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ORDEN AGM/73/2022, de 3 de febrero, por la que se aprueba la declaración de utilidad pública del monte "Los Banaderos y La Erilla", y su agregación al monte de utilidad pública número 102 del Catálogo de Teruel, de la pertenencia del Ayuntamiento de Calamocha y situado en su término municipal, en el barrio de Valverde, que quedará con la denominación "Los Barrancos, Los Banaderos y La Erilla"

Publicado el 16/02/2022 (Nº 32)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Visto el expediente de declaración de utilidad pública del monte "Los Banaderos y La Erilla", y su agregación al monte de utilidad pública número 102 del Catálogo de Teruel, de la pertenencia del Ayuntamiento de Calamocha y situado en su término municipal, en el barrio de Valverde, que quedará con la denominación "Los Barrancos, Los Banaderos y La Erilla", resultan de él los siguientes,

Antecedentes

En el mes de septiembre de 2021 da comienzo el apeo del deslinde del monte de utilidad pública número 102, perteneciente al Ayuntamiento de Calamocha y situado en su término municipal, en el barrio de Valverde. En el desarrollo del apeo se observa que existen parcelas de titularidad municipal anexas al monte, que, por sus características forestales, la mayoría, y por constituir labores arrendadas por el Ayuntamiento de Calamocha, las menos, podrían incorporarse al monte 102, de forma que la propiedad pública quedara protegida.

Con fecha 15 de septiembre de 2021 y registro E20210372446, tiene entrada escrito del Ayuntamiento de Calamocha notificando la Resolución de Alcaldía 607/2021, por la que solicitan la inclusión de las parcelas 1 y 59 del polígono 806 y las parcelas 71 y 104 del polígono 805 del término de Calamocha en el monte de utilidad pública número 102 "Los Barrancos", del barrio pedáneo de Valverde; y con fecha 6 de octubre de 2021, el Ayuntamiento de Calamocha certifica el Acuerdo adoptado por el pleno celebrado el 30 de septiembre de 2021, en el que ratifican la Resolución de Alcaldía 607/2021, al que añaden una serie de parcelas a incorporar al monte.

Con fecha 18 de noviembre de 2021, se redacta por la Sección de Defensa de la Propiedad del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Teruel, la memoria que justifica la declaración de utilidad pública de parcelas municipales de carácter forestal sitas en las partidas de Los Banaderos y La Erilla, y su agregación al MUP 102 "Los Barrancos", proponiendo para el monte de UP resultante la denominación "Los Barrancos, Los Banaderos y la Erilla".

Con fecha 19 de noviembre de 2021, el Director del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Teruel, acuerda el inicio del expediente de "declaración de utilidad pública de las parcelas municipales anexas y próximas al monte de UP 102 "Los Barrancos", sitas en las partidas de Los Banaderos y La Erilla, pertenecientes al Ayuntamiento de Calamocha, situadas en su término municipal, en el barrio pedáneo de Valverde, para su agregación al monte de utilidad pública número 102.

Con fecha 19 de noviembre, se remite al "Boletín Oficial de Aragón" el anuncio de vista del expediente de declaración de utilidad pública del monte "Los Banaderos y La Erilla" y su subsiguiente agregación el monte de utilidad pública número 102 del Catálogo de Teruel, de la pertenencia del Ayuntamiento de Calamocha, que quedará con la denominación "Los Barrancos, Los Banaderos y La Erilla".

La información pública del expediente se comunica, mediante oficios de fecha 22 de noviembre de 2021, al Ayuntamiento de Calamocha (Teruel) y a la Comarca del Jiloca, para la exposición del edicto en el tablón de anuncios de ambas entidades locales.

El 26 de noviembre de 2021, se publica el correspondiente anuncio de vista del expediente en el "Boletín Oficial de Aragón", número 242.

Con fecha 3 de enero de 2022, el Ayuntamiento de Calamocha remite certificado de publicación del anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin que se hubieren realizado alegaciones.

Con fecha 11 de enero de 2022, la Secretaria del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Teruel, emite certificado en el que queda reflejado que durante el periodo de información pública no se presentaron alegaciones

El Director del Servicio Provincial del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente en Teruel, con fecha 11 de enero de 2022, emite Informe-Propuesta favorable a la aprobación del expediente de declaración de utilidad pública del monte "Los Banaderos y La Erilla" y de su agregación al MUP 102, y eleva el expediente para su resolución definitiva, de acuerdo con lo actuado en el expediente.

Mediante la propuesta técnica redactada por la Sección de Defensa de la Propiedad de Teruel, ha quedado debidamente acreditada la utilidad pública del monte de acuerdo a los apartados a), b), i), j) y k) del artículo 13 del texto refundido de la Ley Montes de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio.

