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RESOLUCIÓN de 28 de enero de 2015, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Facultativa Superior, Técnicos Superiores de Prevención de Riesgos Laborales, Ramas: Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial y Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Publicado el 24/02/2015 (Nº 37)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Los Decretos 22/2014 y 23/2014, de 18 de febrero, del Gobierno de Aragón, por los que se aprueban las Ofertas complementarias, respectivamente, de la Oferta de Empleo Público de 2007 y de la Oferta de Empleo Público de 2011, en el ámbito de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 38, de 24 de febrero de 2014), prevén en su artículo octavo la posibilidad de acumular los procesos selectivos derivados de ambas Ofertas.

La acumulación supondrá la realización de un único proceso selectivo para cubrir el número total de plazas incluidas en las dos Ofertas mencionadas.

En cumplimiento de lo dispuesto en los citados Decretos, con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.1.e) del Decreto 320/2011, de 27 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública, se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, con sujeción a las siguientes bases:

1. Normas Generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el turno de promoción interna, 4 plazas del Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Facultativa Superior, Técnicos Superiores de Prevención de Riesgos Laborales.

1.2. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas, y ello sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61.8 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Las plazas que no resulten cubiertas se acumularán a las de turno libre de la Oferta de Empleo Público complementaria de 2011.

1.3. El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.

1.3.1. En la fase de concurso se valorarán como méritos los previstos en la base 8.1, referidos a la fecha de publicación de esta convocatoria.

1.3.2. La fase de oposición consistirá en la realización de cuatro ejercicios de carácter eliminatorio. La realización de los cuatro ejercicios es obligatoria para superar la fase de oposición.

1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

1.5. El primer ejercicio de la oposición tendrá lugar a partir de los tres meses siguientes a la publicación de esta convocatoria.

1.6. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se fija como medio de comunicación de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes del procedimiento selectivo, la exposición en los tablones de anuncios de las Oficinas del Servicio de Información y Documentación Administrativa del Gobierno de Aragón: en Huesca (Plaza de Cervantes, 1), en Teruel (Calle San Francisco,1), en Zaragoza (Edificio Pignatelli -Paseo María Agustín, 36-), así como en las Oficinas Delegadas del Gobierno de Aragón en Alcañiz (Avda. Bartolomé Esteban, 58), Calatayud (Plaza de España, 1), Ejea de los Caballeros (Calle Mediavilla, 27), Jaca (Avda. Levante, 10), Tarazona (Avda. La Paz, 29), Calamocha (Calle Melchor de Luzón, 6), Fraga (Calle San Quintín, 1) y Barbastro (Calle Conde, s/n). Además, se publicarán en el "Boletín Oficial de Aragón", las resoluciones para las que así lo establecen expresamente las bases de esta convocatoria.

Asimismo, toda la información del proceso selectivo estará disponible en la página web www.aragon.es/Temas/Empleo.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar incluidos en el ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero.

b) Pertenecer como funcionario de carrera a la Clase de Especialidad de Técnico Superior de Prevención de Riesgos Laborales, Ramas de Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada, del Subgrupo A2 de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o de otra Administración Pública, hallándose en este último caso incorporado a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en virtud de convocatoria pública.

c) Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios prestados como funcionario de carrera o interino en la Clase de Especialidad de Técnico Superior de Prevención de Riesgos Laborales, Ramas de Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada del Subgrupo A2 de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o de otra Administración Pública.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del Cuerpo al que se aspira.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

f) Estar en posesión o en condiciones de obtener el Título Universitario Oficial de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, y poseer una formación mínima acreditada por una universidad con el contenido especificado en el programa a que se refiere el anexo VI del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado mediante Real Decreto 39/1997, de 17 de enero o, en su caso, la acreditación de la formación de nivel superior por la autoridad laboral competente, en las tres Especialidades o disciplinas preventivas: Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial y Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite su homologación.

g) Haber abonado la correspondiente Tasa a que hace mención la base 3.5.

2.2. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de toma de posesión como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la solicitud, según modelo aprobado por Orden de 19 de agosto de 2003, ("Boletín Oficial de Aragón", número 109, de 8 de septiembre de 2003), que será facilitada a través de Internet, cumplimentando el modelo 524 que aparece en la página web oficial del Gobierno de Aragón en la dirección www.aragon.es/Temas/Empleo.

3.2. Los aspirantes con discapacidad podrán hacerlo constar en el espacio correspondiente de la solicitud, indicando, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, siempre que no quede desvirtuado el contenido de las pruebas, ni implique reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible.

3.3. La presentación de solicitudes se hará en los Registros Generales del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no siendo posible su presentación por medios telemáticos y se dirigirán al Instituto Aragonés de Administración Pública, una vez debidamente cumplimentadas y diligenciadas con la recaudación de la Tasa.

En caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que aquélla sea fechada y sellada por el empleado de Correos antes de ser certificada.

3.4. El plazo para presentar las solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria. Si el plazo finaliza en sábado, se entenderá prorrogado hasta el siguiente día hábil.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

3.5. La Tasa por derechos de examen será de 39,43 euros, cuyo pago podrá realizarse por alguno de los medios siguientes:

-En efectivo, en la Caja de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Aragón en Zaragoza o en la Caja de las Subdirecciones Provinciales de Hacienda y Administración Pública de Huesca, Teruel y Zaragoza.

-Ingreso en las cuentas de las Entidades de Crédito colaboradoras en la gestión recaudatoria del Gobierno de Aragón, autorizadas para el cobro de las tasas.

En ningún caso el pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud en el Registro del Gobierno de Aragón.

La falta de pago dentro del plazo de presentación de solicitudes no será subsanable.

3.6. Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas que hayan obtenido el reconocimiento como víctimas por actos de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, conforme a la normativa vigente que les sea de aplicación.

b) Las personas desempleadas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de los seis meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria de la prueba selectiva.

Ambas circunstancias deberán ser debidamente acreditadas con la presentación de la instancia para tomar parte en las pruebas selectivas. En el supuesto previsto en el apartado b), deberá aportarse informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo expedido por el Instituto Aragonés de Empleo (puede obtenerse on line a través de la Oficina Electrónica de su página web www.aragon.es/inaem) o documento acreditativo equivalente expedido por el Servicio Público de Empleo competente.

3.7. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, únicamente procederá la devolución del importe de la tasa en los siguientes supuestos:

a) Cuando no se hubieran prestado, o se hubieran prestado de forma notoriamente deficiente, por causa imputable a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, los servicios y actuaciones administrativas relativos a la admisión o exclusión de los aspirantes en los correspondientes procesos selectivos.

b) Cuando se hubiera presentado la solicitud de admisión fuera del plazo previsto en esta convocatoria.

c) Cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución administrativa o sentencia judicial firmes.

3.8. Los aspirantes que soliciten puntuación en la fase de concurso deberán presentar, con la solicitud, una relación detallada de los méritos que aleguen poseer, sin que puedan tenerse en cuenta extremos que no figuren expresos. La relación de méritos deberá obtenerse a través de la aplicación informática ubicada en la dirección web https://servicios3.aragon.es/sip/ permitiendo, en el supuesto que existan datos incompletos o erróneos, completarlos o corregirlos.

No serán objeto de valoración los méritos que, habiéndose introducido o corregido, no se acrediten documentalmente, una vez superada la fase de oposición.

3.9. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios dictará resolución, que se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", por la que se aprueba la relación provisional de candidatos admitidos y, en su caso, excluidos, indicando las causas de exclusión.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

4.3. La resolución conteniendo las listas definitivas de admitidos y excluidos se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón". En dicha resolución se señalará lugar y fecha del primer ejercicio.

La admisión definitiva lo es sin perjuicio de la obligación de los aspirantes que superen el proceso selectivo de acreditar el cumplimiento de los requisitos de admisión exigidos en la convocatoria.

5. Tribunal calificador.

5.1. La composición del Tribunal será la que se especifica en el anexo I.

Cualquier modificación posterior de la composición del Tribunal calificador se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Instituto Aragonés de Administración Pública (Paseo M.ª Agustín, 26 B- 50004 Zaragoza).

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los candidatos podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando entiendan que se dan dichas circunstancias, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la citada ley.

5.3. El Presidente del Tribunal coordinará la realización de las pruebas y dirimirá los posibles empates en las votaciones con voto de calidad. El Secretario del Tribunal tendrá voz y voto.

5.4. El Tribunal resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de esta convocatoria durante el desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en los artículos 22 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 25 y siguientes del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

5.6. El Tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría primera de las señaladas en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

6. Estructura de las pruebas selectivas.

6.1. La fase de concurso no será eliminatoria, y las valoraciones que de ella resulten se sumarán a las de los ejercicios de la fase de oposición para determinar la puntuación total. No podrá aplicarse la puntuación de la fase de concurso para superar los ejercicios de la fase de oposición.

6.2. Fase de oposición:

6.2.1. El primer ejercicio consistirá en la redacción de una Memoria, de una extensión mínima de veinte folios, conteniendo el tratamiento monográfico de un tema relacionado con el área de conocimientos profesionales de las plazas a que aspiran, con análisis de sus principales aspectos, planteamiento de problemas y propuesta de soluciones, y en el que se valorarán el razonamiento personal, los conocimientos técnicos y la capacidad crítica.

