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DECRETO 36/2015, de 18 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, a efectuar una Encomienda de Gestión al Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón, para la ejecución de diversas actividades de desarrollo y mantenimiento de aplicaciones informáticas en materia de sanidad animal.

Publicado el 27/03/2015 (Nº 60)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

El Decreto 333/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, asigna a este Departamento, a través de la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario, entre otras, las competencias en materia de control de la sanidad pecuaria de la cabaña aragonesa.

La importancia del sector ganadero en nuestra Comunidad Autónoma, deriva del elevado censo de las principales especies ganaderas que se traduce en la necesidad de practicar anualmente un gran número de análisis (alrededor de 1.750.000), lo que conlleva una extraordinaria complejidad a la hora del tratamiento de las muestras desde el punto de vista técnico y administrativo. Por ello resulta imprescindible la utilización de potentes herramientas informáticas en todas las fases de análisis y fundamentalmente en la elaboración y transmisión de los resultados, de manera que lleguen a los servicios oficiales veterinarios con la mayor agilidad posible.

Los chequeos analíticos son realizados en el Laboratorio Agroambiental, dependiente del Servicio de Seguridad Agroalimentaria, y el control efectivo, derivado de ellos, recae sobre el Servicio de Recursos Ganaderos.

Por otra parte el elevado número de datos obtenidos a partir de esos análisis, precisa a su vez de nuevas aplicaciones informáticas para su tratamiento y utilización racional, posibilitando al Servicio de Recursos Ganaderos obtener información veraz que le permita tomar las decisiones oportunas en cada caso.

El Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente no puede afrontar el desarrollo de esas aplicaciones informáticas con los recursos de los que dispone.

Por otro lado, el Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón (en adelante, CITA) creado por la Ley 29/2002, de 17 de diciembre, configurado como entidad de derecho público que ajusta su actividad al derecho privado, y está adscrito al Departamento de Industria e Innovación mediante el Decreto 27/2012, de 24 de enero, que aprueba la estructura orgánica de este Departamento. El CITA tiene, entre otros, los fines de impulsar la investigación científica en materia agroalimentaria y fomentar la transferencia, la innovación y la formación en el sector agroalimentario aragonés.

De acuerdo con el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la realización de actividades de carácter técnico, de la competencia de los órganos administrativos, podrá ser encomendada a entidades de la misma administración, cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño; teniendo en cuenta que la encomienda no supone cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio. Según el artículo 38 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, la encomienda de gestión a un organismo público dependiente de otro Departamento de la administración autonómica precisará de la previa autorización del Gobierno de Aragón, y el decreto mediante el que se autorice, contendrá su régimen jurídico, con mención expresa de la actividad o actividades a las que afecte, plazo de vigencia, naturaleza y alcance de la gestión encomendada y obligaciones asumidas.

Por cuanto antecede, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 18 de marzo de 2015

DISPONGO

Primero.- Autorizar al Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente para realizar una encomienda de gestión de las actividades que se detallan en el anexo, por carecer de los medios técnicos idóneos para su desempeño, previa aceptación de la encomienda por el CITA, autorización que se hace efectiva en virtud de este acto.

Segundo.- Las actividades técnicas que se encomiendan tienen por objeto la ampliación, desarrollo y mantenimiento de aplicaciones informáticas que permitan un control adecuado de la sanidad pecuaria aragonesa por parte de la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario, como órgano competente en materia de sanidad animal.

Tercero.- Será responsabilidad del CITA, en el desempeño de estas actividades:

1. Aportar los medios materiales y humanos para la realización de la encomienda.

2. Informar a la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario sobre el desarrollo de las actividades encomendadas.

3. Seguir las directrices de la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario en lo relativo a objetivos y aspectos técnicos.

Cuarto.- El seguimiento de las actividades encomendadas correrá a cargo de los Servicios de Recursos Ganaderos y de Seguridad Agroalimentaria de la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario. La encomienda no implica la cesión de la titularidad de las competencias anteriormente expresadas ni de los elementos sustantivos de su ejercicio por parte del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, siendo responsabilidad de este último dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte a las actividades objeto de la encomienda.

