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ORDEN ECD/897/2017, de 22 de junio, por la que se convoca el Programa "Un día de cine" en centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2017/2018.

Publicado el 04/07/2017 (Nº 126)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, en su artículo 21, establece que los poderes públicos aragoneses desarrollarán un modelo educativo de calidad y de interés público que garantice el libre desenvolvimiento de la personalidad del alumnado, en el marco del respeto a los principios constitucionales y estatutarios y a las singularidades de Aragón.

Igualmente, recoge en su artículo 73 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, incluye la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa, su programación, inspección y evaluación.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, recoge entre sus fines, en el artículo 2.1, que el sistema educativo español se orientará a la consecución del pleno desarrollo las capacidades y personalidad de los alumnos; la educación en la responsabilidad individual, en el mérito y en el esfuerzo personal, y el desarrollo de la capacidad de los alumnos para regular su propio aprendizaje, confiar en sus aptitudes y conocimientos, así como para desarrollar la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor.

Igualmente, en su artículo 23 recoge entre los objetivos de la Educación Secundaria obligatoria es contribuir a desarrollar en los alumnos y las alumnas las capacidades que les permitan asumir responsablemente sus deberes, conocer y ejercer sus derechos en el respeto a los demás, practicar la tolerancia, la cooperación y la solidaridad entre las personas y grupos, ejercitarse en el diálogo afianzando los derechos humanos como valores comunes de una sociedad plural y prepararse para el ejercicio de la ciudadanía democrática, así como desarrollar destrezas básicas en la utilización de las fuentes de información para, con sentido crítico, adquirir nuevos conocimientos.

El Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, establece en su artículo 1.2 que corresponde a este Departamento, entre otras, la realización de programas de experimentación e investigación educativa en el ámbito de sus competencias.

Igualmente, su artículo 8.1 señala que le corresponde, a través de la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación, el impulso de prácticas innovadoras en relación con las metodologías aplicadas al proceso de aprendizaje, que promuevan la autonomía del alumnado y faciliten la adquisición de las competencias clave, fomentando la realización de proyectos y experiencias, así como la elaboración en su caso de materiales curriculares y pedagógicos.

El Gobierno de Aragón ha venido desarrollando el Programa "Un día de cine", que busca fomentar el desarrollo de la competencia en comunicación lingüística a través del uso de los medios audiovisuales. De este modo, no sólo se potencia la alfabetización audiovisual, la creatividad y la imaginación, sino que también se incrementa la reflexión y el pensamiento crítico, permitiendo dialogar y debatir temas de actualidad e interés general.

En virtud de lo expresado, de conformidad con lo establecido en el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y a propuesta de la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación, resuelvo:

Primero.- Objeto y ámbito de aplicación.

1. Esta orden tiene por objeto la convocatoria del Programa "Un día de cine", dirigida a centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón con alumnado de quinto y sexto de educación primaria, de educación secundaria, de bachillerato, de los ciclos formativos y de centros de educación especial, que se desarrollará durante el curso 2017-2018.

2. Los centros docentes que resulten seleccionados en la presente convocatoria se incorporarán al Programa "Un día de cine", y deberán asegurar la colaboración de un profesor que coordinará el programa en el centro.

Segundo.- Finalidad de la convocatoria.

Esta convocatoria pretende utilizar el cine como instrumento para que el profesorado y alumnado de los centros docentes:

a) Desarrollen la competencia en comunicación lingüística y audiovisual a través del cine y otros medios audiovisuales.

b) Potencien la creatividad y la imaginación.

c) Incrementen la reflexión y el pensamiento crítico.

d) Creen espacio de diálogo y debate.

e) Fomenten el crecimiento personal.

f) Aprecien el cine como una manifestación cultural.

g) Favorezcan el trabajo interdisciplinar.

h) Promuevan la participación de las familias.

Tercero.- Organización de las actividades del programa.

1. Cada centro educativo que desee incorporarse al Programa "Un día de cine" lo hará mediante la presentación de solicitud firmada por el Director del centro, según anexo I de la presente orden.