Un ejemplar de la Memoria deberá ser presentado con una antelación mínima de diez días a la fecha señalada para su defensa, en el Registro General del Gobierno de Aragón.

Además, en aras de mayor agilidad del proceso selectivo, se enviará el citado ejemplar al correo electrónico iaap@aragon.es.

La Memoria será defendida por el candidato, por un período mínimo de diez minutos y máximo de quince ante el Tribunal, que, a su vez, dispondrá de otros quince minutos para proponer al opositor cuestiones relacionadas con el tema al que la Memoria se refiera.

6.2.2. El segundo ejercicio consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de cincuenta preguntas tipo test, más tres de reserva para posibles anulaciones, y otro de diez preguntas breves sobre las materias comprendidas en el temario.

El cuestionario tipo test estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente.

El Tribunal señalará en el momento de proponer este ejercicio el tiempo concedido para su realización, sin que su duración pueda exceder de dos horas y treinta minutos.

6.2.3. El tercer ejercicio consistirá en el desarrollo y resolución de un supuesto práctico a elegir entre dos propuestos por el Tribunal, que estarán relacionados con las materias del programa.

El Tribunal señalará en el momento de proponer el ejercicio el tiempo máximo concedido para su resolución, pudiéndose utilizar cuantos libros, textos o documentos, en soporte papel, se considere necesarios, aportados por los propios candidatos o disponibles en el local escogido por el Tribunal para realizar el ejercicio.

El ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal, que podrá dialogar con el candidato durante diez minutos sobre las cuestiones relacionadas con el planteamiento y resolución del supuesto.

6.2.4. El cuarto ejercicio será una prueba de conocimiento y comprensión del idioma francés o inglés. Dicha prueba consistirá en la traducción directa, sin diccionario, de un texto en el idioma elegido por el candidato en su solicitud y durante el tiempo que se señale por el Tribunal.

Los aspirantes con nacionalidad distinta a la española optarán a los idiomas francés o inglés siempre y cuando ninguno de ellos sea oficial en su Estado de origen, en cuyo caso éste será sustituido, a efectos de la opción, por otro idioma oficial en otro Estado de la Unión Europea.

7. Desarrollo de los ejercicios.

7.1. La fecha de realización del primer ejercicio se determinará en la resolución a que alude la base 4.3. La fecha de los sucesivos ejercicios se hará pública a través de los medios señalados en la base 1.6.

7.2. En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los candidatos para que acrediten su identidad.

7.3. Los candidatos serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, y serán excluidos de las pruebas selectivas quienes no comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y discrecionalmente apreciados por el Tribunal. Se entenderá que existe fuerza mayor cuando la situación creada impida el acceso a las aulas o la realización física del ejercicio, y se trate de situaciones de las que se presuma que afectan a todos o a gran parte de los candidatos y al llamamiento y lugar correspondiente.

No obstante lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se podrá hacer excepción en el llamamiento único por la coincidencia de la hospitalización, con motivo de embarazo y/o parto de las aspirantes, con el día de la celebración de alguna prueba en la que tengan que participar. Para ello las aspirantes deberán presentar, dentro del plazo de los cinco días naturales anteriores o posteriores a la realización de la prueba (en este último caso por el ingreso por urgencia), un escrito dirigido al Presidente del Tribunal comunicando el hecho de la hospitalización, y adjuntando informe médico que lo demuestre, junto con la solicitud expresa del deseo de la realización de la prueba.

El escrito será presentado en el registro general del Gobierno de Aragón y remitido al IAAP por fax al número 976714368 o al correo electrónico iaap@aragon.es, y en él se deberá indicar obligatoriamente uno o dos teléfonos, preferentemente móviles, de contacto con la interesada.

7.4. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, deberá proponer su exclusión al Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, quien resolverá, previa audiencia del interesado.

8. Calificación.

8.1. Fase de Concurso: Los méritos alegados por los aspirantes, y que resulten debidamente acreditados, se valorarán a fecha de publicación de esta convocatoria, con arreglo a los siguientes baremos:

a) Antigüedad: Se valorará teniendo en cuenta los servicios prestados, asignándose a cada año completo de servicios efectivos una puntuación de 0,10 hasta un máximo de 3 puntos.

Serán computables a efectos de la antigüedad referida en este apartado los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.

b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente, se otorgarán 1,50 puntos hasta el grado 18, y por cada unidad de grado que exceda de 18, se otorgarán 0,25 puntos adicionales.

Se otorgarán 1,50 puntos a aquellos funcionarios que a fecha de publicación de esta convocatoria no tengan grado consolidado y formalizado, y hayan prestado servicios efectivos como funcionario de carrera del subgrupo A2 durante al menos dos años.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que tenga como destino definitivo en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón el día de publicación de esta convocatoria: hasta nivel 18, 2 puntos, y, por cada unidad de nivel que exceda de 18, se otorgarán 0,25 puntos adicionales.

En el supuesto de destino provisional, se valorará en el nivel mínimo del intervalo de niveles del Subgrupo A2.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel.

A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y a los funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto se les valorará el nivel del puesto de trabajo que les correspondería al efectuar el reingreso.

d) Titulación académica: Estar en posesión de título universitario superior distinto al requerido para optar a estas plazas, 0,50 puntos.

e) Cursos de formación y perfeccionamiento cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del Cuerpo al que se pretende acceder, y que hayan sido impartidos por Centros o Instituciones Oficiales o recogidos en los Acuerdos de Formación Continua o de Formación para el Empleo en las Administraciones Públicas: 0,05 puntos si su duración es igual o inferior a 20 horas lectivas; 0,10 puntos si su duración es superior a 20 horas lectivas e igual o inferior a 50 horas lectivas, y 0,25 puntos los que superen 50 horas lectivas.

f) Superación de la fase de oposición en alguna de las dos convocatorias anteriores de promoción interna independiente: Se otorgará 1 punto a aquellos aspirantes que, habiendo superado los ejercicios de la fase de oposición de las pruebas selectivas de alguna de las dos convocatorias anteriores de promoción interna independiente, no hubieran podido obtener plaza.

8.2. Fase de oposición:

8.2.1. El primer ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 10 puntos para superarlo.

8.2.2. El segundo ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos en la parte del cuestionario tipo test, y de 0 a 10 puntos el cuestionario de preguntas breves, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 10 puntos y de 5 puntos, respectivamente.

8.2.3. El tercer ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario un mínimo de 10 puntos para superarlo.

8.2.4. El cuarto ejercicio se calificará: de 0 a 10 puntos, siendo necesario un mínimo de 5 puntos para superarlo.

8.3. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios obligatorios, más la del concurso.

8.4. Concluido el concurso y los ejercicios de la oposición, y a propuesta del Tribunal calificador, el Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios hará pública la lista de aprobados por orden de puntuación, sin que el número total de seleccionados pueda rebasar el de plazas convocadas.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida sucesivamente en los ejercicios segundo, tercero, primero y cuarto.

Como criterio residual de desempate, una vez aplicados, en su caso, los criterios anteriores, regirá lo dispuesto en la Resolución de 4 de marzo de 2014, del Instituto Aragonés de Administración Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo previsto en el artículo 17 del Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública y de la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón.

9. Presentación de documentos.

9.1. Dentro del plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la lista de aprobados en el concurso-oposición, los candidatos que figuren en ellas deberán aportar ante el Instituto Aragonés de Administración Pública los documentos acreditativos de los requisitos de admisibilidad exigidos en esta convocatoria. Estos documentos son:

a) Fotocopia compulsada del título a que se refiere la base 2.1.f) o certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos correspondientes, así como abonados los derechos para la expedición de aquél título.

Los títulos procedentes de otros Estados deberán estar debidamente homologados por la Administración educativa española y deberá adjuntarse a ellos la credencial que acredite dicha homologación. En el caso de titulaciones que acrediten la formación en alguno de los otros Estados asociados al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, esta credencial podrá suplirse por la credencial de reconocimiento para el ejercicio de una profesión regulada en aplicación de las directivas mutuas de reconocimiento de titulaciones.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios.

9.2. Quienes dentro del plazo señalado no presenten la documentación exigida, salvo los casos de fuerza mayor, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a ellos se refieren.

10. Nombramiento de funcionarios de carrera.

Concluido el proceso selectivo, los candidatos que lo hubiesen superado, serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Funcionarios Superiores, Escala Facultativa Superior, Técnicos Superiores de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración Comunidad Autónoma de Aragón, Ramas Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada, por el Consejero de Hacienda y Administración Pública. La orden de nombramiento se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

11. Disposiciones finales.

11.1. El orden de actuación comenzará con el primer aspirante cuyo primer apellido se inicie con la letra "B", de acuerdo con el resultado del sorteo celebrado el día 4 de marzo de 2014 ("Boletín Oficial de Aragón", número 58, de 24 de marzo de 2014).

11.2. Para lo no previsto en esta convocatoria, será de aplicación lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, de la Diputación General de Aragón; en el Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública, y de la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón; en el Decreto 80/1997, de 10 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y, promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón; y en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

11.3. Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública, en el plazo de un mes desde su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante la interposición de los siguientes recursos, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la respectiva publicación o notificación:

- Contra las Resoluciones del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública.

