RESOLUCIÓN de 8 de febrero de 2018, del Director General de Personal y Formación del Profesorado, por la que se convoca la provisión en régimen de Comisión de Servicios, de Asesorías vacantes de Formación del Profesorado en los Centros de Innovación y Formación Educativa del Departamento de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2018/2019.

Publicado el 16/02/2018 (Nº 34)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
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Texto completo:

El Decreto 105/2013, de 11 de junio, del Gobierno de Aragón, regula el sistema aragonés de formación permanente del profesorado, su régimen jurídico y la estructura de su red.

Por su parte, la Orden ECD/309/2016, de 18 de marzo, aprueba el Plan Marco Aragonés de Formación del Profesorado donde se concretan las líneas estratégicas de formación que deben servir de soporte para la implantación de las prioridades educativas que desde el Departamento de Educación, Cultura y Deporte se desean llevar a cabo.

A su vez la Orden de 18 de julio de 2014, modificada por la Orden de 21 de mayo de 2015, ambas de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, regulan la organización y funcionamiento de los Centros de Innovación y Formación Educativa territoriales en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Con el fin de seleccionar al profesorado para ocupar, en comisión de servicios, las asesorías de formación permanente del profesorado en los Centros de Innovación y Formación Educativa, esta Dirección General, en el ejercicio de las competencias que le son propias y atendiendo al artículo 7.2 de la Orden de 18 de julio de 2014, en la redacción que ofrece la Orden de 21 de mayo de 2015, que la modifica, resuelve:

Primero.- Aprobación de las bases.

Aprobar las bases reguladoras para la provisión de plazas de las asesorías de formación de los Centros de Innovación y Formación Educativa del Departamento de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón, en régimen de comisión de servicios, durante el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2018 y el 31 de agosto de 2019.

Segundo.- Recursos.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su publicación en la página web, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tercero.- Referencia de género.

Todas las referencias a personas para las que se utiliza la forma del masculino genérico en esta resolución y sus anexos deben entenderse aplicables, indistintamente, a mujeres y hombres.

Zaragoza, 8 de febrero de 2018.

El Director General de Personal y Formación del Profesorado, TOMÁS GUAJARDO CUERVO

Bases Reguladoras

Primera.- Objeto.

Se convoca procedimiento de provisión de plazas de las asesorías de formación de los Centros de Innovación y Formación Educativa del Departamento de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón que se relacionan en el anexo I, en régimen de comisión de servicios, durante el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2018 y el 31 de agosto de 2019 y que podrán ser renovadas en las condiciones que establezca la normativa vigente en el momento de la renovación. Las competencias docentes asociadas a cada uno de los perfiles profesionales de cada plaza vacante quedan descritas en el anexo VI.

Segunda.- Ámbito subjetivo y requisitos de participación.

Podrá participar en la presente convocatoria el personal docente funcionario de carrera de los cuerpos de la función pública docente no universitaria a que se refiere la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, que en la fecha de publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de la presente resolución reúna todos los siguientes requisitos:

a) Encontrarse en situación de servicio activo, con una antigüedad mínima de un año como funcionario de carrera en alguno de los cuerpos de la función pública docente.

b) No tener concedida otra comisión de servicios para el curso 2018-2019.

c) No tener concedida licencia por estudios para el curso 2018-2019.

Tercera.- Documentación.

Los participantes deberán presentar la siguiente documentación, que en ningún caso se admitirá cumplimentada a mano por lo que se habilitará en la página web www.educaragon.org los anexos II, III y V en formato editable.

a) Instancia de solicitud conforme al anexo II.

b) Hoja de servicios expedida por el órgano competente. La experiencia docente en centros públicos no universitarios dependientes de la Comunidad Autónoma de Aragón, deberá alegarse y será valorada de oficio por la Administración, sin necesidad de justificarse.

c) Extracto individual de formación con las actividades reconocidas hasta la fecha de la publicación en "Boletín Oficial de Aragón", de la presente resolución, por el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón y recogida en la aplicación GIFP (Gestión Informática de la Formación del Profesorado). Este extracto se puede obtener en www.educaragon.org - formación del profesorado - consulta de extracto de formación.

d) Relación de otras actividades de formación reconocidas hasta la fecha y no recogidas en la aplicación GIFP conforme al anexo III.

e) Documentación justificativa compulsada de todo aquello de lo que el candidato se haya autobaremado.