2. En el Programa existirá un coordinador que será un docente del centro educativo y se encargará de facilitar que todo el alumnado del centro puedan asistir a las actividades que se organicen, y fomentará el trabajo interdisciplinar entre el profesorado participante.

3. El Programa "Un día de cine" consistirá en proyecciones en horario lectivo para estudiantes y profesorado, que se completarán con materiales de apoyo previos y complementarios para usar en las aulas, más una guía didáctica con la que se trabajará antes y después del visionado de la película. Mediante esta convocatoria se promueve, además, la realización de actividades por parte de cada docente participante, así como la realización de proyectos interdisciplinares relacionados con las proyecciones. La realización de estas actividades será requisito para obtener la certificación a la que hace referencia apartado décimo de esta convocatoria.

4. Se celebrarán un mínimo de cincuenta sesiones del programa, distribuidas de octubre a junio, en las tres provincias aragonesas.

5. Las sesiones de cine se proyectarán en las siguientes sedes:

- Filmoteca de Zaragoza.

- Centro de Historias de Zaragoza.

- Sala Joaquín Roncal de Zaragoza.

- Salón Blanco de La Almunia de Doña Godina.

- Cine Municipal de Fuentes de Ebro.

- Centro Cívico Cultural de Ejea de los Caballeros.

- Centro Cívico Cultural de Daroca.

- Teatro Bellas Artes de Tarazona.

- Teatro Reina Sofía de Zuera.

- Teatro Goya de Caspe.

- IES Pirámide de Huesca.

- Teatro Olimpia de Huesca.

- Diputación Provincial de Huesca.

- Palacio de Congresos de Jaca.

- Palacio de Congresos de Boltaña.

- Centro Cultural Pablo Neruda de Biescas.

- Auditorio La Colina de Sabiñánigo.

- Palacio de Congresos de Barbastro.

- Cine El Molino de Sariñena.

- Centro de Entidades de Tamarite.

- Casa de la Cultura de Monzón.

- Sede de la Comarca de Fraga.

- Teatro Municipal de los Titiriteros de Binéfar.

- Sala Maravillas de Teruel.

- Cine Municipal de Calanda.

- Salón de proyecciones de la Delegación del Gobierno de Aragón en Teruel.

- Salón de La Comarca de Mora de Rubielos.

- Teatro Auditorio de Calamocha.

- Otras salas que se determinen mediante resolución del Director General de Innovación, Equidad y Participación, en su caso.

6. La información actualizada sobre sedes, el calendario de las sesiones, el listado de los filmes que se pueden elegir y las recomendaciones según las edades estarán disponibles a partir del mes de septiembre en la página web http://undiadecine-alfabetizacionaudiovisual.ftp.catedu.es/

7. El Programa "Un día de cine", se completará mediante viajes para conocer la Filmoteca Española y la Academia de Cine en Madrid, el Centro Buñuel Calanda, así como con otras actividades especiales y sesiones monográficas del programa abiertas a la comunidad educativa.

8. Cada alumno deberá abonar la cantidad de 1,50 euros como cuota de inscripción y participación en el Programa. El centro docente correspondiente gestionará y asumirá económicamente el desplazamiento del alumnado a la sede donde se proyecte la película o se realice la actividad.

Cuarto.- Solicitudes y documentación.

1. Cada centro educativo que desee participar en el Programa "Un día de cine" deberá presentar la solicitud firmada por el Director del centro, dirigida al Director del Servicio Provincial de Educación correspondiente, a propuesta del Consejo Escolar y con la aprobación del Claustro de profesores, de conformidad con el modelo que figura en el anexo I. En el documento de Declaración de datos complementarios - Previsión priorizada de participación del anexo I, se deberán indicar todas las sesiones que se soliciten en un listado en el que el orden marca la prioridad, por si no pudiesen concederse todas. Las sesiones se asignarán hasta agotar el presupuesto del programa, de acuerdo con las sedes y fechas solicitadas.

2. La solicitud junto con la declaración de datos complementarios y la autorización de imagen (anexo I), deberán cumplimentarse electrónicamente mediante un formulario tal y como indica el punto 3 de este apartado. Si por circunstancias técnicas no se pudiera acceder al formulario, deberán utilizarse los modelos previstos en los anexos de esta orden.

3. Para cumplimentar el formulario de solicitud se deberá acceder a la aplicación de gestión de usuarios del Departamento de Educación, Cultura y Deporte cuyo enlace es https://aplicaciones.aragon.es/geb/

Una vez se identifique en esta aplicación, se deberá seleccionar la opción PaulaPro (aplicación de gestión de convocatorias de los programas educativos) y elegir el formulario de solicitud de esta convocatoria.

Quinto.- Registro y plazo de presentación.

1. Para registrar la solicitud se podrá utilizar una de las siguientes vías:

a) En formato papel:

La solicitud deberá imprimirse y presentarse en formato papel, en cualquiera de las siguientes dependencias: en el Registro del Servicio Provincial de Zaragoza - C/ Juan Pablo II, 20; en el del Servicio Provincial de Huesca - Plaza Cervantes, 1, en el del Servicio Provincial de Teruel - C/ San Vicente de Paúl, 3, en las restantes dependencias de Registro del Gobierno de Aragón o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada.

En todas las solicitudes deberá figurar el sello de entrada de la correspondiente Unidad de Registro. A efectos de esta convocatoria, no se considerarán registros válidos para la presentación de solicitudes los de los centros educativos.

b) Vía telemática:

También podrá presentarse la solicitud utilizando el Entorno de Tramitación Telemática (ETT) del Gobierno de Aragón accesible desde www.aragon.es, de acuerdo con la Orden de 7 de febrero de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se regula la tramitación por medios telemáticos de los procedimientos administrativos de la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente del departamento.

2. El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día 4 de septiembre de 2017 y finalizará el 18 de septiembre de 2017 (ambos incluidos). Las solicitudes que lleguen fuera de plazo podrán ser atendidas cuando haya renuncias y queden fechas disponibles en el calendario de sesiones.

Sexto.- Valoración.

1. Los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Cultura y Deporte comprobarán la correcta presentación de las solicitudes. Si la solicitud no reuniera los requisitos establecidos, el Servicio Provincial correspondiente requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días hábiles subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.

2. Transcurrido el periodo de subsanación, los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Cultura y Deporte de Huesca, Teruel y Zaragoza, remitirán a la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación la relación de solicitudes admitidas a trámite.

3. Para la selección de los centros participantes se valorarán las peticiones presentadas de acuerdo con los siguientes criterios:

a) El orden de llegada de las solicitudes.

b) La participación de todos los centros solicitantes, siempre que el número de sesiones lo permita.

c) La adjudicación de distintas sesiones a un mismo centro en función de la disponibilidad de las sedes y la capacidad de las salas, hasta agotar las sesiones del programa según el orden de prioridad solicitado.

4. En la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación se constituirá una Comisión de Valoración Autonómica que estará compuesta por los siguientes miembros:

a) Presidente: Jefa de Servicio de Innovación, Evaluación y Participación, o persona en quien delegue.

b) Vocales:

- Un Asesor de Competencia lingüística de las Unidades de Programas Educativos de los Servicios Provinciales.

- Dos Asesores de la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación.

c) Secretario: Un funcionario del Servicio de Innovación, Evaluación y Participación.

5. La Comisión de valoración Autonómica tendrá las siguientes funciones:

a) Analizar las solicitudes remitidas por los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Cultura y Deporte y valorar si cumplen los requisitos de la convocatoria.

b) Elaborar el acta-informe que sirva de base a la propuesta de resolución del procedimiento.

6. Los órganos colegiados recogidos en el presente artículo se regirán por las disposiciones que regulan el funcionamiento de los órganos colegiados de las Administraciones Públicas, preceptos que se encuentran en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

Séptimo.- Propuestas de resolución y resolución de la convocatoria.

1. El Director General de Innovación, Equidad y Participación es el órgano instructor del procedimiento, sin perjuicio de las funciones de gestión que correspondan a los Servicios Provinciales de este Departamento. Una vez emitido el acta-informe de la Comisión de Valoración Autonómica, dictará propuesta de resolución provisional, que será publicada en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte (www.educaragon.org), especificando los centros provisionalmente seleccionados para participar en el Programa "Un día de cine" en el curso 2017-2018, así como los centros provisionalmente excluidos, con indicación de la causa de exclusión.

2. Los centros interesados podrán presentar por correo electrónico (undiadecine@aragon.es) alegaciones dirigidas a la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación, contra la propuesta de resolución provisional en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la misma en la página web.

3. Transcurrido el plazo de presentación de alegaciones y estudiadas las presentadas si las hubiera por la Comisión de Valoración Autonómica, el Director General de Innovación, Equidad y Participación dictará y elevará a la Consejera de Educación, Cultura y Deporte propuesta de resolución definitiva de la convocatoria.

4. Vista la propuesta, la Consejera dictará orden resolviendo definitivamente la convocatoria, que será notificada mediante su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", y difundida en la web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte http//:www.educaragon.org. Dicha orden contendrá la relación centros seleccionados para participar en el Programa "Un día de cine" en el curso 2017-2018, y la correspondiente a los centros excluidos, con indicación de la causa de exclusión.

Octavo.- Información y publicidad.

1. Cuando se deba hacer uso del identificador corporativo del Gobierno de Aragón, se deberá solicitar con carácter previo a su utilización, el preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, tal y como se dispone en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

Igualmente, la realización de actividades de promoción y publicidad en las que figure el identificador corporativo del Gobierno de Aragón o cualquiera de sus variantes, la creatividad y el plan de medios de dichas actividades deberá ser objeto de solicitud con carácter previo a cualquier actuación, del preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, con el objeto de su revisión y comprobación del cumplimiento de los objetivos y de la adecuada distribución entre los diferentes medios y soportes.

2. De conformidad con lo anterior, con carácter previo a su difusión pública, los materiales informativos y publicitarios con soporte documental o audiovisual se enviarán a la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación a través del correo electrónico undiadecine@aragon.es, para tramitar informe de la Comisión de Comunicación Institucional.

Noveno.- Memoria y valoración.

a) El coordinador de cada centro cumplimentará la Memoria y valoración del Programa "Un día de cine" según el anexo II.

b) Todo el profesorado que haya participado en el programa deberá cumplimentar el anexo III, en el que se justifiquen las actividades complementarias a la sesión de "Un día de cine" en la que participe con el alumnado.

c) En el caso de que se haya realizado un trabajo interdisciplinar se deberá completar el anexo IV.

Estos documentos se enviarán en formato pdf, antes del 20 de junio de 2018 al correo undiadecine@aragon.es

Asimismo, esta Memoria deberá quedar reflejada en la Memoria anual del centro.

Décimo.- Reconocimiento y certificación.

1. El Departamento de Educación, Cultura y Deporte, a través de la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación, reconocerá como proyecto de innovación la participación del profesorado que documente, según el apartado noveno de esta convocatoria, su participación en el Programa "Un día de cine" durante el curso 2017-2018

2. A fin de certificar la participación del profesorado, el Director del centro deberá enviar a la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación, al finalizar cada curso escolar, y en todo caso antes del 10 de julio de 2018, comunicación que acredite los datos del profesorado implicado efectivamente en el desarrollo del programa durante todo el curso escolar según anexo V de esta convocatoria.

Undécimo.- Desarrollo y ejecución.

1. Para el correcto desarrollo de esta convocatoria, el Director General de Innovación, Equidad y Participación podrá dictar las Instrucciones que resulten oportunas.

2. Los Directores de los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el ámbito de sus competencias, realizarán las actuaciones que resulten necesarias para la ejecución de lo previsto en esta orden.

Duodécimo.- Referencia de género.

Las referencias contenidas en la presente orden al género masculino se entenderán referidas también a su correspondiente femenino.

Decimotercero.- Régimen de recursos.

1. Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

2. De acuerdo con la normativa citada, los centros públicos no están legitimados para interponer dichos recursos. No obstante, podrán oponerse a la orden que resuelva mediante escrito motivado, indicado las razones que fundamentan su pretensión.

Disposición final única.- Efectos.

La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 22 de junio de 2017.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN