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ORDEN de 13 de mayo de 2015, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Sociedad Aragonesa "Pedro Sánchez Ciruelo" de Profesores de Matemáticas, para la organización de la Fase Nacional de la XXVI Olimpiada Nacional de Matemáticas en 2015.

Publicado el 11/06/2015 (Nº 110)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2015/7/0072 el convenio suscrito, con fecha 14 de abril de 2015, por la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón y el Presidente de la Sociedad Aragonesa "Pedro Sánchez Ciruelo" de Profesores de Matemáticas, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 13 de mayo de 2015.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA SOCIEDAD ARAGONESA "PEDRO SÁNCHEZ CIRUELO" DE PROFESORES DE MATEMÁTICAS, PARA LA ORGANIZACIÓN DE LA FASE NACIONAL DE LA XXVI OLIMPIADA NACIONAL DE MATEMÁTICAS EN 2015

En la ciudad de Zaragoza, a 14 de abril de 2015.

De una parte, D.ª Dolores Serrat Moré, Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, facultada para este acto, por Acuerdo del Gobierno de Aragón, de 18 de marzo de 2015.

De otra parte, D. Daniel Sierra Ruiz, Presidente de la Sociedad Aragonesa "Pedro Sánchez Ciruelo" de Profesores de Matemáticas, nombrado por acuerdo de la Asamblea general de socios, de 21 de octubre de 2010, quien actúa en nombre y representación de la misma, en virtud de lo dispuesto en el artículo 19 de los estatutos de la sociedad.

Reconociéndose las partes con capacidad jurídica y de obrar suficiente para otorgar el presente documento.

I. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, recoge entre sus fines la preparación para el ejercicio de la ciudadanía y para la participación activa en la vida económica, social y cultural, con actitud crítica y responsable y con capacidad de adaptación a las situaciones cambiantes de la sociedad del conocimiento.

El Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, modificado por el Decreto 178/2012, de 17 de julio, atribuye a este departamento competencias en materia de planificación, implantación, desarrollo, gestión y seguimiento de la educación en Aragón mediante el fomento y apoyo de programas de experimentación, innovación e investigación educativa.

II. La Sociedad Aragonesa "Pedro Sánchez Ciruelo" de Profesores de Matemáticas (SAPM), creada en 1981, es una sociedad científica cuyos fines son: actualizar el nivel profesional de los profesores de Matemáticas; servir de lugar de reflexión colectiva, donde intercambiar ideas, experiencias, organizar cursos; y cuantas actividades contribuyan a la mejora de la enseñanza de las Matemáticas y de su difusión en la sociedad.

Para lograr esos fines, desde sus inicios, organiza y colabora en distintos tipos de actividades dirigidas tanto a alumnos de todos los niveles (olimpiadas, concursos, Taller de "talento matemático"...), como a profesores (charlas sobre didáctica, talleres, edición de publicaciones...).

Estas actividades cumplen varios propósitos, entre los que se encuentran vincular las matemáticas académicas con las actividades del alumnado fuera del recinto escolar, y enriquecer los contenidos curriculares mediante la colaboración activa del profesorado.

La SAPM, junto con el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, vienen colaborando desde hace unos años en la realización del Programa educativo "Conexión matemática", que se dirige a los centros de Educación Primaria y Secundaria. En este programa se organizan distintas actividades a lo largo de cada curso escolar, y que tiene como uno de sus objetivos establecer la participación activa del alumnado de Educación Secundaria y Educación Primaria en actividades educativas relacionadas con las Matemáticas.

III. Desde 1990 se celebra en España la Olimpiada Matemática Nacional para estudiantes de 8.º de EGB, actualmente 2.º de Educación Secundaria, que cursen estudios en cualquier centro escolar público o privado de España.

La Olimpiada Nacional combina pruebas y actividades matemáticas con visitas culturales y actividades lúdicas y deportivas, y se organiza en tres fases: una fase provincial, a celebrar en cada provincia de toda España; una fase regional, a celebrar en aquellas Comunidades que están constituidas por más de una provincia y en ésta se clasifican los alumnos que pasarán a la fase nacional; y una fase nacional, en la que participan representantes de todas las Sociedades de Profesorado de Matemáticas que componen la Federación Española de Sociedades de Profesorado de Matemáticas. Sirve de encuentro nacional para todos los concursantes de fases anteriores y, además, acuden alumnos y profesores, en calidad de invitados, de Andorra.

Aragón ha sido la Comunidad Autónoma elegida por la Federación Española de Sociedades de Profesores de Matemáticas para la celebración de la Fase Nacional de la XXVI Olimpiada Nacional Matemática del año 2015, por lo que es voluntad del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte y la Sociedad Aragonesa de Profesores de Matemáticas (SAPM) colaborar en su organización.

