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RESOLUCIÓN de 31 de enero de 2020, del Director General de Carreteras, por la que se señala fecha para el levantamiento de actas previas a la ocupación de fincas afectadas por el expediente de expropiación forzosa incoado con motivo de las obras del Proyecto de "Implantación de dos glorietas en la carretera A-124, de Zuera a Erla, en los p.k. 1+200 y 3+120, prolongación y adaptación funcional de las vías de servicio y reordenación de accesos al polígono industrial El Campillo". Clave SV-499-Z.

Publicado el 17/02/2020 (Nº 32)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO, MOVILIDAD Y VIVIENDA

Texto completo:

Mediante Orden de 27 de noviembre de 2018, el Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda aprobó definitivamente el Proyecto "Implantación de dos glorietas en la carretera A-124, de Zuera a Erla, en los p.k. 1+200 y 3+120, prolongación y adaptación funcional de las vías de servicio y reordenación de accesos al polígono industrial El Campillo", clave SV-499-Z, y la Dirección General de Movilidad e Infraestructuras ordenó el 29 de noviembre de 2018 a la Subdirección Provincial de Carreteras de Zaragoza, proceder a la información pública de los bienes y derechos afectados por la expropiación.

Dicha relación ha sido publicada mediante anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón" (número 50, de 13 de marzo de 2019), sometiendo la relación a información pública por un plazo de 20 días y dando trámite a los interesados para que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Expropiación Forzosa, pudiesen realizar las alegaciones que a su derecho conviniesen.

Dentro del periodo de información pública se han presentado alegaciones por parte de D.ª María José Simón Puyuelo, a las que se da respuesta razonada en el informe emitido por el Subdirector Provincial de Carreteras de Zaragoza de fecha 18 de junio de 2019, que obra en el expediente administrativo.

La continuación del procedimiento expropiatorio supone el levantamiento de actas previas según el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. Por ello, para impulsar su tramitación, de conformidad con la legislación en materia expropiatoria, la Dirección General de Movilidad e Infraestructuras, ha resuelto:

Fijar los días 10 y 11 de marzo de 2020, para el levantamiento de las actas previas a la ocupación de las fincas que se expresan en la relación adjunta, debiendo comparecer los titulares de todo tipo de derechos, en relación con las fincas que se reflejan en la mencionada relación, en el Ayuntamiento de Zuera (provincia de Zaragoza), en la fecha y hora indicada en las correspondientes notificaciones individuales, a los efectos del levantamiento de las citadas Actas, según lo dispuesto en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, sin perjuicio de trasladarse al propio terreno en caso de ser necesario.

A dicho acto deberán asistir los afectados personalmente, o bien representados por persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando el DNI y los documentos acreditativos de la titularidad, pudiendo hacerse acompañar a su costa, o si lo estiman oportuno, de sus peritos y de un notario.

Al citado acto concurrirán el representante de la Administración, el perito de la Administración y el Alcalde del Ayuntamiento o el Concejal en quien delegue a tales efectos, pudiendo los afectados hacer uso de los derechos que les concede el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa en su párrafo 3.º

En aplicación del artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa se da por concluido el expediente iniciado en los casos en que se haya convenido mutuo acuerdo.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, los interesados y las personas que siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados que hayan podido omitirse en la relación expuesta, podrán formular por escrito, ante la Secretaría General Técnica -Sección de Expropiaciones- del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda (Edificio Pignatelli, paseo María Agustín, 36, 3.ª planta, 50071 Zaragoza) y hasta el día del levantamiento del acta previa respectiva, cuantas alegaciones estimen oportunas a los solos efectos de subsanar los posibles errores en que se haya podido incurrir al relacionar los bienes y derechos que se afectan.

Zaragoza, 31 de enero de 2020.- El Director General de Carreteras, Bizén Fuster Santaliestra.