Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN PRE/543/2017, de 5 de abril, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Fundación bancaria Ibercaja, para la implantación y desarrollo del proyecto de bono cultural "Aragón es Cultura".

Publicado el 02/05/2017 (Nº 81)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2017/7/0032 el convenio suscrito, con fecha 23 de marzo de 2017, por la Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón y el Jefe de la Obra Social de la Fundación bancaria Ibercaja, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 5 de abril de 2017.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA FUNDACIÓN BANCARIA IBERCAJA, PARA LA IMPLANTACIÓN Y DESARROLLO DEL PROYECTO DE BONO CULTURAL "ARAGÓN ES CULTURA"

23 de marzo de 2017.

De una parte, la Sra. D.ª María Teresa Pérez Esteban, Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, en virtud del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón; actúa en nombre y representación de la Comunidad Autónoma, en el ejercicio de sus competencias, según a lo establecido en el artículo 12.24) de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, conforme la autorización acordada en Consejo de Gobierno de fecha 14 de febrero de 2017.

Y de otra, D. Juan Carlos Sánchez Bielsa, Jefe de la Obra Social de la Fundación bancaria Ibercaja, que tiene su domicilio social en Zaragoza, c/ Joaquín Costa, 13, y CIF: G50000652, en representación de esta institución.

Los firmantes, en la representación con que actúan, se reconocen la capacidad legal para otorgar el presente convenio, en el que

El Gobierno de Aragón, a través de la Dirección General de Cultura y Patrimonio, en virtud de lo establecido en el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte ("Boletín Oficial de Aragón", número 246, de 23 de diciembre de 2015), ejerce las funciones de promoción y fomento de las artes, la cultura y el patrimonio cultural de Aragón, en todas y cada una de sus manifestaciones, así como el fomento de la industria cultural aragonesa y la programación, ejecución, seguimiento y análisis de las acciones culturales.

La Fundación bancaria Ibercaja, de acuerdo con sus estatutos, tiene dentro de sus fines la creación, realización y fomento de obras sociales y culturales que impulsen el desarrollo de su ámbito de actuación, especialmente actividades asistenciales, culturales, docentes, benéficas, de investigación o cualesquiera otras de finalidad social, conforme a su naturaleza fundacional.

Con la finalidad de conseguir que el sector cultural se vea reforzado, es necesario facilitar el acceso al ocio y la cultura a todos los ciudadanos, considerando imprescindible que los jóvenes aragoneses sean uno de los centros de atención que permita la renovación del público en los distintos apartados de la cultura de Aragón.

Siendo de interés de ambas partes complementar sus esfuerzos para conseguir los fines expuestos anteriormente, y en base a lo dispuesto en la Comisión de Ayudas de la Obra Social de la Fundación bancaria Ibercaja, deciden formalizar un convenio de colaboración con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

.- Objeto.

Es objeto del presente convenio formalizar la colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Fundación bancaria Ibercaja, para la implantación y desarrollo del programa de bono cultural "Aragón es Cultura".

Para ello, ambas partes colaborarán para la puesta en marcha de una aplicación informática que muestre los contenidos de la agenda cultural de Aragón y que facilite el acceso y la consulta de los eventos culturales aragoneses, así como las ventajas que ofrecen a los usuarios los establecimientos adheridos al programa.

Segunda.- Compromisos de las partes.

El Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, aportará los medios personales necesarios para llevar a cabo las siguientes actuaciones:

- Relación con las empresas (establecimientos y comercios) que se incorporen al proyecto de bono cultural "Aragón es Cultura", incluyendo las ventajas ofrecidas.

- Gestión de los contenidos de la agenda cultural de Aragón que se incorporará a la aplicación informática, herramienta que recogerá y comunicará los eventos.

- Difusión del objeto del presente convenio de colaboración, así como de las actividades incluidas en el mismo.

