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NOTIFICACIÓN de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, sobre acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador y nombramiento de instructora por infracción del régimen legal de viviendas de protección oficial.

Publicado el 23/02/2015 (Nº 36)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, VIVIENDA Y TRANSPORTES

Texto completo:

No habiendo sido posible realizar la notificación personal y preceptiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se efectúa pública notificación a los interesados que en anexo se relacionan, del acuerdo de incoación de expediente sancionador por infracción de la Ley 24/2003, de 26 de diciembre, de Medidas Urgentes de Política de Vivienda Protegida, junto con el nombramiento de Instructora.

En consecuencia, se les da por notificados a todos los efectos, siguiendo su curso el procedimiento y significándoles que pueden examinar el expediente en las oficinas de la Subdirección Provincial de Vivienda de Zaragoza sita en paseo de María Agustín, 36, puerta 9 y formular por escrito las alegaciones que estimen convenientes en su defensa, presentar documentos y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretendan valerse, en un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación.

De no efectuarse alegaciones, el acuerdo de incoación podrá considerarse propuesta de resolución, de acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2, del Decreto 28/2001, de 30 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora de la Comunidad Autónoma de Aragón, con los efectos previstos en los artículos 13 y 16 del mismo.

Conforme a lo establecido en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 59.2 de la Ley 24/2003, de 26 de diciembre, precitada, se le informa que el plazo máximo establecido para la resolución y notificación de este procedimiento es de un año, por lo que, transcurrido el mismo, se entenderá caducado. Dicho plazo podrá suspenderse en los supuestos indicados en el artículo 59.3 de la Ley 24/2003.

Zaragoza, 5 de febrero de 2015.- La Directora General de Vivienda y Rehabilitación, María Belén Corcoy de Febrer.

Número de expediente: SVZ-2/2014.

Interesados: Luis Alfonso Pérez Muñoz y D.ª María Ascensión Royo Martínez.

Precepto infringido: Artículo 43 d) de la Ley 24/2003, de 26 de diciembre, de Medidas Urgentes de Política de Vivienda Protegida. Sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción, podrá ser sancionado como autor de una infracción administrativa calificada como grave que lleva aparejada una sanción de entre 3.001 y 30.000 euros.