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ORDEN DRS/603/2017, de 11 de abril, por la que se aprueba el expediente de exclusión de 1,2690 hectáreas de terrenos del monte de Utilidad Pública número 21 "Muela y Calar", de titularidad del Ayuntamiento de Griegos, y de inclusión de 1,3709 hectáreas de terrenos de titularidad municipal en la parcela 205 del polígono 3 del catastro de rústica del término municipal de Griegos al monte de Utilidad Pública número 324 "Dehesa la mayor", de la misma pertenencia, solicitada por el Ayuntamiento de Griegos.

Publicado el 11/05/2017 (Nº 88)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Vista la solicitud del Ayuntamiento de Griegos, que ha tenido entrada en el registro del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad con fecha 7 de julio de 2016, por el que remite el acuerdo adoptado por el Pleno en la sesión celebrada el 28 de junio de 2016, en el que acuerda solicitar la exclusión del monte de utilidad pública número 21 "Muela y Calar" de las parcelas 201, 202, 200 y 197 del polígono 3 con el fin de proceder a la realización de la actuación "Instalación de aserradero de troncos", y asimismo, acordando solicitar la inclusión en el monte de utilidad pública 324 "Dehesa la mayor" de 24.860 m² de la parcela 205 del polígono 3, y teniendo en cuenta los siguientes:

Antecedentes

Primero.- El expediente se inicia con la solicitud para la exclusión de terrenos del MUP 21 y la inclusión de terrenos en el MUP 324 presentada por el Ayuntamiento de Griegos el 7 de julio de 2016.

Segundo.- La iniciativa cuenta con el consentimiento de la entidad propietaria de ambos montes mediante Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Griegos celebrado el día 28 de junio de 2016, según se desprende de la documentación que obra en el expediente.

Tercero.- Consta en el expediente administrativo el correspondiente informe técnico, acompañado de los planos que definen las zonas a incluir y excluir, y que da cuenta de toda la tramitación seguida, del estado administrativo de los montes, de la descripción de las parcelas a incluir y excluir, de la valoración de los bienes a permutar, y de la representatividad de la superficie a permutar con respecto al monte, emitido con fecha 4 de noviembre de 2016.

Cuarto.- El expediente se ha sometido a información pública durante veinte días mediante anuncio publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 228, de 25 de noviembre de 2016. En el periodo de información pública no se presentaron alegaciones.

Quinto.- El Director del Servicio Provincial de Teruel del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad con fecha 29 de diciembre de 2016, emite Informe-propuesta favorable a la aprobación de la permuta y con fecha de 9 de enero de 2017, eleva el expediente para su resolución definitiva, de acuerdo con lo actuado en la tramitación del expediente.

Fundamentos Jurídicos

Primero.- Conforme a la Ley 2/2016, de 28 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad autónoma de Aragón, artículo 41, corresponde la competencia para tramitar, resolver y emitir informe al órgano competente por razón de la materia integrado en la estructura del Departamento competente en la materia de medio ambiente.

Segundo.- Artículo 17 de la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón, respecto a las permutas de todo o parte de montes catalogados.

Tercero.- A los efectos de lo dispuesto en el artículo 39bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, debe precisarse que las medidas y el condicionado ambiental que incorpora la presente resolución quedan justificadas y motivada su necesidad para la protección del medio ambiente, ya que dicha protección constituye una razón imperiosa de interés general.

Cuarto.- Es de aplicación la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por haber dado inicio este expediente con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Vistos La Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de montes de Aragón; la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes; Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes; la Ley 2/2016, de 28 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás aplicaciones de general aplicación

De conformidad con la propuesta de la Dirección del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Teruel, y a propuesta del Director General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, haciendo uso en lo que se refiere a las permutas en montes de utilidad pública, de la delegación de competencia acordada por el Gobierno de Aragón en su sesión de 31 de enero de 2017 (publicada en "Boletín Oficial de Aragón", número 67, de 6 de abril de 2017), resuelvo:

Autorizar la exclusión de 1,2690 ha terrenos del monte de Utilidad Pública número 21 "Muela y Calar", de titularidad del Ayuntamiento de Griegos, y la inclusión de 1,3709 ha de terrenos de titularidad municipal de la parcela 205 del polígono 3 del catastro de rústica del término municipal de Griegos en el monte de utilidad pública número 324 "Dehesa la mayor", solicitada por el ayuntamiento de Griegos (Teruel), de acuerdo al siguiente detalle:

Primero.- Los terrenos del monte de Utilidad Pública número 21 que se excluyen del monte, se corresponden con las parcelas catastrales que se muestran en el anexo I.

La superficie a excluir del monte queda delimitada por las coordenadas (referidas al Datum ETRS-89, Huso 30N) que se muestran en el anexo II.

Segundo.- Los terrenos de titularidad del Ayuntamiento de Griegos, a incluir en el monte 324 "Dehesa la mayor" se corresponden con parte de la parcela 205 del polígono 3 de Griegos, concretamente con una superficie de 1,3709 ha.

La superficie a incluir en el monte queda delimitada por las coordenadas (referidas al Datum ETRS-89, Huso 30N) que se muestran en el anexo III.

Tercero.- La exclusión de terrenos en el monte de Utilidad Pública número 21 e inclusión de terrenos en el monte de Utilidad Pública número 324 se autoriza con las siguientes condiciones:

a) la permuta conlleva implícita la exclusión de los terrenos intervinientes que actualmente integran parte del dominio público forestal del monte de Utilidad Pública número 21 "Muela y Calar".

b) la permuta conlleva implícita la inclusión en el monte de Utilidad Pública número 324 "Dehesa la mayor" de los terrenos municipales ofrecidos, en la parcela 205 del polígono 3.

c) La modificación del amojonamiento de los nuevos límites de los montes de Utilidad Pública número 21 y 324 como consecuencia de la exclusión e inclusión, con el consiguiente replanteo, construcción, colocación y eliminación de mojones que correrá a cargo del Ayuntamiento de Griegos. Este trabajo deberá hacerse por el solicitante tras la formalización de la permuta en un plazo máximo de 6 meses. Para ello deberá seguir las instrucciones del personal del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Teruel, Sección de Defensa de la Propiedad.

d) que se lleven los nuevos datos resultantes de este expediente al Catálogo de Utilidad Pública.

Zaragoza, 11 de abril de 2017.

El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, JOAQUÍN OLONA BLASCO