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RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2014 del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Huesca por la que se convocan pruebas para la obtención del certificado de profesional habilitado en la especialidad de instalaciones de gas, categoría B.

Publicado el 16/10/2014 (Nº 203)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN

Texto completo:

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de las acreditaciones profesionales, la autorización de empresas y la acreditación de entidades de formación en materia de seguridad industrial, aprobado mediante Decreto 116/2003, de 3 de junio, del Gobierno de Aragón, se convocan pruebas para la obtención del certificado de profesional habilitado en la especialidad de instalaciones de gas, categoría B con sujeción a las siguientes bases:

1.ª Solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de quince días hábiles siguientes a la

publicación de la presente resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

Para dicha solicitud deberá utilizarse el modelo E0107 según lo dispuesto en la orden de 22 de marzo de 2013, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se aprueba el texto refundido de los anexos I, II, III, IV y V del Reglamento de las acreditaciones profesionales, la autorización de empresas y la acreditación de entidades de formación en materia de seguridad industrial, aprobado mediante Decreto 116/2003, de 3 de junio, del Gobierno de Aragón.

Dichos impresos estarán a disposición de los interesados en las dependencias de los Servicios Provinciales de Industria e Innovación, en la página web del Gobierno de Aragón (http://www.aragon.es/seguridadindustrial en el apartado Profesionales, empresas y entidades de formación) y en el Servicio de Información y Documentación Administrativa sito en el Paseo María Agustín número 36 de Zaragoza, Edificio Pignatelli, puerta 3.

Las solicitudes irán dirigidas al Servicio Provincial de Industria e Innovación de Huesca, y se presentarán en el Registro de entrada de la sede del Gobierno de Aragón en Huesca, Plaza Cervantes, 1, planta baja (Huesca), o en cualquiera de los previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A la solicitud de admisión a las pruebas para la obtención de certificados de profesional habilitado se acompañará:

- Fotocopia del DNI o documento identificativo oficial.

- Ejemplar para la Administración del modelo de autoliquidación que acredite el pago de los derechos de examen que figura en la base 2.ª de esta convocatoria.

- Documentación que acredite la posesión de los conocimientos teóricos y prácticos en la materia específica de la actividad profesional en la especialidad de instalaciones de gas, categoría B de acuerdo a lo establecido en el anexo II apartado 4 del Decreto 116/2003, de 3 de junio, del Gobierno de Aragón. Dicha documentación se utilizará para la evaluación del cumplimiento de lo dispuesto en la base 3.ª de la presente convocatoria.

2.ª Derechos de examen.

Los derechos de examen se fijan en 30,25 euros, de acuerdo con la Ley 2/2014, de 23 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón "Boletín Oficial de Aragón", número 17, de 25 de enero de 2014, que deberá realizarse mediante autoliquidación según Modelo 514, Tasa 14, apartado 5, Orden de 13 de febrero de 2006, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por el que se aprueba el Modelo 514, de autoliquidación de determinadas Tarifas de la Tasa 14, por servicios en materia de ordenación de actividades industriales, energéticas, metrológicas, mineras y comerciales, "Boletín Oficial de Aragón", número 25, de 1 de marzo de 2006. Los interesados podrán obtener el correspondiente modelo en los Servicios Provinciales de Industria e Innovación o directamente a través del Portal Web del Gobierno de Aragón en la dirección (http://www.aragon.es).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de

Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, únicamente procederá la devolución del importe de la tasa en los siguientes supuestos:

a) Cuando no se hubieran prestado, o se hubieran prestado de forma notoriamente deficiente, por causa imputable a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, los servicios y actuaciones administrativas relativos a la admisión o exclusión de los aspirantes en los correspondientes procesos selectivos.

b) Cuando se hubiera presentado la solicitud de admisión fuera del plazo previsto en esta convocatoria.

c) Cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución administrativa o sentencia

judicial firmes.

3.ª Requisitos de admisión al examen reglamentario.

- Encontrarse en edad laboral antes de que termine el plazo de presentación de solicitudes.

- Y acreditar que se ha cursado y superado el Curso teórico-práctico impartido por una entidad de formación autorizada en Aragón en la especialidad de instalaciones de gas categoría B. Número de horas: 120 horas (60 horas teóricas + 60 prácticas).

4.ª Admisión y exclusión de candidatos al examen reglamentario.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes la Comisión provincial de evaluación comprobará el cumplimiento de los requisitos generales y el de conocimientos teóricos prácticos de los solicitantes al objeto de determinar su admisión o no al examen reglamentario.

Se expondrá la lista provisional de admitidos y excluidos al examen reglamentario en el tablón de anuncios del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Huesca y en la página web del Gobierno de Aragón, concediéndose un plazo de diez días hábiles para la subsanación de los defectos que hayan motivado la exclusión.

Analizadas las alegaciones presentadas a la lista provisional de admitidos y excluidos, se publicará, por el mismo procedimiento, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

5.ª Contenido y desarrollo de los ejercicios.

En cualquier momento el tribunal podrá requerir a los candidatos que acrediten su identidad.

Los candidatos serán convocados en llamamiento único, y serán excluidos de las pruebas quienes no comparezcan, salvo casos discrecionalmente apreciados por la Comisión provincial de evaluación.

