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RESOLUCIÓN de 4 de mayo de 2017, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se modifica la Resolución de 3 de febrero de 2017, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se modificaba la Resolución de 14 de enero de 2015, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convocó proceso selectivo para la provisión, con carácter temporal, de un puesto de Jefe de Sección de Radiodiagnóstico de la Unidad de Neurorradiología en el Hospital Universitario "Miguel Servet" de Zaragoza.

Publicado el 25/05/2017 (Nº 98)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

Con fecha 6 de marzo de 2017, se publicó, en el "Boletín Oficial de Aragón", número 44, la Resolución de 3 de febrero de 2017, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se modificaba la Resolución de 14 de enero de 2015, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convocó proceso selectivo para la provisión, con carácter temporal, de un puesto de Jefe de Sección de Radiodiagnóstico de la Unidad de Neurorradiología en el Hospital Universitario "Miguel Servet" de Zaragoza.

En el punto segundo de dicha Resolución de 3 de febrero de 2017, se modificaban los requisitos que debían cumplir los aspirantes al citado puesto, exigiéndose el cumplimiento de los requisitos de los puestos singularizados de Facultativo Especialista de Área de Radiodiagnóstico-Neurorradiología Intervencionista, creados por Resolución de 18 de julio de 2016, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud.

Con posterioridad a la publicación de la referida Resolución de 3 de febrero de 2017, la Gerencia de Sector Zaragoza II ha solicitado que no se exijan los mencionados requisitos de los puestos singularizados de Facultativo Especialista de Área de Radiodiagnóstico-Neurorradiología Intervencionista, debido a que en la Unidad de Neurorradiología del Hospital Universitario "Miguel Servet" se realizan otras técnicas además de la de neurorradiología intervencionista, por lo que dichos requisitos no se exigen para todos los puestos de facultativo especialista de área de dicha Unidad.

Por ese motivo, es necesario modificar los requisitos que deben reunir los aspirantes al puesto de Jefe de Sección de Radiodiagnóstico de la Unidad de Neurorradiología, para suprimir los requisitos de los puestos singularizados de Facultativo Especialista de Área de Radiodiagnóstico-Neurorradiología Intervencionista.

En virtud de lo anterior, esta Dirección Gerencia resuelve:

Primero.- Dejar sin efecto el punto segundo de la Resolución de 3 de febrero de 2017, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se modificó la Resolución de 14 de enero de 2015, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convocó proceso selectivo para la provisión, con carácter temporal, de un puesto de Jefe de Sección de Radiodiagnóstico de la Unidad de Neurorradiología en el Hospital Universitario "Miguel Servet" de Zaragoza.

En consecuencia, el apartado c del punto 1 de la base tercera de la Resolución de 14 de enero de 2015, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convocó proceso selectivo para la provisión, con carácter temporal, de un puesto de Jefe de Sección de Radiodiagnóstico de la Unidad de Neurorradiología en el Hospital Universitario "Miguel Servet" de Zaragoza queda redactado en los mismos términos que en la convocatoria inicial y que a continuación se reproducen:

c) Estar en posesión del título de Médico Especialista en Radiodiagnóstico expedido por el Ministerio de Educación, o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación por el Ministerio de Educación, dentro del plazo de presentación de instancias. En cualquier caso, dichos títulos, diplomas o certificados deberán ser previamente reconocidos por el Ministerio de Educación.

Segundo.- Se abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", para que, a la vista de la nueva modificación de los requisitos de participación, puedan presentar solicitud aquellos candidatos que no lo hayan hecho hasta ahora.

Tercero.- Los requisitos exigidos para participar en la convocatoria que ahora se modifica deberán poseerse hasta el último día del plazo señalado en el punto segundo de la presente resolución para la presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión. Asimismo, solo se valorarán los méritos referidos hasta el último día de dicho plazo de presentación de solicitudes.

Cuarto.- Los candidatos que ya hubieran presentado solicitud para participar en la convocatoria del puesto, podrán presentar, dentro del plazo señalado en el punto segundo de la presente resolución, los méritos que no hubieran presentado en su día, así como los que hubieran adquirido desde la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, tanto para la convocatoria inicial como para la modificación de la misma, hasta el último día del nuevo plazo establecido en la presente resolución.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad en el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón y en el artículo 58.2 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

Zaragoza, 4 de mayo de 2017.

El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, JAVIER MARIÓN BUEN