Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

EDICTO del Servicio Provincial de Sanidad, Bienestar Social y Familia de Huesca, de notificación de la resolución del expediente sancionador núm. S/22/13/0031.

Publicado el 28/10/2013 (Nº 213)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

No habiendo sido posible la notificación por correo de la resolución dictada en el expediente sancionador núm. S/22/13/0031 a D. David Luis Barthelemy Zamora, con último domicilio conocido en Lorca (Murcia) de conformidad con lo dispuesto en los arts. 58, 59.4 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se le notifica lo siguiente:

1. Que por falta leve en materia de consumo, se le ha impuesto una sanción de 300 € por infracción al art.79.e) de la Ley 16/2006, de 28 de diciembre, de Protección y Defensa de los Consumidores y usuarios de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón" de 30 de diciembre de 2006), en relación con el art. 16.e) de dicha Ley y el art.7 del Decreto del Gobierno de Aragón 26/1999, de actividad de prestación de servicios a domicilio. en relación con el art. 35 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y art. 90 de la Ley 16/2006, de 28 de diciembre, de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios de Aragón.

2. Que tiene a su disposición la resolución integra recaída en el expediente citado, así como la notificación de la liquidación; pudiendo examinar y consultar el expediente que está a su disposición en la Dirección del Servicio Provincial de Sanidad, Bienestar Social y Familia de Huesca, sito en la calle San Jorge, 65 de Huesca.

3. Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 58 en relación con el art.54 del Decreto-Legislativo 2/2001, de 3 de julio del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día de recibo de la presente notificación, ante el Director del Servicio Provincial de Sanidad, Bienestar Social y Familia de Huesca o ante el Excmo. Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia para elevar lo actuado al órgano competente para su resolución, por cualquiera de los medios señalados en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Que podrá hacer efectiva la sanción en la cuenta corriente restringida número. 2085/2052/09/0430001814 de Ibercaja oficina principal de Huesca; una vez firme en vía administrativa la resolución, y transcurrido el plazo de pago voluntario, sin ingresar el importe de la sanción, se procederá a su cobro por la vía de apremio con los recargos complementarios.

Huesca, 14 de octubre de 2013.- El Director Provincial, Antonio Comps Encuentra.