Quinto.- El coste de la presente encomienda asciende a 22.250 euros, que se abonarán con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente:

Sexto.- El CITA deberá presentar la justificación de la actividad realizada, así como los costes asociados al proyecto.

1. El pago se efectuará previa certificación de la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario, una vez emitido el certificado del Jefe del Servicio de Seguridad Agroalimentaria en el que se exprese la conformidad con las actividades realizadas y su coste.

2. El plazo de presentación de los documentos para la justificación de los gastos imputables terminará el día 1 de diciembre de 2015. No obstante, en caso necesario, la justificación del pago de las nóminas, los seguros sociales del personal técnico contratado por el CITA y otros gastos materiales de los meses de octubre, noviembre y diciembre se efectuará mediante certificado del Director o Secretario del CITA, en el que conste el pago pendiente de abono por dichos conceptos así como el compromiso de su pago y de la aportación de los justificantes correspondientes antes del 15 de febrero del año siguiente.

3. El plazo previsto en el punto anterior podrá ser objeto de prórroga previa solicitud motivada presentada por el CITA, dirigida al Director General de Alimentación y Fomento Agroalimentario, debiendo ser solicitada la prórroga y autorizada la misma antes de la terminación del plazo de justificación.

Séptimo.- La vigencia de la encomienda de gestión podrá ser suspendida o dejada sin efecto en caso de incumplimiento de las directrices y medidas previstas en este decreto.

Octavo.- Este decreto producirá efectos desde el día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 18 de marzo de 2015.

La Presidenta del Gobierno de Aragón,

LUISA FERNANDA RUDI ÚBEDA

El Consejero de Agricultura, Ganadería

y Medio Ambiente,

MODESTO LOBÓN SOBRINO

ACTIVIDADES OBJETO DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DEL DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE AL CITA PARA LA EJECUCIÓN DE DIVERSAS ACTIVIDADES DE DESARROLLO Y MANTENIMIENTO DE APLICACIONES INFORMÁTICAS EN MATERIA DE SANIDAD ANIMAL (2015)

1. Actividades de ampliación de la aplicación informática de gestión de muestras, de la Unidad de Sanidad Animal del Laboratorio Agroambiental.

A) Ampliar la aplicación para las salas de Microbiología, Parasitología y Anatomía Patológica de la Unidad de Sanidad Animal del Laboratorio Agroambiental, con los siguientes objetivos:

- Que los usuarios de las explotaciones ganaderas puedan conocer en cada momento el estado de los análisis de las muestras que nos hayan remitido.

- Cumplimentación vía web de la solicitud de análisis por parte de los interesados.

- Con los datos facilitados en la solicitud, proceder al registro de las muestras a su llegada al Laboratorio.

- Introducción de resultados directamente en la aplicación, por el personal que realiza los análisis.

- Cuando todas las analíticas que deban realizarse sobre cada muestra se hayan completado, la aplicación automáticamente generará un Boletín de Análisis que, una vez validado por los técnicos responsables y por el Director del Centro será colocado en la web y en función de su origen, podrá ser consultado por aquellos usuarios cuyos perfiles lo permitan.

- La aplicación permitirá realizar las consultas que precisemos, a partir de la base de datos que se vaya generando

B) Mantenimiento de la Aplicación Web.

Además de lo señalado con anterioridad es necesario continuar durante 2015, con el mantenimiento de la aplicación, la gestión de sus copias de seguridad y el alojamiento en los correspondientes servidores.

2. Desarrollo de un servicio web para la captura de datos sanitarios por parte del Servicio de Recursos Ganaderos.

El desarrollo e instalación, en sus servidores, de un servicio web que incorpore los métodos web necesarios para la captura de los datos sanitarios existentes en la aplicación de Gestión de muestras del Laboratorio Agroambiental, en las secciones de Serología de rumiantes, Serología de ganado porcino, Programa nacional de erradicación de la brucelosis ovina y caprina y Saneamiento de ganado bovino así como de las que en un futuro se implementen.