- Contra los actos y decisiones del Tribunal que imposibiliten la continuación de procedimientos para el interesado o produzcan indefensión, recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública.

Zaragoza, 28 de enero de 2015.

El Director General de la Función Pública y

Calidad de los Servicios,

IGNACIO MURILLO GARCÍA-ATANCE

ANEXO I

TRIBUNAL

Técnicos Superiores de Prevención de Riesgos Laborales

Miembros titulares

Presidenta: Emilia Sevillano Calvo

Secretaria: Marina Jesús Gómez Sánchez

Vocal 1: Susana Iris Rueda Sánchez

Vocal 2: M.ª Jesús García-Gutiérrez Muñoz

Vocal 3: Ruth Vallejo Dacosta

Miembros suplentes

Presidenta: M.ª Pilar Nievas Marco

Secretaria: M.ª Pilar Ramos Martín

Vocal 1: Pilar Paúl Garasa

Vocal 2: Jesús Arqued Fernández

Vocal 3: Ricardo Ros Mar

ANEXO II

Programa de materias específicas

Escala Facultativa Superior. Técnicos Superiores de Prevención de Riesgos Laborales, Especialidades: Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial y Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

1. Conceptos básicos de seguridad y salud en el trabajo: daños derivados del trabajo. Concepto de riesgo laboral. Protección y prevención. Condiciones de trabajo en relación con la seguridad y salud.

2. Objeto y necesidad de la prevención de riesgos laborales: interacción trabajo y salud. Costes de los daños derivados del trabajo frente a beneficios de la acción preventiva. El concepto de integración de la prevención. Prevención y calidad.

3. Políticas y organismos internacionales en materia de prevención de riesgos laborales. Normativa internacional en la materia.

4. Organismos europeos en materia de prevención de riesgos laborales. El derecho comunitario relacionado con la seguridad y salud en el trabajo. Las directivas sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo. Recomendaciones y actos relacionados.

5. Actuaciones de las Administraciones Públicas competentes en materia laboral. La distribución de competencias y coordinación de actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas. Funciones y actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en relación con esta materia. El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. La Red Española de Seguridad y Salud en el Trabajo. La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. La Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales.

6. Competencias de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de Seguridad y Salud Laboral. La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón como Autoridad Laboral. La Dirección General de Trabajo. El Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral. El Consejo Aragonés de Seguridad y Salud Laboral.

7. El marco jurídico de la prevención de riesgos laborales en España: antecedentes inmediatos, la Constitución de 1978, el Estatuto de los Trabajadores. Legislación de función pública. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Estructura. Objeto y carácter de la norma. Ámbito de aplicación. Definiciones.

8. Normativa sectorial aplicable en prevención de riesgos laborales. Ámbito laboral, industrial y medioambiental.

9. El contrato de trabajo. Modalidades de contratación. La subcontratación.

10. El salario. La jornada laboral. Horas extraordinarias. Descanso. Vacaciones.

11. El Sistema Español de Seguridad Social. El Régimen General: acción protectora. Contingencias cubiertas. Concepto y clases de prestaciones. Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Contingencias cubiertas.

12. Derechos y deberes en materia de prevención de riesgos laborales: el derecho de los trabajadores a la protección frente a los riesgos laborales. El deber empresarial de protección. Situaciones de riesgo grave e inminente. Coordinación de actividades empresariales en materia de prevención. Protección de trabajadores especialmente sensibles a riesgos. Obligaciones de los trabajadores. Principios de la acción preventiva.

13. Formación e información de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales. Derechos y obligaciones. La planificación de la formación. Diagnóstico de necesidades. Definición de objetivos. Métodos y técnicas formativas. Evaluación de la formación. Formación de los recursos preventivos. Formación para el desarrollo de las funciones de nivel básico, intermedio y superior en prevención de riesgos laborales.

14. Conceptos de salud y prevención. Concepto y objetivos de la medicina del trabajo. Patologías de origen laboral. Vigilancia de la salud. Promoción de la salud. Planificación e información sanitaria. Las enfermedades profesionales.

15. El Reglamento de los Servicios de Prevención. Organización de los recursos para las actividades preventivas. Los Servicios de Prevención. Conceptos generales y modalidades.

16. Las especialidades preventivas: Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía, Psicosociología Aplicada. Medicina del Trabajo.

17. La acreditación y autorización de las entidades especializadas como servicios de prevención ajenos a las empresas. Funciones y niveles de cualificación de los técnicos de prevención de riesgos laborales.

