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RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2014, del Secretario General Técnico del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se delega en la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios el ejercicio de determinada competencia en materia de provisión de puestos.

Publicado el 11/07/2014 (Nº 135)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

El artículo 11.3 del Decreto 208/1999, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se distribuyen las competencias en materia de personal entre los diferentes órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, atribuye al Secretario General Técnico del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente conjuntamente con el Secretario General Técnico del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, la competencia para la convocatoria y gestión de la lista de espera de personal interino para puestos de Veterinarios de Administración Sanitaria del Departamento.

El apartado 1 del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que los órganos de las diferentes Administraciones públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o de las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de aquéllas.

En ese mismo sentido, el apartado 1 del artículo 34 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto-Legislativo 2/2001, de 3 de julio del Gobierno de Aragón, preceptúa que los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos aun cuando éstos no sean jerárquicamente dependientes de los delegantes.

A su vez, el artículo 34.4, del citado texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, dispone que las competencias de los Secretarios Generales Técnicos, de los Directores Generales, de los Jefes de Servicio y de los Jefes de Servicio Provincial serán delegables previa autorización expresa del titular del Departamento.

Ante la necesidad de efectuar convocatoria pública para la elaboración de lista de espera para la provisión con carácter interino de puestos de la clase de especialidad de Veterinarios de Administración Sanitaria y, dada la conveniencia de que la convocatoria sea unitaria para el conjunto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, al afectar a puestos adscritos a diferentes Departamentos, se estima oportuno que dicha convocatoria sea efectuada y resuelta por la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios.

Por cuanto antecede, y previa autorización otorgada por el Consejero del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, en fecha 8 de mayo de 2014, resuelvo:

Primero.- Delegar, en la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios y Calidad de los Servicios, el ejercicio de la competencia para efectuar y resolver convocatoria para la elaboración de lista de espera para la provisión con carácter interino de puestos de la clase de especialidad Veterinarios de Administración Sanitaria.

Segundo.- El ejercicio de las competencias delgadas por la presente resolución se ajustará a lo dispuesto en los artículos 34, 35 y 37 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto-Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

Tercero.- Ordenar la publicación de la presente delegación de competencias, en cumplimiento del artículo 35.1 de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto fue aprobado por Decreto-Legislativo 2/2001, de 3 de julio, y producirá efectos desde la fecha de la presente resolución.

Zaragoza, 9 de mayo de 2014.

El Secretario General Técnico,

JAVIER RINCÓN GIMENO