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EXTRACTO de la Orden AGM/568/2020, de 18 de junio, por la que se convocan subvenciones públicas en el área de influencia socio-económica del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, para el año 2020.

Publicado el 08/07/2020 (Nº 134)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

BDNS (Identif:): 513380

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las entidades locales (ayuntamientos de la zona de influencia socioeconómica), entidades empresariales que tengan la consideración de pequeñas y medianas empresas, empresarios autónomos, personas físicas, instituciones sin fines de lucro, entidades de derecho público y agrupaciones de propietarios de terrenos de los municipios situados en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido.

Segundo.- Objeto.

Convocar para el año 2020 subvenciones en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido.

Tercero.- Bases reguladoras.

Contenidas en el Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, por el que se regulan las subvenciones públicas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales.

Cuarto.- Cuantía.

La Cuantía total máxima para esta convocatoria es de 164.000 euros, con cargo a las siguientes partidas presupuestarias del presupuesto de gasto de la Comunidad Autónoma de Aragón para 2020:

98.400 € con cargo a la posición presupuestaria 1406.5332.760077.36008.

41.000 € con cargo a la posición presupuestaria 1406.5332.770077.36008.

24.600 € con cargo a la posición presupuestaria 1406.5332.780079.36008.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 18 de junio de 2020.- El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, Joaquín Olona Blasco.