Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN de 3 de junio de 2015, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 1 de junio de 2015, del Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se ordena la inscripción de la "Asociación de Entidades del Sistema de Seguridad Industrial de Aragón (AESSIA)" en el Registro de entidades colaboradoras de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para el aseguramiento voluntario de la calidad de los servicios de seguridad industrial.

Publicado el 11/06/2015 (Nº 110)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN

Texto completo:

Mediante Resolución de 1 de junio de 2015, del Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, se ordena la inscripción de la "Asociación de Entidades del Sistema de Seguridad Industrial de Aragón (AESSIA)" en el Registro de entidades colaboradoras de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para el aseguramiento voluntario de la calidad de los servicios de seguridad industrial, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento sobre el régimen jurídico de las citadas entidades colaboradoras, aprobado por el Decreto 38/2015, de 18 de marzo, del Gobierno de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada resolución, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 3 de junio de 2015.

El Consejero de Industria e Innovación,

ARTURO ALIAGA LÓPEZ

ANEXO

RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2015, del Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se orden la inscripción de la "Asociación de Entidades del Sistema de Seguridad Industrial de Aragón (AESSIA)" en el Registro de entidades colaboradoras de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para el aseguramiento voluntario de la calidad de los servicios de seguridad industrial.

Visto el escrito presentado con fecha 15 de mayo de 2015 por D. Luis Soriano Bayo, en nombre y representación de la "Asociación de Entidades del Sistema de la Seguridad Industrial de Aragón (AESSIA)", solicitando la inscripción de la citada Asociación en el Registro de entidades colaboradoras de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para el aseguramiento voluntario de la calidad de los servicios de seguridad industrial, regulado en el artículo 15 del Reglamento aprobado por el Decreto 38/2015, de 18 de marzo, del Gobierno de Aragón, y resultando los siguientes,

Antecedentes de hecho

Primero.- D. Luis Soriano Bayo, en su calidad de Presidente de la "Asociación de Entidades del Sistema de la Seguridad Industrial de Aragón (AESSIA)", con N.I.F. G99431413 y con domicilio social en C/ Coso, número 31, Planta 4.ª Despacho 4.3 de Zaragoza, actuando en nombre y representación de la misma, de acuerdo con lo previsto en el artículo 31 de sus estatutos, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15.4 del Reglamento sobre el régimen jurídico de las entidades colaboradoras de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para el aseguramiento voluntario de la calidad de los servicios de seguridad industrial, aprobado por el Decreto 38/2015, de 18 de marzo, del Gobierno de Aragón, solicitó en su escrito de fecha 15 de mayo de 2015, la inscripción de la citada Asociación en el apartado específico de "entidades en proceso de habilitación como colaboradoras" del Registro de entidades colaboradoras.

Segundo.- La "Asociación de Entidades del Sistema de la Seguridad Industrial de Aragón (AESSIA)" presentó la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14.3 del Reglamento aprobado por el Decreto 38/2015, de 18 de marzo, del Gobierno de Aragón.

Fundamentos de Derecho

Primero.- El Reglamento sobre el régimen jurídico de las entidades colaboradoras de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para el aseguramiento voluntario de la calidad de los servicios de seguridad industrial, aprobado por el Decreto 38/2015, de 18 de marzo, del Gobierno de Aragón, regula los requisitos que deben reunir este tipo de entidades. En particular, y dado que el interesado ha solicitado su inscripción como entidad en proceso de habilitación como colaboradora, los requisitos que deben cumplir este tipo de entidades son los que se especifican en el artículo 14.3 del citado Reglamento.

Segundo.- La documentación que el interesado adjunta a su solicitud acredita el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14.3 del Reglamento en relación con:

- La manifestación de su voluntad de obtener la condición de entidad colaboradora de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para el aseguramiento voluntario de la calidad de los servicios de seguridad industrial.

- La participación de agentes de la seguridad industrial o de entidades que los representen.

- La naturaleza de la entidad.

- El plan estratégico viable.

Tercero.- El artículo 15 del Reglamento regula el procedimiento de inscripción en el Registro de entidades colaboradoras.

Atendiendo a lo anterior y visto lo dispuesto por las disposiciones citadas y demás disposiciones de general y pertinente aplicación, procede, resuelvo:

Primero.- Ordenar la inscripción en el "Registro de las entidades colaboradoras", en el apartado de "Entidades en proceso de habilitación como colaboradoras" de la entidad "Asociación de Entidades del Sistema de la Seguridad Industrial de Aragón", con arreglo a la siguiente información:

Razón social: Asociación de Entidades del Sistema de la Seguridad Industrial de Aragón

N.I.F. G99431413

Domicilio social: C/ Coso, número 31, Planta 4.ª Despacho 4.3 de Zaragoza

Nombre comercial: AESSIA

Dirección web: www.aessia.org

Correo electrónico: información@aessia.org

Segundo.- La Asociación de Entidades del Sistema de la Seguridad Industrial de Aragón (AESSIA) notificará a la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa cualquier cambio sustancial de las condiciones que han dado lugar a la presente inscripción. Esta Dirección General podrá, en base a los cambios comunicados, revocar, suspender, modificar o mantener la presente inscripción.

Tercero.- Proponer al Consejero de Industria e Innovación la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de esta resolución, a efectos puramente informativos.

Cuarto.- Dar traslado de esta resolución para su conocimiento al Consejo de Industria de Aragón.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria e Innovación en el plazo de un mes según lo previsto en el artículo 58.1 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro recurso que estime procedente.

Zaragoza, 1 de junio de 2015

El Director General de Industria y

la Pequeña y Mediana Empresa,

Carlos Javier Navarro Espada.