A tal efecto, las partes firmantes han decidido suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes

Primera.- Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es establecer las líneas de colaboración entre el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, y la Sociedad Aragonesa "Pedro Sánchez Ciruelo" de Profesores de Matemáticas, para la organización de la Fase Nacional de la XXVI Olimpiada Nacional Matemática en 2015.

Segunda.- Compromisos del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

1. El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, en ejecución de este convenio, asume los siguientes compromisos:

a) Coordinar la organización de la Fase Nacional de la XXVI Olimpiada Nacional Matemática, en colaboración con la SAPM.

b) Asumir los gastos derivados de alojamiento, manutención y desplazamientos realizados según el programa de actos de la Fase Nacional, hasta un importe máximo de 15.000 euros (impuestos incluidos). En estos gastos, no se incluirán los viajes de ida y vuelta de los participantes y del profesorado que los acompañe de su Comunidad autónoma a la sede de la Olimpiada.

2. El IES Pirámide (Huesca), como sede de la Olimpiada, asumirá dichos gastos con cargo al libramiento extraordinario realizado por la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente al efecto. Dicho libramiento fue informado favorablemente por la Unidad de Control de la Gestión Pública, con fecha 1 de agosto de 2014, y contabilizado por la Intervención Delegada.

Tercera.- Compromisos de la Sociedad Aragonesa "Pedro Sánchez Ciruelo" de Profesores de Matemáticas.

1. La SAPM organizará la Fase Nacional de la Olimpiada Matemática Nacional y cuidará de llevar a cabo un programa de actividades variado y acorde con el objetivo de la Olimpiada. Entre las actividades, habrá al menos una prueba individual de resolución de problemas matemáticos, otra por equipos y un concurso de fotografía matemática, así como otras actividades lúdico-recreativas y culturales que permitan conocer aspectos de la sociedad, la historia y la cultura aragonesa.

El programa de actos y otra información relevante de la Fase Nacional de la Olimpiada estará disponible en la página web http://www.fespm.es/

2. La SAPM se encargará de la organización en Aragón de la fase autonómica, previa a la fase nacional.

3. La SAPM prestará apoyo y orientación a los docentes para preparar al alumnado para las Olimpiadas matemáticas, mediante la publicación periódica de problemas en la web https://sites.google.com/site/xxivoma2015/home

4. La SAPM se encargará de solicitar ayuda a patrocinadores privados o públicos con el fin de sufragar otros gastos derivados de la Fase Nacional Olimpiada Nacional.

Cuarta.- Obligaciones de las Comunidades Autonómas participantes.

1. El alumnado de cada Comunidad Autónoma será responsabilidad del profesorado acompañante, que mantendrá el contacto con sus familias y cuidarán que vayan debidamente documentados y lleven todo el material necesario para la Olimpiada. El profesorado acompañará al alumnado en los viajes de ida y regreso desde su Comunidad Autónoma a la sede de la Olimpiada.

2. Los viajes de ida y regreso de los participantes y del profesorado que los acompañe de su Comunidad Autónoma a la sede de la Olimpiada, correrán a cargo de la correspondiente sociedad federada de la Federación Española de Sociedades de Profesores de Matemáticas.

Quinta.- Difusión.

Cuando de las acciones contempladas en este convenio se deriven publicaciones, seminarios, conferencias e información en páginas web, entre otras, deberá constar en las mismas que se han realizado en colaboración con el Gobierno de Aragón, previo informe preceptivo de la Comisión de Comunicación institucional, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

Sexta.- Seguimiento y coordinación.

1. Ambas partes constituirán una comisión de seguimiento que tendrá como finalidades el desarrollo, seguimiento, interpretación y resolución de posibles controversias en relación con el presente convenio. La comisión estará formada por dos representantes de la SAPM y dos representantes del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

2. La comisión se constituirá en el plazo de un mes a partir de la entrada en vigor del presente convenio, y tendrá como finalidad promover las acciones que permitan cumplir los objetivos y condiciones estipulados en el convenio.

Séptima.- Vigencia.

El presente acuerdo extenderá su vigencia desde el día de su firma hasta el 31 de agosto de 2015.

Octava.- Causas de extinción.

1. Este convenio podrá ser resuelto, previa comunicación, con un mes de antelación por incumplimiento de los compromisos recogidos en él

2. También podrá resolverse en los siguientes casos:

a) Por mutuo acuerdo, que deberá constar por acuerdo suscrito por las partes firmantes.

b) Por imposibilidad sobrevenida.

c) Por denuncia de una de las partes, realizada por escrito y con una antelación mínima de tres meses.

d) Por otras causas establecidas en la normativa vigente.

Novena.- Naturaleza y jurisdicción.

1. Este convenio tiene carácter jurídico-administrativo, quedando excluido del ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

2. Las controversias sobre la interpretación y ejecución de este convenio de colaboración, una vez agotada la vía de la Comisión seguimiento prevista en la cláusula sexta, deberán ser resueltas por el orden jurisdiccional contencioso administrativo.

Y en prueba de conformidad, firman las partes el presente documento, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezado.