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RESOLUCIÓN de 16 de noviembre de 2010, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se nombra personal estatutario fijo y se adjudica destino a Dª. María de las Mercedes Domínguez Cajal que ha participado en el proceso selectivo de la categoría de Facultativo Especialista de Área de Pediatría y como consecuencia de no haberse cubierto todas las vacantes convocadas por resolución de 8 de junio de 2009, en Centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 03/12/2010 (Nº 237)
Sección: II. Autoridades y Personal - a) Nombramientos, situaciones e incidencias
Emisor: DEPARTAMENTO DE SALUD Y CONSUMO

Texto completo:

De conformidad con lo previsto en la base 8.3 de la resolución de 8 de junio de 2009, publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» de 17 de junio de 2009, por la que se convoca proceso selectivo de la categoría de Facultativo Especialista de Área de Pediatría, y en virtud de la competencia establecida en la Disposición adicional tercera de la Ley 26/2001, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias y Administrativas, tras la efectividad del traspaso a la Comunidad Autónoma de Aragón de las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, esta Dirección Gerencia, resuelve:

Primero.-Nombrar personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo Especialista de Área de Pediatría a Dª. Mª de las Mercedes Domínguez Cajal, con NIF 73205057J y destino en el Hospital de Barbastro, en Barbastro (Huesca), cuya participante sigue en puntuación a los ya nombrados en el proceso selectivo, al no haberse cubierto el total de plazas convocadas mediante Resolución de 8 de junio de 2009.

Segundo.-La adjudicataria de conformidad con lo dispuesto en la base 8.2 de la resolución de 8 de junio de 2009, dispondrán del plazo de un mes para incorporarse al destino obtenido y efectuar la toma de posesión. El cómputo de dicho plazo se iniciará al día siguiente de la publicación de la presente Resolución, decayendo en su derecho si no se a su destino en dicho plazo, salvo imposibilidad acreditada y así apreciada por el órgano convocante.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el titular de la Consejería del Departamento de Salud y Consumo, en el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón y en el artículo 58.2 del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Zaragoza, 16 de noviembre de 2010.