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RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 22 de diciembre de 2015, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de cebo con capacidad para 4.635 plazas (556,20 UGM), situada en el polígono 1, parcela 94, del término municipal de Argavieso (Huesca), y promovida por Mavilla Bergua, S. C. (Número de Expediente INAGA 500601/02/2016/08994).

Publicado el 14/03/2017 (Nº 50)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

El 18 de septiembre de 2016, se presenta escrito en este Instituto, por Mavilla Bergua, S. C., con CIF: J22213672, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación, por cambio en las dimensiones y distribución de las naves proyectadas y disminución de la capacidad autorizada.

Antecedentes de hecho

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada, otorgada mediante Resolución de 22 de diciembre de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 10, de 18 de enero de 2016 (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/03833).

Segundo.- La solicitud objeto del presente expediente, adjunta una memoria elaborada por el ingeniero agrónomo D. José María Biarge Ruiz, en septiembre de 2016, en la que se indica que, debido a problemas en la explanación de la parcela, se realizaron cambios en la distribución de las instalaciones, pasando de tres naves para cebo iguales de 87,40 x 15,20 m a dos naves de 72,40 x 16,80 m y una tercera de 90,40 x 16,80 m. De esta manera, la capacidad de la explotación pasa de 4.680 plazas (561,60 UGM) a 4.635 plazas (556,20 UGM). La caseta de servicios se ha ejecutado con unas dimensiones de 5 x 4 m frente a los 6 x 5 m proyectados inicialmente. Se adjunta, plano de distribución de la explotación.

Tercero.- La modificación realizada se considera no sustancial por no crear una mayor incidencia sobre la seguridad, la salud de las personas y el medio ambiente, ni conllevar aumento de capacidad, por lo que se procede a la modificación puntual de la autorización ambiental integrada para su adecuación a la realidad de la explotación de acuerdo al artículo 64 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 22 de diciembre de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de cebo con capacidad para 4.635 plazas (556,20 UGM), situada en el polígono 1, parcela 94, del término municipal de Argavieso (Huesca), y promovida por Mavilla Bergua, S. C., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 2 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2. Otorgar la autorización ambiental integrada a la sociedad Mavilla Bergua, S. C., con CIF: J22213672, para la instalación de una explotación porcina de cebo con capacidad para 4.635 plazas, equivalentes a 556,20 UGM, ubicada en el polígono 1, parcela 94, partida "La Rosa", del término municipal de Argavieso (Huesca), con unas coordenadas UTM ETRS89, huso 30, de: X = 723.654 / Y = 4.659.587. La presente autorización se otorga con la descripción, condiciones, obligaciones y derechos que se indican a continuación y se considera adaptada a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales".

El punto 2.1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2.1. Las instalaciones proyectadas para el desarrollo de la actividad se corresponden con: tres naves ganaderas, dos de ellas de dimensiones 72,40 x 16,80 m y la tercera de 90,40 x 16,80 m; una caseta de servicio de dimensiones 5 x 4 m; una fosa de purines con una capacidad útil de 3.600 m³; una fosa de cadáveres con una capacidad de 24 m³; un depósito de agua circular prefabricado con una capacidad de 629 m³; vado de desinfección y vallado perimetral de la explotación".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 13 de febrero de 2017.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL