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RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, relativo a la propuesta de modificación del trazado aprobado para la variante Este de Binéfar (Alternativa 1). Conexión carretera N-240 con A-140 y A-133. Clave: AT-394-HU.PO, promovida por la Dirección General de Carreteras (Expediente INAGA 01J/2015/02485).

Publicado el 05/05/2015 (Nº 83)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Con fecha 16 de marzo de 2015, se recibe en el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,solicitud de informe de la Dirección General de Carreteras relativo a la propuesta de modificación del trazado aprobado para la variante Este de Binéfar, para que este Instituto se pronuncie sobre la necesidad de someterlo de nuevo a evaluación de impacto ambiental.

Vista la documentación recibida, se informa lo siguiente:

Antecedentes

El 1 de diciembre de 2009 ("Boletín Oficial de Aragón", número 247, de 22 de diciembre de 2009), el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental formuló la declaración de impacto ambiental del proyecto de la "Variante Este de Binéfar. Conexión de la carretera N-240 con las carreteras A-140 y A-133. Clave: EI-394-HU", en el término municipal de Binéfar (Huesca), promovido por la Dirección General de Carreteras del Gobierno de Aragón, concluyendo que el proyecto no afectaba a espacios incluidos en la Red Natura 2000, siendo la afección más notable el efecto barrera que ese tipo de infraestructuras generan sobre la fauna y estableciendo una serie de requisitos para minimizar el impacto ambiental (Número Expte. INAGA 500201/01/2009/06702).

El 4 de junio de 2014 ("Boletín Oficial de Aragón", número 121, de 24 de junio de 2014), el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental formuló la resolución por la que se modificó la condición dos de la declaración de impacto ambiental (2 de la DIA), para ampliar hasta el 2 de abril de 2016 su ámbito temporal (Número Expte. INAGA 500201/01/2014/03557).

Información aportada en el documento de propuesta de modificación del trazado aprobado para la Variante Este de Binéfar (Alternativa 1).

Tras la exposición de los antecedentes del proyecto y de su tramitación administrativa, se exponen las afecciones detectadas en el replanteo del eje aprobado en el estudio informativo (EI), por ocupación o por servidumbre en los tramos A y B. Debido al impacto que sobre el medio socioeconómico suponen las afecciones detectadas, se han estudiado propuestas de modificación del trazado que cumpliendo la normativa vigente de trazado de la Instrucción de carreteras, tengan un menor efecto sobre los inmuebles y otros bienes, y al mismo tiempo no incrementen la afección al entorno paisajístico, a la flora y la fauna existentes.

Se proponen dos posibles trazados: el trazado 1. que varía el trazado del EI entre los p.k. 0+200 y 1+900, con una separación máxima de 220 m, y variaciones en la conexión final con la carretera A-133; y el trazado 2, que varía el trazado del EI entre los p.k. 0+200 y 1+700 del tramo A, con separación máxima de 195 m respecto del E.I En ambos caso, las variaciones se integran en un mosaico de parcelas de cultivo de regadío, teniendo mayor impacto el trazado 2 sobre las reposiciones de riego, por lo que el documento concluye que dada la problemática que genera el trazado aprobado en el EI, y una vez analizadas las propuestas de modificación de trazado, se propone el desarrollo del trazado 1.

Dictamen

La modificación de trazado propuesto como alternativa de trazado 1 discurre sobre un mosaico de parcelas de cultivo de regadío donde la única vegetación natural afectada, al igual que en el trazado aprobado en el EI, serán especies arvenses existentes en los límites de las parcelas de cultivo y algunos pies aislados de chopo y nogal. El trazado modificado no afecta a espacios de la Red Natura 2000 aunque generará un efecto barrera sobre la fauna, similar al del trazado aprobado en el EI. Se mantiene la afección sobre el dominio público pecuario.

Por todo ello, se considera que las afecciones sobre el medio no se verán incrementadas por el nuevo trazado de la propuesta de modificación para la variante Este de Binéfar, por lo que no se considera necesaria una nueva evaluación de impacto ambiental.

En cualquier caso, se deberán adoptar los requisitos establecidos en la DIA del proyecto de la "Variante Este de Binéfar. Conexión de la carretera N-240 con las carreteras A-140 y A-133. Clave EI-394-HU", en el término municipal de Binéfar (Huesca), para el trazado modificado, tanto en lo que se refiere al condicionado de carácter general, como respecto a las medidas correctoras, gestión de residuos, patrimonio cultural, vías pecuarias y plan de vigilancia ambiental.

Zaragoza, 30 de marzo de 2015.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

NURIA GAYÁN MARGELÍ