18. Consulta y participación de los trabajadores: el deber de consulta del empresario. Los derechos de participación y representación específica de los trabajadores. El Comité de seguridad y Salud. Los delegados de Prevención, su designación, garantías, competencias y facultades. Registro de delegados de prevención y de comités de seguridad y salud. La colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

19. Responsabilidades y sanciones en materia de Prevención de Riesgos Laborales: responsabilidades administrativas, infracciones administrativas, control de la actividad preventiva. La actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Las responsabilidades penal y civil en materia de prevención de riesgos laborales.

20. La adaptación de la normativa de prevención de riegos laborales al ámbito de la Administración Pública: las excepciones de la Ley de Prevención. La regulación del procedimiento administrativo especial de la actuación de la Inspección de Trabajo y para la imposición de medidas correctoras de incumplimientos en materia de Prevención de Riesgos Laborales en el ámbito de las Administraciones Públicas.

21. La adaptación de la legislación de prevención de riesgos laborales en la Administración General del Estado y en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. Organización de los recursos necesarios para llevar a cabo las distintas actuaciones preventivas.

22. Participación en materia de prevención de riesgos laborales en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. Acuerdo de participación. Comités de seguridad y salud. Comisiones sectoriales. La Comisión Autonómica de Prevención de Riesgos Laborales.

23. Gestión de la prevención. Principios básicos. Modelos de gestión. Plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva. Documentación.

24. Instrumentos de control de los sistemas de gestión de prevención de riesgos laborales: Auditorias. Particularidades de las administraciones públicas.

25. Coordinación de actividades empresariales en relación con la prevención de riesgos laborales. Concurrencia de actividades y medios de coordinación. La coordinación en obras de construcción. Normativa de aplicación.

26. Daños derivados del trabajo (I): Accidentes de trabajo. Concepto. Notificación, Registro y clasificación. Los costes de los accidentes de trabajo. Investigación como técnica preventiva. Aplicación en la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

27. Daños derivados del trabajo (II): Enfermedades profesionales. Concepto. Notificación, Registro. Cuadro de enfermedades profesionales. Investigación como técnica preventiva. Aplicación en la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

28. Protección de trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos. Protección de la maternidad. Protección de los menores.

29. Relaciones de trabajo temporales, de duración determinada y en empresas de trabajo temporal: características específicas de estas relaciones. Normativa aplicable. Obligaciones empresariales con relación a la prevención de riesgos laborales.

30. Adaptación de puesto de trabajo y movilidad por motivos de salud. Especial referencia en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

31. Las incapacidades laborales temporales y permanentes. Conceptos generales. Peculiaridades de las contingencias profesionales. Normativa vigente. Aspectos diferenciales en los distintos regímenes.

32. Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales: Régimen de las actividades preventivas. Plan general de actividades preventivas de la Seguridad Social. Sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral. Sociedades de prevención.

33. El tratamiento de la información. La confidencialidad de los datos. La ley orgánica de protección de datos de carácter personal. Aplicaciones. Normativa de desarrollo en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

34. Seguridad en el Trabajo. Concepto y objetivos. Riesgos de seguridad. Criterios de valoración. Técnicas generales y específicas. Inspecciones de seguridad. Normativa.

35. Condiciones generales de seguridad en los lugares de trabajo. Condiciones ambientales en los lugares de trabajo. Locales provisionales y trabajos al aire libre. Normativa aplicable.

36. Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. Análisis y evaluación de riesgos. Procedimiento de adecuación y puesta en conformidad. Normativa aplicable.

37. Comercialización y puesta en servicio de máquinas. La certificación y el marcado CE. Seguridad de las máquinas, Cláusula de Salvaguardia. Herramientas manuales: condiciones de seguridad. Evaluación de riesgos y medidas preventivas en trabajos con herramientas manuales.

38. Equipos de protección individual. Concepto. Características. Tipos. Señalización. Criterios para la elección, utilización y mantenimiento de los EPI. Obligaciones del empresario y de los trabajadores. Protección colectiva: Concepto de protección colectiva, criterios de elección. Análisis previo a la implantación de protección colectiva. Normativa aplicable a los equipos de protección individual y colectiva.

39. Disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. Definiciones. Obligaciones del empresario en materia de señalización. Criterios para el empleo de la señalización. Tipos de señales.

40. Seguridad y salud en las obras de construcción (I). Obligaciones preventivas en fase de proyecto, y en fase de ejecución. Estudio de seguridad y salud. Estudio básico de seguridad y salud. Plan de seguridad y salud en el trabajo. La dirección facultativa de la obra. El libro de incidencias. La paralización de los trabajos. Normativa aplicable.

41. Seguridad y salud en las obras de construcción (II). Disposiciones mínimas de seguridad y salud. Riesgos y medidas preventivas en el uso de equipos de trabajo y maquinaría en obra. Maquinaría y equipos de movimiento de tierras. Maquinaria y equipos de elevación de cargas. Otra maquinaria de obra.

