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ORDEN DRS/604/2017, de 11 de abril, por la que se aprueba el expediente de permuta de 9,4922 ha de terrenos del monte de utilidad pública número 236 "El Boalaje", de titularidad del Ayuntamiento de La Puebla de Valverde, por terrenos de titularidad particular en la parcela 107 del polígono 34 del catastro de rústica del término municipal de La Puebla de Valverde (Teruel), solicitada por D. Teodoro Collado Pérez y D. Guillermo Collado Pérez.

Publicado el 11/05/2017 (Nº 88)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Vista la solicitud de D. Teodoro y D. Guillermo Collado Pérez, que ha tenido entrada en el registro del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad con fecha 14 de julio de 2016, por el que interesa autorización administrativa para la permuta de 9,4922 ha del dominio público forestal del monte de utilidad pública número 236 denominado "El Boalaje" localizado en el término municipal de La Puebla de Valverde, perteneciente al mismo Ayuntamiento, con 14,2338 ha de su propiedad localizadas en la parcela 107 del polígono 34 del mismo término municipal, y teniendo en cuenta los siguientes:

Antecedentes

Primero.- El expediente se inicia con la solicitud para la permuta de terrenos presentada por D. Teodoro Collado Pérez el 14 de julio de 2016.

Segundo.- La iniciativa cuenta con el consentimiento de la entidad propietaria del monte mediante Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de La Puebla de Valverde celebrado el día 28 de junio de 2016, según se desprende de la documentación que obra en el expediente: notificación de Acuerdo del Pleno expedida por el Secretario municipal.

Tercero.- Consta en el expediente administrativo el correspondiente informe técnico, acompañado de los planos que definen las zonas a incluir y excluir, y que da cuenta de toda la tramitación seguida, del estado administrativo del monte, de la descripción de las parcelas a incluir y excluir, de la valoración de los bienes a permutar, y de la representatividad de la superficie a permutar con respecto al monte, emitido con fecha 17 de octubre de 2016.

Cuarto.- El expediente se ha sometido a información pública durante veinte días mediante anuncio publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 228, de 25 de noviembre de 2016. En el periodo de información pública tuvo entrada un escrito del Ayuntamiento de La Puebla de Valverde indicando un error de numeración en una de las parcelas listadas en el informe.

Quinto.- El Director del Servicio Provincial de Teruel del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad con fecha 29 de diciembre de 2016, emite Informe-propuesta favorable a la aprobación de la permuta y con fecha de 9 de enero de 2017, eleva el expediente para su resolución definitiva, de acuerdo con lo actuado en la tramitación del expediente.

Fundamentos Jurídicos

Primero.- Conforme a la Ley 2/2016, de 28 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad autónoma de Aragón, artículo 41, corresponde la competencia para tramitar, resolver y emitir informe al órgano competente por razón de la materia integrado en la estructura del Departamento competente en la materia de medio ambiente.

Segundo.- Artículo 17 de la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón, respecto a las permutas de todo o parte de montes catalogados.

Tercero.- A los efectos de lo dispuesto en el artículo 39bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, debe precisarse que las medidas y el condicionado ambiental que incorpora la presente resolución quedan justificadas y motivada su necesidad para la protección del medio ambiente, ya que dicha protección constituye una razón imperiosa de interés general.

Cuarto.- Es de aplicación la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por haber dado inicio este expediente con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Vistos La Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de montes de Aragón; la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes; Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes; la Ley 2/2016, de 28 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás aplicaciones de general aplicación.

De conformidad con la propuesta de la Dirección del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Teruel, y a propuesta del Director General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, haciendo uso en lo que se refiere a las permutas en montes de utilidad pública, de la delegación de competencia acordada por el Gobierno de Aragón en su sesión de 31 de enero de 2017 (publicada en "Boletín Oficial de Aragón", número 67, de 6 de abril de 2017), resuelvo:

Autorizar la permuta de 9,4922 ha terrenos del monte de Utilidad Pública número 236 "El Boalaje", de titularidad del Ayuntamiento de La Puebla de Valverde, por terrenos de titularidad particular en la parcela 107 del polígono 34 del catastro de rústica del término municipal de La Puebla de Valverde (Teruel), solicitada por D. Teodoro Collado Pérez y D. Guillermo Collado Pérez, de acuerdo al siguiente detalle:

Primero.- Terrenos del monte de Utilidad Pública número 236 intervinientes en la permuta: se corresponden con las parcelas catastrales que se muestran en el anexo I.

La superficie a excluir del monte queda delimitada por las coordenadas (referidas al Datum ETRS-89, Huso 30N) que se muestran en el anexo II.

Segundo.- Terrenos de titularidad del solicitante interviniente en la permuta, que se incorporarán al monte: la parcela 107 del polígono 34 de La Puebla de Valverde.

La superficie a incluir en el monte queda delimitada por las coordenadas (referidas al Datum ETRS-89, Huso 30N) que se muestran en el anexo III.

Tercero.- La permuta se autoriza con las siguientes disposiciones:

a) la permuta conlleva implícita la exclusión de los terrenos intervinientes que actualmente integran parte del dominio público forestal del monte de Utilidad Pública número 236 "El Bolalaje".

b) la permuta conlleva implícita la inclusión en el monte de Utilidad Pública número 236 "El Boalaje" de los terrenos particulares intervinientes en la permuta.

c) La permuta deberá llevarse a cabo en el plazo máximo de dos años. Finalizado este plazo sin que se hayan llevado a cabo los correspondientes trámites ante el Registro de la propiedad, y sin que se haya entregado la correspondiente copia autorizada al Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Teruel, quedará sin efecto la presente autorización de permuta y las disposiciones que conlleva implícitas.

d) La diferencia de valor, en detrimento de los bienes del monte, que asciende a 1.174,06 (mil ciento setenta y cuatro euros con seis céntimos), será ingresado por el interesado en la cuenta de mejoras de los montes de utilidad pública de La Puebla de Valverde, en el momento de la formalización de la permuta.

e) Como consecuencia de la alteración del perímetro del monte debido a la exclusión e inclusión de terrenos, será necesaria la construcción de 4 mojones y la colocación y/o recolocación de 22 mojones, con las características especificadas en el informe técnico que obra en el expediente. Este trabajo deberá hacerse por el solicitante tras la formalización de la permuta en un plazo máximo de 6 meses. Para ello deberá seguir las instrucciones del personal del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Teruel, Sección de Defensa de la Propiedad.

Zaragoza, 11 de abril de 2017.

El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, JOAQUÍN OLONA BLASCO