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ORDEN ECD/1135/2017, de 18 de julio, por la que se resuelve la convocatoria a los centros sostenidos con fondos públicos de niveles no universitarios de la Comunidad de Aragón para solicitar Auxiliares de Conversación para el curso 2017/2018.

Publicado el 10/08/2017 (Nº 153)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Por Orden ECD/82/2017, de 16 de enero, ("Boletín Oficial de Aragón", número 27, de 9 de febrero de 2017), se convoca a los centros sostenidos con fondos públicos de niveles no universitarios de la Comunidad de Aragón para solicitar auxiliares de conversación para el curso 2017/2018.

Con fecha de 19 de junio de 2017, el Director General de Innovación, Equidad y Participación, firmó la propuesta de resolución provisional de esta convocatoria, que fue publicada en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte (www.educaragon.org) el día 19 de junio de 2017.

Transcurrido el plazo para presentar alegaciones, habiéndose cumplido los trámites establecidos de conformidad con lo establecido en el apartado noveno de la orden de convocatoria, y a propuesta del Director General de Innovación, Equidad y Participación, resuelvo:

Primero.- Aprobar los listados de propuestas priorizadas por cada Servicio Provincial para la acogida de auxiliares de conversación para el curso 2017/2018 que figura como anexo I.

En los listados se indican los centros priorizados por cada Servicio Provincial, ordenados por idioma y puntuación, y los centros excluidos, con indicación de la causa.

Figurar en el listado de propuestas priorizadas no garantiza la acogida final de un auxiliar, pues ésta dependerá del número de auxiliares que el Departamento de Educación, Cultura y Deporte pueda seleccionar o financiar, y de la elección de las características de los centros por parte de los candidatos seleccionados.

Segundo.- Aprobar el listado de centros excluidos con expresión de la causa que figura como anexo II.

Tercero.- Ordenar la publicación de esta orden en el "Boletín Oficial de Aragón", y en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, www.educaragon.org.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de diciembre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

De acuerdo con la normativa citada, los centros públicos no están legitimados para interponer dichos recursos. No obstante, podrán oponerse a esta orden mediante escrito motivado, indicando las razones que fundamentan su pretensión.

Zaragoza, 18 de julio de 2017.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN