Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

EXTRACTO de la Orden VMV/1615/2017, de 23 de octubre, por la que se convocan subvenciones en materia de rehabilitación de viviendas, para el ejercicio 2017.

Publicado el 27/10/2017 (Nº 207)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO, MOVILIDAD Y VIVIENDA

Texto completo:

BDNS (Identif.): 367670

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas los propietarios, inquilinos o usufructuarios de viviendas familiares situadas en territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, incluidos en el artículo 4.1 de la Orden VMV/1542/2017, de 9 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de rehabilitación de viviendas.

Sistema: Concurrencia competitiva.

Segundo.- Objeto:

Podrán ser objeto de subvención las obras de rehabilitación de vivienda realizadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, terminadas y pagadas durante 2017, y en todo caso antes del 15 de noviembre de este año, comprendidas en una de las dos líneas siguientes:

a) Línea 1: viviendas unifamiliares. Las actuaciones subvencionables en los edificios destinados a vivienda unifamiliar podrán ser de tres tipologías:

Conservación.

Accesibilidad.

Rehabilitación energética.

b) Línea 2: Viviendas familiares en bloque.

Las actuaciones subvencionables en el interior de las viviendas situadas en edificios de dos o más viviendas, podrán ser de dos tipos:

1. Actuaciones en materia de accesibilidad en el interior de la vivienda.

2. Rehabilitación energética.

Tercero.- Bases reguladoras.

La convocatoria se regirá por lo dispuesto en las bases reguladoras aprobadas por Orden VMV/1542/2017, de 9 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de rehabilitación de viviendas; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Cuarto.- Crédito Presupuestario y cuantía de la subvención.

1. Las ayudas se abonarán con cargo a la línea presupuestaria 13050G/4312/780135/91002 de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2017, según el presupuesto aprobado, con un importe máximo de 1.690.530 €.

2. La distribución de fondos en las líneas de ayudas previstas en el artículo 2, es la siguiente:

Línea 1 viviendas unifamiliares 1.190.530 €

Línea 2 viviendas en bloques 500.000 €

Total 1.690.530 €

3. Las cuantías y límites de la subvención para las actuaciones correspondientes a la línea 1, de viviendas unifamiliares serán los siguientes:

a) La ayuda a conceder será del 50% del coste subvencionable.

b) La cuantía máxima por vivienda unifamiliar no podrá superar los 12.000 euros.

4. Las cuantías y límites de la subvención para las actuaciones correspondientes a la línea 2, de viviendas familiares en bloque, serán los siguientes:

a) La ayuda a conceder será del 50% del coste subvencionable.

b) La cuantía máxima por vivienda no podrá superar los 8.000 euros.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de publicación de este extracto en el "Boletín Oficial de Aragón", y concluirá el 16 de noviembre de 2017.

Zaragoza, 23 de octubre de 2017.- El Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, José Luis Soro Domingo.