f) anexo V de autobaremación de los méritos relacionados conforme al anexo IV.

g) Proyecto completo de actuación en la/s asesoría/s solicitada/s. El proyecto de actuación en la asesoría tendrá una extensión máxima de 3 hojas por ambas caras (6 páginas), incluidos los posibles anexos, con tipo de letra Arial de 11 puntos y a doble espacio. Quedan excluidas en esa extensión máxima de 6 páginas las que pudieran estar dedicadas a la portada, índice y/o contraportada. El guion del proyecto estará basado en los puntos señalados para la valoración de la entrevista descrita en la fase II del proceso de selección. Los Centros de Innovación y Formación Educativa pondrán a disposición de los candidatos que lo soliciten el Plan de Actuación del Centro, la Memoria Anual y aquellos documentos de carácter público que puedan facilitarle la elaboración del proyecto.

Cuarta.- Plazo de presentación.

El plazo de presentación de la documentación relacionada en la base tercera será de 15 días hábiles a partir de la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de la presente resolución.

Quinta.- Lugar de presentación.

La documentación se presentará preferentemente, según corresponda, en el Registro del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza (Avda. Juan Pablo II, 20), en el Registro del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Huesca (Plaza Cervantes, 1), en el Registro del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Teruel (C/ San Vicente de Paúl, 3), en las restantes dependencias de Registro del Gobierno de Aragón o en cualquiera de las oficinas según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Sexta.- Requisitos de entrega de la documentación.

a) Cada aspirante presentará una única solicitud, en la que hará constar, por orden de prioridad, las asesorías solicitadas hasta un máximo de tres. En caso de que las plazas sean de competencias profesionales diferentes, deberá presentarse un proyecto por cada competencia de asesoría solicitada.

b) La solicitud con el resto de la documentación deberá ser dirigirá al Director del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de la provincia en la que se encuentre la plaza de la asesoría solicitada en primer lugar.

c) Una vez entregada la documentación en el registro correspondiente y dentro del mismo plazo establecido en la base cuarta de la presente resolución, se deberá remitir por correo electrónico a la dirección formacionprofesorado@educa.aragon.es indicando en el asunto "Asesoría CIFE", una copia escaneada de la misma.

Séptima.- Órgano de selección.

Para la selección de los candidatos se nombrará una comisión provincial seleccionadora conforme a lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden de 18 de julio de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se regula la organización y funcionamiento de los Centros de Innovación y Formación Educativa Territoriales de la Comunidad Autónoma de Aragón en la redacción que ofrece la Orden de 21 de mayo de 2015, que la modifica.

Octava.- Proceso de selección.

El proceso de selección se realizará en dos fases conforme al artículo 7.5 de la Orden de 18 de julio de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se regula la organización y funcionamiento de los Centros de Innovación y Formación Educativa Territoriales de la Comunidad Autónoma de Aragón en la redacción que ofrece la Orden de 21 de mayo de 2015, que la modifica. No pudiendo ser seleccionados aquellos candidatos que no alcancen las puntuaciones mínimas establecidas en la convocatoria.

Novena.- Fase I del proceso de selección. Valoración de méritos.

a) La fase I supondrá un 30% de la puntuación final.

b) En caso de que un mismo candidato opte a plazas que se encuentran en dos o más provincias, la fase I será baremada por la Comisión Provincial de la plaza solicitada en primer lugar, siendo esta baremación única, por lo que no se baremará la fase I por las otras Comisiones Provinciales, asumiendo la puntuación otorgada en dicha fase I por la Comisión Provincial correspondiente.

c) Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión Provincial correspondiente comprobará que los solicitantes reúnen los requisitos establecidos en la presente convocatoria y valorarán los méritos profesionales y académicos presentados por los aspirantes, de acuerdo con el baremo establecido en el anexo IV, y en base al anexo V. Los méritos alegados correspondientes al curso 2017-2018 se valorarán hasta la fecha de publicación en "Boletín Oficial de Aragón", de la presente resolución, prorrateando por meses completos.

d) Para superar esta fase I es necesario que los candidatos obtengan una puntuación mínima de dos puntos.

e) La Comisión Provincial correspondiente, en un plazo no superior a un mes desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, elaborará una lista provisional de candidatos y las puntuaciones obtenidas en esta fase I, así como la relación de personas excluidas y el motivo de su exclusión. En cualquier caso, será la Comisión Provincial la que determine la causa de exclusión conforme a la normativa vigente.

f) Se establecerá un plazo de tres días hábiles a partir del día siguiente de la publicación en la página web www.educaragon.org de los listados provisionales, para presentar alegaciones y subsanar los defectos en su caso.

g) Valoradas las alegaciones presentadas, las Comisiones Provinciales elaborarán y publicarán en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, así como en la página web www.educaragon.org las listas definitivas de los candidatos con sus respectivas puntuaciones finales correspondientes a la fase I.