Las pruebas consistirán en la realización de dos ejercicios relacionados con la reglamentación correspondiente al certificado de profesional habilitado en la especialidad de instalaciones de gas, categoría B.

a) Teórico. Preguntas tipo test.

b) Práctico. Incluye cálculos y otras operaciones, pudiendo ser preguntas tipo test.

Para la realización del ejercicio práctico se podrán utilizar libros, textos documentos y medios técnicos para la realización de las citadas operaciones, aportados por los propios candidatos.

Ambos ejercicios estarán relacionados con temas referidos a la reglamentación vigente y relacionada con el certificado de profesional habilitado de la especialidad Gas-B. Las pruebas podrán incluir preguntas relacionadas con las normas UNE, EN, etc. citadas en la reglamentación de seguridad industrial.

A continuación, se relaciona la citada reglamentación:

- Decreto Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial de Aragón.

- Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la infraestructura de la calidad y la seguridad industrial.

- Real Decreto 559/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Integrado Industrial.

- Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología.

- Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida.

- Decreto 116/2003, de 3 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de las acreditaciones profesionales, la autorización de empresas y la acreditación de entidades de formación en materia de seguridad industrial.

- Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias relacionadas con las competencias de los profesionales habilitados en la especialidad de gas categoría B.

- Orden de 30 de marzo de 2007, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el procedimiento de acreditación del cumplimiento de las condiciones de seguridad industrial de las instalaciones receptoras de combustibles gaseosos y de las instalaciones de almacenamiento de gases licuados del petróleo en depósitos fijos, adaptándolo a la nueva legislación.

- Orden de 6 de julio de 2011, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula la inspección y la revisión periódica de las instalaciones receptoras de combustibles gaseosos y su coordinación con las inspecciones periódicas de eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios de Aragón.

6.ª Lugar, fecha y hora de realización del examen.

Lugar: Escuela Universitaria Politécnica de Huesca, sita en Carretera de Cuarte, s/n de Huesca.

Fecha: 28 de noviembre de 2014

Hora: 17:00

7.ª Comisión provincial de evaluación.

Presidente:

Titular: D.ª Marta P. Rodríguez Vicente

Suplente: D. Antonio Gómez Rodríguez

Vocales:

Titular: D. Roberto Borruel Nacenta

Suplente: D. José Luis Ara Porté

Titular: D. Bernardo Mariblanca Gregorio

Suplente: D.ª Yolanda Latorre Lacoma

Titular: D.ª Aurora Sabariego Ruiz

Suplente: D.ª Natalia Martínez Cebollada

Secretario (con voz, pero sin voto):

Titular: D.ª M.ª José Catalán Viu

Suplente: D. Jesús Abenoza Paúl

Los miembros de la Comisión provincial de evaluación deberán abstenerse de intervenir cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a las pruebas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los candidatos podrán recusar a los miembros de la Comisión provincial de evaluación cuando entiendan que se dan dichas circunstancias, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la citada ley.

El Presidente de la Comisión provincial de evaluación coordinará la realización de las pruebas y dirimirá los posibles empates en las votaciones con voto de calidad. El Secretario del Tribunal tendrá voz sin voto.

La Comisión provincial de evaluación resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de esta convocatoria durante el desarrollo de las pruebas selectivas.

El procedimiento de actuación de la Comisión provincial de evaluación se ajustará en todo momento a lo dispuesto en los artículos 22 y siguientes de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 25 y siguientes del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001 de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

8.ª Resultados.

La valoración de los exámenes reglamentarios dará lugar a la calificación de "apto" o "no apto".

La Comisión provincial de evaluación hará público el resultado del examen en el tablón de anuncios del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Huesca, así como en la página web del Gobierno de Aragón, lo que sustituirá a la notificación personal.

Las solicitudes de revisión de examen se realizarán en el plazo de tres días hábiles desde el siguiente a la publicación de la relación de aspirantes aptos y no aptos en el tablón de anuncios del Registro General.

Efectuadas las revisiones solicitadas y en el caso de que se produzcan variaciones en los aspirantes declarados aptos o no aptos, se publicarán dichas variaciones por el mismo procedimiento.

9.ª Emisión del certificado de profesional habilitado.

Quienes superen la prueba señalada en el punto 7 anterior, podrán solicitar la expedición del certificado de profesional habilitado debiendo aportar:

- Modelo E0101 debidamente cumplimentado, dicho modelo puede obtenerse por las vías indicadas indicados en el punto primero.

- Ejemplar para la Administración del modelo de autoliquidación que acredite el pago de la tasa por expedición de certificado de profesional habilitado modelo de autoliquidación 514, apartado 5 tarifa 48.1, que puede obtenerse por las vías indicadas en el punto segundo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Industria e Innovación, en el plazo de un mes desde su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria y de la actuación de la Comisión provincial de evaluación podrán ser impugnados, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante la interposición de recurso de alzada ante el Consejero de Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la respectiva publicación o notificación.

Huesca, 2 de octubre de 2014.- La Directora del Servicio Provincial. Marta P. Rodríguez Vicente.