42. Condiciones mínimas de seguridad y salud en la manipulación de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores. Obligaciones del empresario. Evaluación de riesgos y medidas preventivas. Normativa aplicable.

43. Condiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización de datos. Normativa aplicable.

44. Riesgo eléctrico: Concepto. Lesiones producidas por la electricidad. Factores que influyen en el efecto eléctrico; intensidad de corriente, resistencia del cuerpo humano, tensión aplicada, frecuencia de la corriente, duración del contacto eléctrico, recorrido de la corriente a través del cuerpo, capacidad de reacción de la persona. Actuación en caso de accidente eléctrico. Tipos de contacto eléctrico. Protección contra contactos eléctricos directos y contactos eléctricos indirectos. Normativa sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.

45. Riesgo de incendio: Química del fuego. Clasificación de los fuegos en función de la naturaleza del combustible. Protección estructural de edificios y locales. Prevención de incendios en los lugares de trabajo. Medidas de prevención y protección frente a riesgo de incendio. Sistemas de detección y de alarma. Medios de lucha contra incendios. Iluminación de señalización y emergencia. Normativa aplicable.

46. Planes de emergencia y Evacuación. Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia. Normativa aplicable

47. Trabajos de oficina. Evaluación de riesgos y medidas preventivas.

48. Evaluación de riesgos y medidas preventivas en trabajos agropecuarios y en la aplicación de fitosanitarios.

49. Evaluación de riesgos y medidas preventivas en trabajos forestales.

50. Trabajos en altura: Riesgos y medidas preventivas. Disposiciones de seguridad sobre la utilización de equipos de trabajo para realizar trabajos temporales en altura.

51. Higiene industrial. Concepto y objetivos. Ramas de la higiene industrial. Actuación y metodología para la evaluación y control del riesgo higiénico. Clasificación general de los contaminantes. Vías de entrada y efectos de los contaminantes sobre el organismo. Normativa.

52. Medición de los contaminantes químicos. Mediciones puntuales y promedio. Mediciones personales y ambientales. Instrumentos de lectura directa. Sistemas activos de toma de muestras. Calibración de los equipos. Sistemas pasivos de toma de muestras. Transporte y conservación de las muestras. Condicionantes de la toma de muestras. Control de calidad de los equipos de medida.

53. Teoría del muestreo. Representatividad de las mediciones. Estrategias de muestreo. Directrices para la evaluación de la exposición por inhalación de agentes químicos.

54. Análisis de las muestras. Principales técnicas analíticas. El método analítico: descripción, contenido y características. Procedimientos de validación. Fiabilidad del proceso de medida de concentraciones ambientales y biológicas de los contaminantes químicos. Sistema de gestión de la calidad. Documentos del sistema de gestión de la calidad: manual de calidad; procedimientos normalizados de trabajo. Elementos del programa de calidad: mantenimiento y calibración de los equipos de toma de muestras y análisis. Evaluación externa de la calidad: ensayos de intercomparación.

55. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo: Iluminación. Efectos sobre la salud. Fatiga visual. La iluminación en los puestos de trabajo donde se utilizan pantallas de visualización de datos. Equipos de medida. Normativa aplicable.

56. Calidad de ambiente interior: Contaminantes que influyen en la calidad del ambiente. Medidas de prevención y protección. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Normativa aplicable.

57. Condiciones termohigrométricas. Ambiente térmico. Efectos sobre la salud. Criterios de evaluación de riesgos. Métodos de valoración. Estrés térmico. Medidas de prevención y protección. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Normativa aplicable.

58. El ruido. Concepto, magnitudes y unidades. Tipos de ruido. Efectos sobre la salud. Medidas para reducir la exposición al ruido. Evaluación de riesgos. Medición del nivel de ruido. Control de la exposición al ruido. Protección individual y colectiva. Vigilancia de la salud. Normativa aplicable.

59. La protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas. Normativa aplicable.

60. Agentes químicos (I): Definiciones. Clasificación. Principios generales para la prevención de riesgos por agentes químicos. Medidas específicas de prevención y protección. Normativa aplicable.

61. Agentes químicos (II). Límites de exposición. Medidas de control de la exposición. Las fichas de seguridad. Protocolos de actuación. Medidas a adoptar frente a accidentes, incidentes y emergencias. Prohibiciones. Información y formación de los trabajadores. Consulta y participación. Vigilancia de la salud. Normativa aplicable.

62. Agentes cancerígenos (I): Identificación y evaluación de los riesgos. Prevención y reducción de la exposición. Medidas de prevención y protección. Información y formación de los trabajadores expuestos durante el trabajo. Vigilancia de la salud. Consulta y participación. Normativa aplicable.

63. Agentes cancerígenos (II): clasificación y mecanismos de actuación. Evaluación de la exposición a cancerígenos. Vigilancia de la salud. Protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. Normativa aplicable.

64. Agentes biológicos (I): características de los agentes biológicos y clasificación. Efectos para la salud. Medición de agentes biológicos. Evaluación, prevención y control de las exposiciones. Protección de trabajadores frente a riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. Normativa aplicable.

65. Agentes biológicos (II): Identificación y evaluación de los riesgos. Medidas de prevención y protección. Vigilancia de la salud. Información y formación de los trabajadores expuestos durante el trabajo. Consulta y participación. Normativa aplicable.

66. Radiaciones ionizantes: Concepto. Tipos de radiaciones ionizantes. Límites de dosis para trabajadores expuestos. Efectos de las radiaciones ionizantes. Métodos de Prevención y protección frente a las radiaciones ionizantes. Normativa aplicable.

67. Radiaciones no ionizantes: Concepto. Naturaleza de las radiaciones no ionizantes. Tipos de radiaciones no ionizantes. Efectos de las radiaciones no ionizantes. Métodos de prevención y protección frente las radiaciones no ionizantes. Normativa aplicable.

68. Atmósferas explosivas: Concepto de explosión y atmósferas explosivas. Áreas con atmósferas explosivas. Protección, evaluación y prevención de los riesgos derivados de las atmósferas explosivas en los lugares de trabajo.

69. Seguridad y salud aplicada a los trabajos con riesgo de exposición al amianto. Medidas de prevención y protección. Plan de trabajo. Registro de empresas con riesgo por amianto. Normativa aplicable.

70. Equipos de protección individual y colectiva en Higiene Industrial.

71. La ergonomía: definición, objetivos y conceptos generales. Métodos ergonómicos de evaluación de las condiciones de trabajo.

72. Concepción del puesto de trabajo. Requerimientos básicos. Estudio y evaluación de puestos de trabajo. Diseño del puesto de trabajo. Ficha de seguridad de puestos de trabajo.

73. El diseño del puesto de trabajo. Aspectos a considerar desde el punto de vista ergonómico. El factor humano en el proyecto.

74. La carga física de trabajo. Conceptos básicos. Evaluación. La fatiga muscular y su prevención. Los movimientos repetitivos, patologías asociadas. Las lumbalgias, causas y prevención.

75. Sistemas informativos en el binomio persona-máquina. Dispositivos informativos visuales táctiles y audibles. Accionamiento involuntario.

76. Posturas de trabajo: factores que las determinan. Riesgos derivados de las posturas de trabajo y su prevención. Métodos de evaluación.

77. Trastornos musculoesqueléticos de origen laboral. Factores de riesgo. Evaluación y prevención.

78. Carga mental de trabajo. Definiciones y conceptos. Consecuencias de la carga mental. Evaluación y acondicionamiento del puesto. Prevención.

79. Estadística. Conceptos fundamentales. Concepto de población y muestra. Tipos y métodos de muestreo. Aplicación a la prevención de riesgos laborales.

80. Técnicas de investigación en ergonomía y psicosociología. La observación, la entrevista y los grupos de discusión. La encuesta y las escalas de actitudes.

81. La organización del tiempo de trabajo. Cronobiología. Ritmos biológicos del organismo. Tiempo de trabajo. el trabajo a turnos y el trabajo nocturno: características, inconvenientes e intervención. Las pausas y los descansos.

82. Factores psicosociales. El modelo demanda-control-apoyo. La evaluación de factores psicosociales. Información y comunicación de resultados, informe de evaluación.

83. Metodología para la evaluación de factores psicosociales. El método de evaluación del INSHT. Otros métodos de evaluación.

84. Prevención e intervención psicosocial: acción e intervención sobre la organización, sobre el puesto de trabajo y la tarea y sobre el individuo.

85. Estrés laboral: estresores; factores moduladores del estrés, respuestas fisiológicas, cognitivas y comportamentales del estrés. Consecuencias del estrés para la organización.

86. Reacciones y efectos del estrés crónico. El síndrome de burnout. Diagnóstico. Métodos de evaluación. Prevención e intervención psicosocial.

87. Drogodependencia en el medio laboral. Conceptos generales. Adicciones más frecuentes. Prevención y tratamiento.

88. Acoso psicológico en el trabajo (mobbing). Definición, características y fases de desarrollo. Consecuencias para el trabajador y para la organización.

89. Acoso psicológico en el trabajo (mobbing). Métodos de evaluación. Prevención e intervención. Protocolos de intervención.

90. El conflicto en la organización. Definición, características y proceso. Estrategias de control/reducción.