Por su parte, la Fundación bancaria Ibercaja asumirá los siguientes compromisos:

- Habilitar un presupuesto por la cantidad de 30.000 euros, siendo efectivo un pago de 15.000 euros en el año 2017 y el segundo pago de la cantidad restante, 15.000 euros, en el año 2018, destinado para los gastos de contratación de la realización de una aplicación que muestre los contenidos de la agenda cultura de Aragón y su utilización por los usuarios.

- Creación de una pasarela de pago a los efectos de facilitar el abono de los usuarios a través de la entidad bancaria.

Tercera.- Forma de pago,

La Fundación bancaria Ibercaja aportará la cantidad de treinta mil euros (30.000 €). Esta cantidad se destinará al pago de alguna de las facturas que genere el proyecto objeto de esta colaboración, con un importe máximo de 15.000 euros en 2017, y la misma cantidad para 2018. Dichas facturas, se emitirán de acuerdo con los siguientes datos de facturación:

Fundación bancaria Ibercaja.

NIF: G5000652.

Domicilio: Joaquín Costa, 13.

50001 Zaragoza.

Se presentarán en esa dirección, con el visado del representante de la Fundación bancaria Ibercaja en este convenio, en fecha no superior a 40 días desde su expedición.

Cuarta.- Publicidad.

El Gobierno de Aragón y la Fundación bancaria Ibercaja se reservan el derecho de autorizar que la aplicación informática del proyecto de bono cultural "Aragón es Cultura", incluya y publicite actividades culturales y formativas pertenecientes a cualquier otra entidad que lo solicite.

Quinta.- Comisión de seguimiento.

Para la puesta en marcha, control, coordinación y seguimiento de las actividades previstas en el presente convenio, se crea una comisión mixta de seguimiento integrada por dos representantes de cada una de las partes intervinientes. A esta comisión, podrá incorporarse una representante de la empresa que haya realizado el software, cuando sea requerida a petición cualquiera de las partes, que asistirá con voz pero sin voto.

Esta comisión ejercerá las siguientes funciones:

a) Realizar el seguimiento de los contenidos de la aplicación y su utilización por parte de los usuarios.

b) Valorar la difusión de este convenio, su aplicación y seguimiento de forma concreta.

c) Proponer cualquier actividad relativa a la mejora de la aplicación.

La comisión se reunirá al menos una vez al año y, en cualquier caso, a propuesta de cualquiera de las partes, cuando lo estimen conveniente. En su primera reunión, se acordará la persona que la presidirá. En cuanto a su régimen de funcionamiento, en lo no regulado en el presente convenio, se regirá por lo establecido en el capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Sexta.- Difusión.

En cualquier difusión, siempre deberá figurar el logotipo de las partes firmantes.

En todo caso, cualquier documento de difusión que se derive de las acciones contempladas en este convenio que suponga la utilización de la imagen corporativa del Gobierno de Aragón exigirá el previo informe de la Comisión de Comunicación Institucional, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

Séptima.- Vigencia.

El presente convenio surtirá efectos desde la fecha de su firma y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018. Su vigencia se podrá prorrogar mediante adenda suscrita por las partes, por periodos anuales coincidentes con el año natural.

En caso de prórroga, las aportaciones de la entidad financiera en los sucesivos ejercicios se fijarán en la adenda que suscriban las partes.

Octava.- Causas de extinción.

El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

En particular, serán causas de resolución:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un plazo de dos meses con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a los miembros de la Comisión de seguimiento.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores, prevista las leyes.

Novena.- Datos de carácter personal.

Las partes firmantes de este convenio deberán respetar las prescripciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y del Reglamento de desarrollo de la mencionada ley, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, en relación con los datos que pudiesen obtener con motivo de la ejecución del presente convenio, así como el resto de normativa que resulte aplicable en la materia.

Décima.- Naturaleza del convenio y jurisdicción competente.

El presente convenio tiene carácter administrativo y, en consecuencia, todas las cuestiones o diferencias que puedan surgir entre el Gobierno de Aragón y la Fundación, en relación con la interpretación, ejecución, cumplimiento y extinción del mismo, se someterán a la jurisdicción contencioso-administrativa.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se suscribe el presente convenio de colaboración, por duplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.