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EXTRACTO de la Orden DRS/515/2016, de 31 de mayo, del Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, por la que se convoca para el año 2016 la ayuda nacional por superficie a los frutos de cáscara.

Publicado el 07/06/2016 (Nº 108)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

BDNS (Identif.): 307880

Primero.- La presente orden tiene por objeto convocar, para el año 2016, la ayuda nacional por superficie a los frutos de cáscara, de acuerdo con lo establecido en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de subvenciones de Aragón, en lo que no se oponga a la misma, en el Decreto 136/2013, de 30 de julio, del Gobierno de Aragón, sobre subvenciones en materia de agricultura, ganadería y medio ambiente y en el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

Segundo.- Beneficiarios personas, físicas o jurídicas, titulares de explotaciones agrícolas de frutos de cáscara que cumplan las condiciones que se recogen en el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre y en esta disposición. Los productores de frutos de cáscara que soliciten la ayuda nacional por superficie deberán pertenecer obligatoriamente a una Organización de Productores de Frutas y Hortalizas (en adelante, OPFH) reconocida con arreglo al artículo 152 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan determinado reglamentos.

Tercero.- Requisitos de las plantaciones.

1. Tener una densidad mínima por hectárea de 80 árboles para almendro, 150 para avellano y pistachero, 60 para nogal y 30 para algarrobo.

2. Estar incluidas entre los recursos productivos de una organización o agrupación de productores reconocida para alguna de las categorías que incluyan los frutos de cáscara con arreglo al artículo 152 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

3. Tener una superficie mínima por parcela de 0,1 ha.

Cuarto.- Bases Reguladoras. Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, modificado mediante Real Decreto 1172/2015, de 29 de diciembre, que mantiene para esta campaña 2016 la ayuda nacional a los frutos de cáscara, establecida en la disposición adicional primera del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

Quinto.- Plazos de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día de la publicación de esta orden en el "Boletín Oficial de Aragón", y finalizará el día 15 de junio de 2016, coincidiendo con la fecha de inicio y la fecha límite de presentación de la "Solicitud Conjunta", aprobada mediante Orden DRS/445/2016, de 17 de mayo, por la que se modifica la Orden DRS/82/2016, de 10 de febrero, por la que se establecen las medidas para la presentación de la "Solicitud Conjunta" de ayudas de la Política Agrícola Común para el año 2016, de tal forma que si la fecha de presentación de la "Solicitud Conjunta" se modifica, esta modificación afectará también a la presente ayuda.

Zaragoza, 31 de mayo de 2016.- El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, Joaquín Olona Blasco.