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RESOLUCIÓN de 4 de febrero de 2015, del Director General de Ordenación Académica, por la que se establecen las condiciones de participación del profesorado en los proyectos de innovación convocados por la Orden de 29 de septiembre de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se convoca a los centros públicos y privados concertados que imparten formación profesional de la Comunidad Autónoma de Aragón, para solicitar la autorización para desarrollar proyectos de innovación en formación profesional durante el curso 2014-2015, prorrogables al curso 2015-2016.

Publicado el 25/02/2015 (Nº 38)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La Administración Educativa tiene como uno de sus objetivos prioritarios el de impulsar la calidad de la educación y, en particular, de la formación profesional. Dicha calidad depende en gran medida de la capacidad del profesorado y del sistema educativo para buscar vías de innovación y renovación que se adapten a las exigencias del alumnado y de una sociedad en continuo cambio donde las exigencias de más competencias y mejores cualificaciones profesionales son la norma habitual.

La Orden de 29 de septiembre de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, convocó a los centros públicos y privados concertados que imparten Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Aragón para que solicitasen autorización para desarrollar proyectos de innovación en Formación Profesional durante el curso 2014-2015, pudiendo prorrogarse estos proyectos hasta el curso 2015-2016.

A través de esta convocatoria, se pretende que los docentes, o docentes y alumnos, y con la participación preferente de empresas, tengan la iniciativa para desarrollar una actividad innovadora que suponga una aportación, un cambio o una transformación positiva para el ámbito de la formación profesional, o el funcionamiento de los centros o la productividad de las empresas.

El punto decimotercero de la Orden de 29 de septiembre de 2014, faculta al Director General de Ordenación Académica para que adopte las medidas oportunas para la ejecución de la citada orden.

Finalizado el plazo de presentación de los proyectos por los centros educativos y antes de que la Comisión de valoración y selección aplique los criterios previstos en la convocatoria para seleccionar los proyectos finalmente autorizados, se hace necesario realizar algunas aclaraciones para la correcta ejecución de dicha orden.

Por tanto, de conformidad con todo ello, está Dirección General de Ordenación Académica resuelve:

Primero.- Cada uno de los proyectos de innovación presentados a esta convocatoria tendrán la consideración de "proyecto de centro", por lo que es compromiso del equipo directivo de los centros que hayan presentado proyectos la continuidad de los mismos, salvo revocación del proyecto de innovación según el punto undécimo de la Orden de 29 de septiembre de 2014.

Segundo.- La participación del profesorado en un proyecto de innovación para los cursos 2014/2015 y 2015/2016, ya sea como coordinador del mismo o como participante, estará supeditada a su nombramiento como docente, en alguno de los centros que participen en el proyecto de innovación. Dicha participación no podrá exceder la vigencia de dicho nombramiento, por lo que su participación en un proyecto de innovación seleccionado de acuerdo a esta convocatoria, no supondrá derechos de prórroga de su nombramiento como docente en ese centro, tanto para el curso 2014-2015, como para cursos posteriores.

Tercero.- Antes del 30 de septiembre de 2015, el coordinador de cada proyecto de innovación seleccionado, facilitará al Centro de Innovación para la Formación Profesional de Aragón el listado de los docentes que participan en el proyecto para el curso 2015-2016.

Cuarto.- Con relación al punto décimo de la orden de convocatoria, "Reconocimiento de la labor del profesorado", en caso de que un profesor figure en varios anexos VI de la presente convocatoria como participante o coordinador, deberá remitir al Centro de Innovación para la Formación Profesional de Aragón, antes del 30 de junio de cada uno de los cursos escolares en los que se desarrolle el proyecto, una solicitud en la que indique el proyecto por el que desea obtener la correspondiente certificación.

Quinto.- Todos los proyectos de innovación seleccionados deberán finalizar antes del 30 de junio de 2016.

Zaragoza, 4 de febrero de 2015.

El Director General de Ordenación Académica,

MARCO A. RANDO RANDO