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RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2013, del Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se incorporan los procedimientos para la puesta en servicio, baja e inspección periódica de ascensores al Sistema de Información de Expedientes Reglamentarios de Gestión Industrial de Aragón (SINERGIA).

Publicado el 18/06/2013 (Nº 118)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN

Texto completo:

Mediante la orden de 7 de mayo de 2012, del Consejero de Industria e Innovación, se aprobó el Sistema de Información de Expedientes Reglamentarios de Gestión Industrial de Aragón (SINERGIA), para la gestión electrónica de expedientes en materia de seguridad industrial.

En el punto tercero apartado cuarto de la citada orden se establece que corresponde a la Dirección General competente en materia de industria, a través del Servicio competente en materia de seguridad industrial, el control y seguimiento de la definición, implementación e incorporación de los procedimientos y de las actuaciones a SINERGIA.

La Orden de 21 de mayo de 2013, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se regula el procedimiento de acreditación del cumplimiento de las condiciones de seguridad industrial de las instalaciones de aparatos elevadores, ascensores, en su articulo 3 establece las actuaciones de acreditación del cumplimiento de las condiciones reglamentariamente exigibles a los ascensores, mediante comunicaciones dirigidas a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Según lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 27/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Industria e Innovación, corresponde a la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, la elaboración, propuesta, desarrollo, coordinación, control, y gestión de las actuaciones administrativas en materia de actividad industrial, de acuerdo con lo previsto en la Ley 12/2006, de 27 de diciembre, de regulación y fomento de la actividad industrial de Aragón.

Por todo ello, resuelvo:

Primero.- Incorporar a la plataforma SINERGIA dos nuevos procedimientos administrativos:

1. Comunicación de puesta en servicio y baja de ascensores.

N.º de identificación: 6

N.º procedimiento del Catálogo de modelos normalizados de solicitudes y comunicaciones dirigidas a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón: 1317

Regulación específica: Orden de 21 de mayo de 2013, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se regula el procedimiento de acreditación del cumplimiento de las condiciones de seguridad industrial de las instalaciones de aparatos elevadores, ascensores.

2. Comunicación de inspección periódica de ascensores.

N.º de identificación: 7

Regulación especifica: Orden de 21 de mayo de 2013, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se regula el procedimiento de acreditación del cumplimiento de las condiciones de seguridad industrial de las instalaciones de aparatos elevadores, ascensores.

Segundo.- En el artículo 6 de la Orden de 21 de mayo de 2013, en el apartado 4 se indica que, cuando se trate de una nueva instalación, se procederá a otorgar un número de identificación (RAE) y registro al ascensor, conforme a lo dispuesto en los artículos 11 (Gestión informática del procedimiento) y 13. La plataforma SINERGIA no dispone de un contador específico para generar números de identificación (RAE) de ascensores.

Por tanto mientras la plataforma SINERGIA no genere los números de identificación (RAE) de ascensores, se seguirá utilizando la gestión manual de números de identificación (RAE) para el registro de los ascensores, tal y como se indica en la disposición adicional quinta de la Orden de 21 de mayo de 2013.

Los Organismos de Control que tramiten comunicaciones de nueva instalación de ascensores a través de la plataforma SINERGIA, una vez diligenciada la ficha técnica, solicitarán al Servicio Provincial correspondiente por razón del territorio, el número de identificación del ascensor, mediante el formulario recogido en el anexo 3 de la Orden de 21 de mayo de 2013, indicando el número de expediente asignado por la plataforma SINERGIA o adjuntando una copia de la ficha técnica diligenciada cuando la plataforma SINERGIA no esté operativa.

Tercero.- Estos procedimientos estarán disponibles en la plataforma en un plazo de diez días a partir de la fecha de publicación de esta resolución, en función de la efectiva instalación de las herramientas informáticas correspondientes.

Cuarto.- Los expedientes relativos a los procedimientos incorporados a la plataforma, que a la fecha de estar disponibles en la misma, se encontraran en tramitación, deberán proseguir hasta su finalización con el mismo tratamiento con el que fueron iniciados.

Zaragoza, 4 de junio de 2013.

El Director General de Industria

y de la Pequeña y Mediana Empresa,

CARLOS JAVIER NAVARRO ESPADA