Durante el trámite de información pública no se presentó ninguna reclamación.

El expediente ha sido tramitado de acuerdo con la legislación vigente, y en concreto con lo dispuesto para las declaraciones de utilidad pública en el artículo 16 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y en los artículos 26 y siguientes del Reglamento de Montes, de 22 de febrero de 1962, y en artículo 13 y 15 del Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón. Por todo cuanto antecede, se puede proceder a dictar la Orden resolutoria.

Vistos el Estatuto de Autonomía de Aragón, el Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Montes de Aragón, la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, el Reglamento de Montes, aprobado por el Decreto 485/1962, de 22 de febrero; el Decreto 25/2020, de 26 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, el Decreto 93/2019, de 8 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y su modificación por Decreto 112/2020, de 25 de noviembre, del Gobierno de Aragón; el Decreto de 5 de agosto de 2019, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón modificadas por la Ley 4/2021, de 29 de junio; la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, y demás disposiciones de general aplicación.

De conformidad con el Informe-Propuesta de la Dirección del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Teruel, y del Director General de Medio Natural y Gestión Forestal, y haciendo uso de la delegación de competencia acordada por el Gobierno de Aragón en su reunión de 31 de enero de 2017 (publicado por Orden DRS/404/2017, de 10 de marzo, en el "Boletín Oficial de Aragón", número 67, de 6 de abril de 2017), resuelvo:

Primero.- Aprobar la declaración de utilidad pública del monte denominado "Los Banaderos y La Erilla" y su inclusión en el catálogo de la provincia de Teruel de acuerdo a los apartados a), b), i), j) y k) del artículo 13 del texto refundido de la Ley de Montes de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, y su agregación al monte de utilidad pública número 102, quedando el monte 102 con la descripción siguiente:

Provincia: Teruel.

Denominación: "Los Barrancos, Los Banaderos y La Erilla".

Número del Catálogo: 102.

Comarca: Jiloca.

Partido Judicial: Calamocha.

Término Municipal: Calamocha (antes Valverde).

Espacios Naturales: No.

Pertenencia: Ayuntamiento de Calamocha.

Especies principales que lo pueblan: Quercus ilex, Quercus faginea, Pinus pinaster y Pinus nigra.

Cabidas:

Cabida Pública: 634,7793 hectáreas.

Perímetro 1: 550,7406 hectáreas.

Perímetro 2: 74,3949 hectáreas.

Perímetro 3: 9,6438 hectáreas.

Cabida de los enclavados: 28,1806 hectáreas.

Cabida total: 662,9599 hectáreas.

Límites: Los límites engloban los tres perímetros que componen el MUP 102.

Norte: Camino de Cuencabuena a Valverde y propiedades particulares.

Este: Propiedades particulares.

Sur: Monte de UP número 138 "Monte del Pueblo", de la pertenencia y término de Calamocha (antes Cutanda), y propiedades particulares.

Oeste: Monte de UP número 138 "Monte del Pueblo", de la pertenencia y término de Calamocha (antes Cutanda), y propiedades particulares de Cuencabuena.

Otras características: Las parcelas catastrales que componen el monte de utilidad pública, con respecto al catastro vigente en 2021 y por perímetros se reflejan en el anexo I a esta Orden.

Servidumbres y cargas:

Las derivadas de la Ley de vías pecuarias. Las vías pecuarias del término municipal de Calamocha se encuentran sin clasificar. Se desconoce su trazado, lo cual no prejuzga su inexistencia

Las derivadas de la Ley de Aguas, en lo que se refiere a los barrancos que nacen y/o recorren el monte.

Las usuales de pasos de caminos públicos.

Registro de la Propiedad: El MUP 102 "Barrancos" se encuentra inscrito en el Registro de la propiedad de Calamocha, Finca 239 de Valverde. No se tiene constancia de la inscripción de las parcelas que integran Los Banaderos y La Erilla.

Atendiendo a lo que disponen el artículo 55 del Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón, el artículo 69 del vigente Reglamento de Montes, y el artículo 18.3 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, modificada por la Ley 10/2006, de 28 de abril, y por la Ley 21/2015, de 20 de julio, ordenar la inscripción de la declaración de utilidad pública del monte en el Registro de la Propiedad.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, sin que puedan simultanearse ambos procedimientos, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 3 de febrero de 2022.

El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente,

JOAQUÍN OLONA BLASCO

I Referencia catastral de las parcelas incluidas en el MUP, referidas al catastro vigente en 2021

Perímetro 1: