Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 2017, de la Directora General de Investigación e Innovación, por la que se amplía el plazo de justificación contenido en la Orden IIU/1192/2017, de 7 de julio, por la que se convocan subvenciones para la incorporación de personal técnico de apoyo a la investigación para los años 2017-2019 cofinanciada por el Programa Operativo FEDER Aragón 2014-2020.

Publicado el 13/11/2017 (Nº 217)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDAD

Texto completo:

Mediante Orden IIU/1192/2017, de 31 de julio, se convocaron subvenciones para la incorporación de personal técnico de apoyo a la investigación para los años 2017-2019, cofinanciada con el Programa Operativo FEDER Aragón 2014-2020.

El apartado decimoctavo, puntos 6 y 7 de la convocatoria, establece el plazo para la presentación de la justificación, indicando que la documentación justificativa se presentará desde la fecha de aceptación de la ayuda hasta el 14 de noviembre del ejercicio correspondiente y que a estos efectos, y para el pago de la ayuda serán admisibles los gastos subvencionables en los que se incurra como consecuencia de la contratación y que deban ser ineludiblemente pagados con posterioridad al período de justificación. No obstante, la realización del pago de estos gastos deberá justificarse hasta el 15 de febrero del año siguiente.

El artículo 33.3 de la Ley 5/2015 de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, dispone que excepcionalmente y si por razones justificadas debidamente motivadas no pudiera realizarse o justificarse en el plazo previsto, el órgano concedente podrá acordar, siempre con anterioridad a la finalización del plazo concedido, la prórroga del plazo.

Dichas razones se dan respecto a la convocatoria de referencia con carácter general puesto que, a la vista de los trámites pendientes del procedimiento administrativo para resolver la convocatoria y su notificación a los beneficiarios para su aceptación, el plazo establecido es insuficiente, ya que concurrirá con toda seguridad en la imposibilidad para el beneficiario de la presentación de la documentación justificativa correspondiente al año 2017 en el plazo previsto.

En consecuencia, existen razones que justifican la ampliación del plazo de justificación previsto en la citada convocatoria y que ésta se efectúe de forma generalizada y pública, garantizando así los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación que deben regir los procedimientos de concesión y justificación de las ayudas.

La ampliación del plazo de justificación habrá de acordarse por el órgano concedente con anterioridad a la finalización del plazo concedido. En este sentido, el apartado décimo de la Orden IIU/1192/2017, de 31 de julio, con conformidad con el artículo doce de la Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, dispone que las solicitudes de ayuda se resolverán por la Directora General de Investigación e Innovación.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con las competencias atribuidas a la Directora General de Investigación e Innovación en la citada Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, resuelvo:

Primero.- Ampliación del plazo de justificación.

El plazo de presentación de la justificación previsto en el apartado decimoctavo, puntos 6 y 7 de la Orden IIU/1192/2017, de 31 de julio, correspondiente a la convocatoria de subvenciones para la incorporación de personal técnico de apoyo a la investigación para los años 2017-2019, cofinanciada con el Programa Operativo FEDER Aragón 2014-2020, se amplía hasta el 15 de diciembre de 2017, inclusive, para la justificación de los gastos correspondientes al año 2017.

Segundo.- Alcance de la ampliación.

La ampliación de plazo contemplada en el apartado primero no implica la apertura de un nuevo plazo para presentar solicitudes ni la modificación del resto del contenido dispuesto la convocatoria efectuada mediante la Orden IIU/1192/2017, de 31 de julio, correspondiente a la convocatoria de subvenciones para la incorporación de personal técnico de apoyo a la investigación para los años 2017-2019

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, ante la Consejera de Innovación, Investigación y Universidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 27 octubre de 2017.

La Directora General de Investigación e Innovación,

MARÍA TERESA GÁLVEZ JAQUÉS