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EDICTO del Servicio Provincial de Sanidad, Bienestar Social y Familia de Huesca, de notificación de la resolución, expediente sancionador num. 22/2011/SP/192.

Publicado el 20/04/2012 (Nº 76)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

No habiendo sido posible la notificación por correo de la resolución dictada en el expediente sancionador núm. 22/2011/SP/192 a Marian Potcovaru con último domicilio conocido en Torredelcampo (Jaén), de conformidad con lo dispuesto en los arts. 58, 59.4 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se le notifica lo siguiente:

1.-Que por falta leve en materia de salud pública, se le ha impuesto una sanción de 400 euros por infracción al apartado 3.d) del artículo 4, y apartado 7 del capítulo IV del anexo II del Reglamento CE 852/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios, así como la sección V del capítulo I y sección V del capítulo III del anexo III del Reglamento CE 854/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal en relación con el art. 35 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.

2.-Que tiene a su disposición la resolución integra recaída en el expediente citado, así como la notificación de la liquidación; pudiendo examinar y consultar el expediente que está a su disposición en la Dirección del Servicio Provincial de Sanidad, Bienestar Social y Familia de Huesca, c/ San Jorge, 65.

3.-Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 58 en relación con el art.54 del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la administración de la Comunidad Autónoma de Aragón podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día de recibo de la presente notificación, ante el Excmo. Sr Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia o ante el Director Provincial de Sanidad, Bienestar Social y Familia de Huesca, para elevar lo actuado al órgano competente para su resolución, por cualquiera de los medios señalados en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.-Que podrá hacer efectiva la sanción en la c/c restringida n.º. 2085/2052/09/0430001814 de Ibercaja, oficina principal de Huesca; una vez firme en vía administrativa la resolución, y transcurrido el plazo de pago voluntario, sin ingresar el importe de la sanción, se procederá a su cobro por la vía de apremio con los recargos complementarios.

Huesca, 4 de abril de 2012.- El Director Provincial, por ausencia la Secretaria Provincial, Manuela Sánchez Gutiérrez.