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RESOLUCIÓN de 28 de septiembre de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 27 de enero de 2006, en la que se formuló la declaración de impacto ambiental y se otorgó la autorización ambiental integrada para la ampliación de explotación porcina de cebo existente hasta una capacidad de 4059 plazas, ubicada en la parcela 46 del polígono 517 de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), y promovida por D. Fernando López Cortes. (Número de Expte. INAGA/500202/02/2017/4118).

Publicado el 13/11/2017 (Nº 217)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 17 de abril de 2017 el promotor, D. Fernando López Cortes, solicita a este Instituto modificación puntual, consistente en solicitud de exención en la obligación de colocar pantalla vegetal en el perímetro de la explotación.

Antecedentes de hecho:

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada, otorgada mediante Resolución de 27 de enero de 2006, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, a favor de Fernando López Cortes, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 18, de 13 de febrero de 2006 (Expte. INAGA/500301/02/2005/03728).

Segundo.- Mediante Resolución de 20 de noviembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se actualiza la autorización ambiental integrada de la explotación porcina de cebo. (Expte. INAGA/500601/02/2013/10632).

Tercero.- analizada la solicitud se observa que la explotación no se encuentra dentro del ámbito de algún espacio natural protegido, asimismo se encuentra alejada de núcleos urbanos y carreteras, y rodeada por campos de cultivo, por lo que procede otorgar lo solicitado.

Fundamentos jurídicos:

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

Por la presente se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 27 de enero de 2006, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para la explotación porcina de cebo para 4059 plazas, sita en la parcela 46, polígono 517 del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), promovida por Fernando López Cortes, en el siguiente punto, dejando inalterado el resto:

El punto 2.12.f quedará sustituido por lo siguiente:

"2.12.f. La instalación deberá integrarse todo lo posible con el entorno, para ello se utilizarán colores térreos en su pintura exterior".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Sr. Presidente del instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 28 de septiembre de 2017.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL