo de 2015.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

ACUERDO ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN, PARA LA PRÓRROGA DEL ACUERDO MARCO DE ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS INMUNOSUPRESORES CON PROVEEDOR ÚNICO PARA VARIAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

En Madrid, a 30 de diciembre de 2014.

De una parte: D. José Julián Díaz Melguizo, Director del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (en lo sucesivo, INGESA), cargo que ostenta en virtud de Acuerdo de la Subsecretaría de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de 9 de marzo de 2012, en virtud de las competencias que se le atribuyen en el artículo 15, apartado 4 del Real Decreto 1087/2003, de 29 de agosto, por el que se establecía la estructura orgánica del Ministerio de Sanidad y Consumo.

Y de otra parte: D. Ricardo Oliván Bellosta, Consejero de Sanidad, Bienestar y Familia del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Aragón, nombrado para dicho cargo por el Decreto de 15 de julio de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, en el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 30.3 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, para la prórroga del acuerdo suscrito entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y la Comunidad Autónoma de Aragón, para fijar las condiciones de la adquisición agregada de medicamentos inmunosupresores, aprobado por Acuerdo del Gobierno de Aragón, de fecha 30 de julio de 2013.

Las partes se reconocen mutuamente en la calidad con la que cada uno interviene, así como la capacidad legal suficiente para el otorgamiento de este acuerdo y, al efecto,

1. Que con fecha 30 de septiembre de 2013, se firmó un acuerdo entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) y la Comunidad Autónoma de Aragón, para fijar las condiciones de la adquisición agregada de medicamentos inmunosupresores.

2. Que conforme al apartado tercero de dicho acuerdo, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad se comprometió a instrumentar el contenido de dicho acuerdo a través del INGESA, que actuaría como órgano de contratación en la celebración de un acuerdo marco de adquisición de medicamentos inmunosupresores con proveedor único para varias Comunidades Autónomas y organismos de la Administración del Estado.

3. Por su parte, la Comunidad Autónoma de Aragón se comprometía a adquirir los medicamentos inmunosupresores (estimados por lote, según anexo de dicho acuerdo), exclusivamente a las empresas suministradoras previamente seleccionadas en el acuerdo marco, de conformidad con los términos fijados en el mismo, y a suscribir los correspondientes contratos administrativos de suministro conforme a sus necesidades.

4. Que conforme al apartado quinto del acuerdo suscrito con el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y el INGESA, a su finalización, se preveía la prorroga expresa del mismo por un año.

5. Que subsistiendo las necesidades sanitarias en el suministro de medicamentos inmunosupresores que motivaron la firma del acuerdo marco, es voluntad de ambas partes la prórroga del mismo.

En consecuencia, las partes intervinientes proceden a la formalización del presente acuerdo con las siguientes

Primera.- La Comunidad Autónoma de Aragón manifiesta su interés y da su conformidad a la prórroga del acuerdo marco de adquisición de medicamentos inmunosupresores para varias Comunidades Autónomas y organismos de la Administración del Estado, formalizado por el INGESA en fecha 5 de marzo de 2014 (Expediente 14/173).

Segunda.- El INGESA, en su calidad de órgano de contratación del acuerdo marco de referencia, tramitará y formalizará la prórroga del mismo con los correspondientes laboratorios que resultaron adjudicatarios de los lotes en que se divide el acuerdo marco.

Tercera.- El presente acuerdo no supone compromiso de gasto para la Comunidad Autónoma de Aragón, si bien asumirá las obligaciones económicas de los contratos derivados de suministros que formalice.

Y en prueba de conformidad, se firma por duplicado ejemplar, de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.