Décima.- Fase II del proceso. Proyecto y entrevista al candidato.

a) La fase II supondrá un 70% de la puntuación final.

b) El candidato expondrá ante la Comisión Provincial correspondiente su proyecto de asesoría.

c) En el supuesto de que un candidato haya solicitado plazas de diferentes provincias, deberá presentarse a la entrevista en cada una de las provincias.

d) En caso de haberse presentado en la misma provincia a más de una plaza y elaborado más de un proyecto, el candidato deberá realizar en la misma entrevista la defensa de cada uno de ellos.

e) El tiempo de exposición del proyecto será de 20 minutos máximo (prorrogable 10 minutos más por cada uno de los proyectos adicionales que se presenten en caso de que el candidato opte a varias plazas). A ello se añadirá un tiempo de hasta 10 minutos para resolver preguntas y casos prácticos planteados por la Comisión de selección.

f) Para la exposición del proyecto se pondrá a disposición de los candidatos un ordenador y un cañón proyector. El proyecto consistirá en la exposición de una propuesta de implementación y desarrollo de las competencias profesionales docentes vinculándolas a una o varias líneas del Plan Marco Aragonés de Formación del Profesorado. Se valorará el conocimiento y dominio de todas las necesidades formativas de los distintos centros educativos (anexos VI y VII).

g) En esta fase se valorarán los conocimientos del aspirante sobre:

1. El conocimiento del sistema aragonés de formación permanente del profesorado, la normativa, la estructura y funcionamiento de su red.

2. El conocimiento de la realidad educativa de los centros de la zona en la que se solicita ejercer la asesoría.

3. Propuestas para impulsar la participación del profesorado en la planificación de su formación y promover la implicación del coordinador de formación en centros.

4. Las propuestas para realizar un buen acompañamiento y seguimiento de las actividades formativas.

5. La reflexión personal sobre qué puede aportar a la asesoría del CIFE desde la experiencia profesional y docente.

6. La capacidad de resolución de supuestos prácticos que puedan plantear los miembros de la Comisión.

h) Para superar esta fase es necesario que los candidatos obtengan en ella una puntuación mínima de seis puntos sobre un máximo de diez. Orientativamente, cada uno de los cinco primeros apartados de la entrevista se podrá valorar con una puntuación máxima de 1,5 puntos y con un máximo de 2,5 el último de ellos.

Undécima.- Publicación de resultados.

a) Una vez finalizada la fase II del proceso de selección se publicarán en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales de Educación, Cultura y Deporte, así como en la página web www.educaragon.org los listados provisionales con las puntuaciones finales obtenidas por todos los participantes en cada una de las fases, así como la puntuación final.

b) En el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación en la página web, los participantes podrán presentar cuantas alegaciones estimen convenientes al listado provisional.

c) Valoradas las alegaciones presentadas, las Comisiones Provinciales elaborarán y publicarán en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, así como en la página web www.educaragon.org las listas definitivas de los candidatos con sus respectivas puntuaciones finales.

d) Finalizado el proceso, el presidente de cada Comisión elevará la propuesta de nombramientos al Director General de Personal y Formación del Profesorado.

e) La Dirección General de Personal y Formación del Profesorado publicará en un plazo máximo de un mes la resolución con los nombramientos definitivos en cada una de las asesorías convocadas.

Duodécima.- Veracidad de los datos aportados.

La constatación de la falsedad de los datos o documentos aportados por el solicitante supondrá la exclusión del proceso de selección.

Decimotercera.- Funciones de los asesores de formación

a) Las personas seleccionadas para ocupar en comisión de servicios las asesorías en los Centros de Innovación y Formación Educativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, desarrollarán las funciones determinadas en el artículo 22 del Decreto 105/2013, de 11 de junio, del Gobierno de Aragón.

b) Los aspirantes seleccionados mediante la presente convocatoria realizarán, con carácter obligatorio, las actividades de formación inicial y/o permanente que se determinen para ellos desde el Departamento de Educación, Cultura y Deporte.